Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2018 (27/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Sábado 27 de enero de 2018 /

El Peruano

de Municipalidades y la ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modificatorias; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los artículos 9º Inciso 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto en MAYORÍA del Pleno del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar, el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Multianual Basado en Resultados en el Distrito de Puente Piedra 2019, el mismo que consta de tres títulos, un capitulo, siete artículos y seis disposiciones finales, cuyo texto íntegro forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias a la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal en coordinación con los Gerentes responsables del Equipo Técnico, el cumplimiento de los fines y objetos de la presente Ordenanza, autorizando a través de las Unidades Orgánicas pertinentes las facilidades logísticas y financieras que sean necesarias para el cumplimiento de las actividades del desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo 2019. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de Información y Gobierno Electrónico la publicación integral en el portal institucional, así como en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde ORDENANZA Nº 334- MDPP REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA TÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- Aplicación La presente Ordenanza norma la regulación del procedimiento para la identificación y participación de los Agentes Participantes en el desarrollo del Presupuesto Participativo 2019 de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, en el marco de las disposiciones legales vigentes. Artículo 2º.- Base Legal - Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. - Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. - Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. - Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. - Ley Nº 29298, Ley que Modifica la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo". - Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y modificatorias. - D.S Nº 142-2009-EF, aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, - Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo, aprobado con Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01. - D.S Nº 097-2009-EF, que precisan criterios para delimitar los Proyectos de Impacto Regional, Provincial y Distrital en el Presupuesto Participativo. Artículo 3º.- Objetivo Se tiene como propósito promover, regular, complementar y establecer mecanismos y pautas

para que faciliten el efectivo desarrollo del Proceso de Programación y Aprobación del Presupuesto Participativo Multianual basado en Resultados de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra. Artículo 4º.- Finalidad. Establecer lineamientos para el desarrollo y procesos del Presupuesto Participativo Multianual basado en Resultados a fin que sirva de herramienta para la toma de decisiones y propiciar la participación activa y concertada de la sociedad civil, en la priorización de acciones y proyectos vinculados a la solución de sus problemas que afectan el desarrollo de la comunidad. Artículo 5º.- Definición Básicas Para efectos del presente Reglamento, se considera: a) Presupuesto Participativo.- Es un proceso de concertación que se realiza para definir las prioridades de las acciones que implementara la corporación municipal, con la participación de la sociedad organizada; fortaleciendo las relaciones de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra con la sociedad, generando el compromiso de todos los participantes en la gestión del desarrollo. b) Agentes Participantes.- Son quienes participan activamente en la discusión, definición, priorización y toma de decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en el proceso, así como de los proyectos a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados, así como suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. c) Equipo Técnico.- Son los funcionarios de la Corporación Municipal que brindan soporte técnico al proceso y a la actuación de los Agentes Participantes, facilitan información para el desarrollo de los talleres de trabajo, realizando la evaluación técnica y financiera de los proyectos propuestos, así mismo preparan y presentan la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y financiera, carecen de facultad de voto. Está integrado por:
- Gerente de Planeamiento y Presupuesto - Gerente de Participación Vecinal - Gerente de Desarrollo Urbano - Gerente de Inversiones Públicas - Gerente de Desarrollo Económico - Gerente de Gestión Ambiental - Gerente de Desarrollo Humano - Gerente de Seguridad Ciudadana y Fiscalización - Gerente de Administración Tributaria Presidente Secretario Técnico Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro

El Equipo Técnico tendrá como responsabilidad: 1. Conducir el proceso del Presupuesto Participativo 2019. 2. Brindar soporte técnico durante el desarrollo del proceso de Presupuesto Participativo. 3. Facilitar la realización de los talleres de trabajo convocados de acuerdo al Cronograma aprobado. 4. Realizar la Evaluación Técnica de las alternativas de solución o proyectos de inversión propuestos en los Talleres de Trabajo. 5. Coordinar y desarrollar la evaluación técnica y financiera de los proyectos priorizados. 6. Elaborar y presentar la Lista de Proyectos que aprobaron la evaluación técnica y financiera por orden de prioridades. 7. Elaborar y presentar el Documento del resultado del proceso de Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2019 ante el CCLD y Concejo Municipal. 8. Firmar el Acta de Acuerdos y Compromisos del Proceso del Presupuesto Participativo. d) Plan de Desarrollo Concertado.- Instrumento de Gestión, que contiene la visión desarrollo de la Ciudad, sus objetivos estratégicos y las metas por cumplir a corto y mediano plazo; así como las actividades y proyectos a realizar; todo esto deberá ser concertado entre las autoridades y la sociedad civil. e) Plan Estratégico Institucional.- Es un instrumento orientador de la Gestión o que hacer institucional de la

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