Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2018 (27/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

Sábado 27 de enero de 2018 /

El Peruano

4. Etapa de Capacitación de los Agentes Participantes.Se desarrollará mediante uno o más eventos presénciales, a fin de que los participantes se informen y comprendan, las tareas que involucran el proceso; lo cual se precisará en la Agenda respectiva, la que detallará la modalidad que se opte por implementar. 5. Etapa de los Talleres de Trabajo.- Se desarrollarán tres talleres: a. Taller de rendición de cuentas y del Plan de Desarrollo Concertado - PDC, b. Taller de definición de criterios; c. Taller de evaluación técnica y priorizaciones, por sectores; Los que se podrán practicar bajo la modalidad presencial, la cual se precisará en la Agenda respectiva. 6. Etapa de Formalización deAcuerdos y Compromisos.Se redactará el Acta de Acuerdos y Compromisos y el Documento del Presupuesto Participativo; lo que se pondrá a conocimiento del Concejo Municipal Distrital, para su aprobación definitiva, presentando finalmente a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 7º.- Cronograma El cronograma para el proceso; será de aplicación conforme a lo señalado en el Instructivo Nº 001-2010EF/76.01 u otros dispositivos indicados por el Ministerio de Economía y Finanzas, asimismo mediante Resolución de Alcaldía se formularán el cronograma correspondiente a propuesta del Equipo Técnico del Presupuesto Participativo 2019. TÍTULO III CAPÍTULO I DISPOSICIONES FINALES Primera.- Todo asunto no previsto en el presente Reglamento, será resuelto por el Equipo Técnico, en estricto cumplimiento de la normatividad vigente. Segunda.- La Gerencia de Asesoría Jurídica brindará el soporte técnico legal que sea solicitado para los fines del proceso participativo y la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y la Gerencia de Participación Vecinal se encargarán de la difusión, comunicación y sensibilización en las diferentes etapas del proceso. Tercero.- Coordinar y desarrollar la evaluación técnica y financiera de los proyectos priorizados. Cuarto.- El Gerente Municipal en coordinación con los Gerentes responsables del Equipo Técnico queda encargado del cumplimiento y logros de los fines y objetos de la presente Ordenanza; a tal efecto, deberá brindar al Equipo Técnico a través de las Unidades Orgánicas pertinentes las facilidades logísticas y financieras que sean necesarias para el cumplimiento de las actividades del desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo. Quinto.- El Alcalde en uso de sus facultades podrá disponer la emisión de normas que permitan el mejor desempeño de este proceso Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, la Gerencia de Tecnologías de Información y Gobierno Electrónico publicará el texto integral en el portal institucional, así como en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. 1610041-1

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: El Informe Nº 001-2018-GDE/MDPP y el Informe Nº 002-2018-GDE/MDPP de la Gerencia de Desarrollo Económico, el Informe Nº 003-2018-GAJ/ MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, referidos al "Reglamento para la Realización de Ferias Escolares 2018"; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 327-MDPP, se aprueba la Ordenanza que Regula la Autorización Municipal Temporal para el Desarrollo de la Actividad Comercial en espacios Públicos del Distrito de Puente Piedra, el cual incluye la realización de ferias; Que, la referida Ordenanza establece en su artículo 19º, establece que la autorización para la realización de ferias comerciales de carácter eventual se otorgarán en fechas conmemorativas especiales, tales como: Fiestas patrias, Ferias Escolares u otras de acuerdo a la evaluación técnica respectiva y a lo establecido en el Reglamento de dicha Ordenanza; Que, asimismo, la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 327-MDPP, dispone que el Alcalde a través del Decreto de Alcaldía, podrá reglamentar y complementar dicha ordenanza, facultándolo de dictar las disposiciones que considere necesarias para los fines del caso; Que, en atención a lo antes expuesto, la Gerencia de Desarrollo Económico, ha elaborado el proyecto de "Reglamento para la Realización de Ferias Escolares 2018", el cual cuenta con opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica; Estando a las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y a lo señalado por el artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el "Reglamento para la Realización de Ferias Escolares 2018", que como anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Decreto y el texto íntegro del Anexo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DE FERIA ESCOLAR 2018 Artículo 1º.- DEFINICIONES Para los efectos del presente Reglamento se entiende por: 1.1. Campo Ferial: Terrenos o zonas de uso público o de dominio público respecto a los cuales, se ha autorizado su uso para la realización de ferias escolar en forma temporal, por la autoridad municipal competente. 1.2. Expositor: Es la persona natural o jurídica titular de un módulo, que ha suscrito contrato de participación con el organizador de la feria o exposición. Asume toda obligación administrativa que se genere por el funcionamiento del módulo de exposición, así como las obligaciones tributarias que se generen a su cargo por la condición de deudor tributario determinada con arreglo a la Ordenanza que regule el régimen de los Arbitrios Municipales aplicable para el periodo fiscal corriente. 1.3. Feria Escolar: Es la manifestación económica de duración limitada, que se realiza en época escolar, para fomentar la producción, el comercio de bienes y/o servicios de la industria nacional, de preferencia de la micro y pequeña empresa.

Aprueban el "Reglamento para Realización de Ferias Escolares 2018"
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2018-DA/MDPP Puente Piedra, 8 de enero del 2018

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