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26 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de enero de 2018 / El Peruano Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- Encargar al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Jorge Guillermo Florián Alegre, Jefe de la O fi cina General de Recursos Humanos, con retención de su cargo, las funciones del Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, a partir del 31 de enero, y mientras dure la ausencia del titular. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Relaciones Exteriores 1611338-2 SALUD Aprueban la “Directiva Administrativa que establece los Lineamientos Complementarios para la Ejecución Presupuestaria - Año Fiscal 2018 Sector 11 Salud” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 046-2018/MINSA Lima, 26 de enero del 2018Visto, el Expediente N° 18-006282-001, que contiene el Informe N° 016-2018-OGPPM-OP/MINSA emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, concordada con la Ley N° 26842, Ley General de Salud, el Ministerio de Salud es la autoridad de salud a nivel nacional, tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y es la máxima autoridad en materia de salud; Que, el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces es responsable de conducir el Proceso Presupuestario de la Entidad, sujetándose a las disposiciones que emita la Dirección General de Presupuesto Público, para cuyo efecto, organiza, consolida, veri fi ca y presenta la información que se genere así como coordina y controla la información de ejecución de ingresos y gastos autorizados en los Presupuestos y sus modi fi caciones, los que constituyen el marco límite de los créditos presupuestarios aprobados; Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del precitado Texto Único Ordenado señala que el presupuesto constituye el instrumento de gestión del Estado para el logro de resultados a favor de la población, a través de la prestación de servicios y logro de metas de coberturas con e fi cacia y efi ciencia por parte de las Entidades. Asimismo, es la expresión cuanti fi cada, conjunta y sistemática de los gastos a atender durante el año fi scal, por cada una de las Entidades que forman parte del Sector Público y re fl eja los ingresos que fi nancian dichos gastos; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y modi fi catorias, señala que la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, es responsable del monitoreo y evaluación del cumplimiento de los objetivos y metas de las intervenciones fi nanciadas con cargo a los créditos presupuestarios autorizados en la Ley Anual de Presupuesto; Que, el artículo 27 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo N° 008-2017-SA, establece que la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización es el órgano de asesoramiento del Ministerio de Salud, dependiente de la Secretaria General, responsable de conducir los procesos relacionados con los Sistemas Administrativos de Planeamiento Estratégico, Presupuesto Público, Modernización de la Gestión Pública y Programación Multianual y Gestión de Inversiones; así como del Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada en el ámbito del Ministerio de Salud, coadyuvando al logro de los objetivos en el Sector Salud conforme a lo dispuesto en la normatividad vigente. Mantiene relaciones de coordinación con las O fi cinas y Direcciones Generales; así como órganos desconcentrados del Ministerio de Salud, organismos públicos adscritos y entidades vinculadas a su competencia; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los literales a) y b) del artículo 33 del citado Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, son funciones de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, entre otros: dirigir, coordinar y ejecutar los procesos técnicos referidos al Sistema Administrativo de Presupuesto en el Ministerio de Salud, estableciendo las pautas a las unidades ejecutoras del pliego; y, conducir la gestión presupuestaria del Ministerio de Salud en coordinación con los órganos competentes y en el marco de la normatividad vigente; así como formular normas, directivas y lineamientos referidos a la gestión presupuestaria en coordinación con los órganos, Unidades Ejecutoras y Organismos Públicos Adscritos al Sector Salud; Que, mediante documento de visto, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización propone el proyecto de “Lineamientos Complementarios para la Ejecución Presupuestaria del Sector 11 Salud, para el Año Fiscal 2018”. con la fi nalidad de uniformizar los criterios y las acciones que deben realizarse en el ámbito sectorial, para garantizar el uso correcto y oportuno de los recursos presupuestales que les han sido asignados a las Unidades Ejecutoras de cada Pliego Presupuestario, para el desarrollo de sus actividades asociadas al cumplimiento de las metas priorizadas y objetivos institucionales, previstos en el Plan Operativo Institucional; Que, en atención a las consideraciones expuestas, resulta necesario emitir el acto resolutivo que apruebe los Lineamientos antes mencionados; Con las visaciones de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, el Decreto Supremo N° 304-2012-EF que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el Decreto Supremo N° 008-2017-SA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; y, la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Directiva Administrativa N° 247-2018-MINSA/OGPPM “Directiva Administrativa que establece los Lineamientos Complementarios para la Ejecución Presupuestaria - Año Fiscal 2018 Sector 11 Salud”, la misma que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General publique la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese y comuníquese.ABEL HERNÁN JORGE SALINAS RIVAS Ministro de Salud 1611555-1