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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2018 (31/01/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de enero de 2018 El Peruano / de los procesos de promoción de la inversión privada destinados a la ejecución de programas de carácter social, consistentes en proyectos de desarrollo sostenible en bene fi cio de la población ubicada en la zona de in fl uencia del proyecto promovido; Que, el referido Decreto Legislativo dispone en su artículo 4, que Proinversión incorpora los recursos de los programas de carácter social provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada, en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias, y los trans fi ere a un “Fondo Social” constituido por una persona jurídica sin fi nes de lucro; Que, al amparo de lo establecido en el citado Decreto Legislativo N° 996, el 5 de junio de 2009 se suscribió el Convenio de Transferencia de Recursos y Otros entre la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama, como titular del Fondo Social, derivado de las actividades relacionadas con los procesos de promoción de la inversión privada; y el Estado Peruano, debidamente representado por la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – Proinversión; Que, los literales a) y b) del numeral 1 del artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 996, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2008-EF, establecen como primera prioridad del destino de los recursos del Fondo el desarrollo de capacidades humanas y provisión de servicios básicos que contribuyan a reducir los niveles de desnutrición en la población infantil, elevar los estándares de calidad de la educación y la salud, aumentar la provisión de servicios de saneamiento, entre otros, mediante la implementación de obras de infraestructura básica en educación, salud, energía eléctrica, agua y saneamiento; y, equipamiento, mantenimiento, reparación y rehabilitación de centros de salud y educativos; Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 996, concordante con el artículo 22 de su Reglamento, establece que concluida la ejecución del respectivo proyecto de carácter social, se procederá a su transferencia en favor de las entidades bene fi ciarias públicas y privadas sin fi nes de lucro. Indica asimismo que, en tales casos, dichas entidades serán determinadas mediante Resolución Ministerial del sector al que la persona jurídica mencionada haya identi fi cado que le corresponda dicha transferencia; Que, el numeral 22.1 del artículo 22 del mencionado Reglamento, establece que para efecto de lo dispuesto por el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 996, son entidades bene fi ciarias públicas y privadas sin fi nes de lucro, los ministerios, gobiernos regionales y locales, centros poblados, comunidades campesinas, nativas, educativas y de salud, organizaciones sociales y organizaciones de carácter religioso que cumplen labores de apoyo social; Que, la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama, mediante Carta N° 1152-2017-ACFSACH, informa que el Proyecto INSTALACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LOS SERVICIOS EN EL PUESTO DE SALUD AGOCAS, DISTRITO DE MARCABAL – SÁNCHEZ CARRIÓN – LA LIBERTAD a la fecha se encuentra culminado y liquidado, indicando que resulta necesario que dicho proyecto sea transferido a favor del Gobierno Regional de La Libertad, en tal sentido solicita se emita la Resolución Ministerial que determine la entidad bene fi ciaria de dicha transferencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 996; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 81 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de La Libertad, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 008-2011-GR-LL/CR y modi fi catorias, la Gerencia Regional de Salud es el órgano encargado de plani fi car, organizar, dirigir y controlar las acciones en materia de salud en la región; Que, mediante Informe N° 961-2017-OGPPM-OPMI/ MINSA, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización ha opinado favorablemente sobre el pedido de la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama; Que, asimismo, a través del Memorando N° 3242- 2017-OGA/MINSA, la O fi cina General de Administración emitió opinión favorable respecto de la solicitud formulada por la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama; Con las visaciones del Director General de la O fi cina General de Administración, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 996, Decreto Legislativo que aprueba el régimen aplicable a la utilización de los recursos provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada en la ejecución de programas sociales; el Decreto Supremo N° 082-2008-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 996; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1.- Entidad Bene fi ciaria Determinar al Gobierno Regional de La Libertad, a través de su Gerencia Regional de Salud, como la entidad bene fi ciaria de la transferencia por parte de la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama, de los bienes y activos del proyecto que se señala a continuación: N° NOMBRE DEL PROYECTO SNIP 1INSTALACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LOS SERVICIOS EN EL PUESTO DE SALUD AGOCAS, DISTRITO DE MARCABAL – SÁNCHEZ CARRIÓN – LA LIBERTAD246970 Artículo 2.- Del Registro Contable El valor de la transferencia será establecido conforme a los registros contables de la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama, el cual incluirá todos los costos y gastos atribuibles al proyecto. La referida transferencia de bienes se efectuará a título gratuito. Regístrese, comuníquese y publíquese.ABEL HERNÁN JORGE SALINAS RIVAS Ministro de Salud 1611555-4 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan Jefe de Oficina de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 029-2018-TR Lima, 30 de enero de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 226-2016-TR se designa al señor JOSE IVAN TORRES VERASTEGUI, en el cargo de Jefe de O fi cina, Nivel Remunerativo F-3, de la Ofi cina de Defensa Nacional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Decreto Supremo N° 020-2017-TR que modi fi ca el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR se modi fi ca, entre otros, la denominación de la O fi cina de Defensa Nacional por la de O fi cina de Seguridad y Defensa Nacional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; por lo cual toda referencia a dicha o fi cina se adecúa conforme a lo dispuesto en el referido decreto supremo; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo señalado en el primer considerando, por lo que es necesario aceptar la misma y designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; Con la visación de la Jefa de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 27594, Ley que regula la