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33 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de enero de 2018 El Peruano / carácter público, se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites que establecen la Ley y el Reglamento, y se perfecciona por contrato escrito aprobado por el Titular del Ministerio”. El artículo 144 del mismo dispositivo legal indica los requisitos necesarios que deben ser adjuntados a las solicitudes de otorgamiento de concesión; Que, el artículo 143 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que “El otorgamiento de la concesión única confi ere al solicitante la condición de concesionario para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones establecidos en la legislación”; Que, en caso la concesionaria requiera prestar servicios adicionales al servicio Portador Local en las modalidades conmutado y no conmutado, deberá cumplir con lo establecido en el artículo 155 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, y solicitar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la inscripción de dichos servicios en el registro habilitado para tal fi n, los mismos que se sujetarán a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesión única y en la fi cha de inscripción en el registro que forma parte de él; Que, mediante Informe N° 080-2018-MTC/27, la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones señala que habiéndose veri fi cado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión única solicitada para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa ARJEN ELECTRICAL ENGINEERS S.R.L.; Que, mediante Informe N° 351-2018-MTC/08, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite pronunciamiento, considerando legalmente viable, el otorgamiento de la concesión única solicitada; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC y su modi fi catoria, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modi fi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modi fi catorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a la empresa ARJEN ELECTRICAL ENGINEERS S.R.L., concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el servicio Portador Local en las modalidades conmutado y no conmutado. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Única a celebrarse con la empresa ARJEN ELECTRICAL ENGINEERS S.R.L., para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Autorizar a la Directora General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la Escritura Pública del referido Contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión no es suscrito por la empresa ARJEN ELECTRICAL ENGINEERS S.R.L., en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión. Artículo 5.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1612006-1 Autorízan Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima para la ejecución de diversos proyectos de inversión pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 047-2018 MTC/01 Lima, 30 de enero de 2018 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que el Ministerio constituye un pliego presupuestal, señalando, entre otros, sus competencias exclusivas y compartidas con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en materia de infraestructura de transportes de alcance regional y local; Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1335, Decreto Legislativo que modi fi ca la entidad a cargo del desarrollo de la infraestructura, equipamiento y las operaciones para los “XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos - Lima 2019”, dispone la transferencia al Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Panaparamericanos, en adelante el Proyecto Especial, para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, garantizando el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado Peruano; Que, el literal a) de la Cláusula Quinta del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Municipalidad Metropolitana de Lima, suscrito el 14 de mayo de 2015, establece como obligación del Ministerio, realizar las gestiones necesarias para la habilitación de los recursos a ser utilizados por la Municipalidad Metropolitana e Lima, en la elaboración de estudios y la ejecución de los proyectos de infraestructura vial urbana que se detallan en la citada cláusula quinta del indicado Convenio Marco; Que, la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el Año Fiscal 2018, para realizar transferencias fi nancieras a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima hasta por la suma de SEISCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 624 019 207,00), para contribuir al fi nanciamiento para la elaboración de estudios de preinversión y/o la ejecución de obras de infraestructura vial urbana vinculados al desarrollo integral de los sistemas de transporte masivo de la ciudad de Lima Metropolitana en el marco de los convenios suscritos o por suscribirse, considerando los proyectos con códigos SNIP 269505, 277914, 324686, 324146, 365121 y 372623; señalando que la citadas transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, la misma que se publica en el diario o fi cial El Peruano; exceptuándose al Ministerio de Transportes y Comunicaciones de lo dispuesto en el artículo 76