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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2018 (31/01/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de enero de 2018 / El Peruano esta responsabilidad recae en las Direcciones de Redes Integradas de Salud – DIRIS correspondiente. Artículo 2.- Incorporación de la Octava Disposición Final en el Reglamento de la Ley N° 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud – SERUMS. Incorpórese la Octava Disposición Final en el Reglamento de la Ley N° 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud – SERUMS, cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera: “OCTAVA.- Los profesionales de la Salud del SERUMS que realizan el servicio en la modalidad remunerada y equivalente, gozarán obligatoriamente de un seguro contra accidentes personales, el cual contemplará, por lo menos, las siguientes coberturas: a) Muerte accidental. b) Invalidez permanente parcial por accidentec) Invalidez permanente total por accidente.d) Gastos de curación que contemplan las atenciones médicas en caso de sufrir un accidente que incluya su hospitalización o atención ambulatoria. e) Gastos de sepelio. Las entidades que adjudican plazas para el SERUMS en la modalidad remunerada y equivalente, deberán contratar un seguro contra accidentes personales, considerando la cobertura desde el momento en que el profesional SERUMS inicie su servicio. La implementación del contrato del seguro contra accidentes, se ejecutará de manera progresiva a partir de la vigencia de la presente disposición, conforme a los criterios que establezca el Ministerio de Salud; siendo obligatoria para la totalidad de plazas ofertadas a partir del proceso SERUMS 2019 – I. La contratación del seguro contra accidentes personales señalado en el párrafo anterior se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de las entidades que adjudican plazas para el SERUMS”. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.ABEL HERNAN JORGE SALINAS RIVAS Ministro de Salud 1611555-2 Aceptan renuncia de Jefe de la Oficina de Servicios Generales de la Oficina Ejecutiva de Administración del Hospital Nacional Arzobispo Loayza RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 052-2018/MINSA Lima, 29 de enero del 2018Visto, el expediente Nº 17-131174-001 que contiene el Ofi cio N° 4085-2017/HNAL-DG, emitido por la Dirección General del Hospital Nacional Arzobispo Loayza del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1103-2017/ MINSA, de fecha 7 de diciembre de 2017, se designó al ingeniero electrónico Freddy Enrique Rojas Rodríguez, en el cargo de Jefe de O fi cina de la O fi cina de Servicios Generales de la O fi cina Ejecutiva de Administración del Hospital Nacional Arzobispo Loayza; Que, a través de documento de fecha 15 de diciembre de 2017, el ingeniero electrónico Freddy Enrique Rojas Rodríguez ha formulado renuncia a la designación efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 1103-2017/MINSA;Que, con el documento de Visto, la Dirección General del Hospital Nacional Arzobispo Loayza, comunica la renuncia del citado profesional y solicita sea aceptada con efi cacia anticipada al 15 de diciembre de 2017; Que, a través del Informe Nº 007-2018-EIE-OARH/ MINSA, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, concluye que corresponde emitir con e fi cacia anticipada el acto resolutivo de aceptación de renuncia del citado profesional; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Con el visado de la Directora General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud, de la Secretaria General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar, con e fi cacia anticipada al 15 de diciembre de 2017, la renuncia del ingeniero electrónico Freddy Enrique Rojas Rodríguez, a la designación efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 1103-2017/MINSA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ABEL HERNÁN JORGE SALINAS RIVAS Ministro de Salud 1611555-3 Determinan al Gobierno Regional de La Libertad como entidad beneficiaria de la transferencia de bienes y activos del proyecto Instalación e Implementación de los Servicios en el Puesto de Salud Agocas, distrito de Marcabal - Sánchez Carrión - La Libertad RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 053-2018/MINSA Lima, 29 de enero del 2018Visto, el Expediente N° 17-102320-001, que contienen la Carta N° 1152-2017-ACFSACH de la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama; el Informe N° 961-2017-OGPPM-OPMI/MINSA, emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Memorando N° 3242-2017-OGA/MINSA, emitido por la Ofi cina General de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 996 establece el régimen aplicable a la utilización de los recursos provenientes