Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2018 (06/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Martes 6 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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presupuesto público, inversión pública y de los procesos de racionalización. Además se encarga de elaborar y difundir las estadísticas de la Defensoría del Pueblo, así como de establecer procedimientos adecuados para controlar y garantizar la calidad de la información de la entidad. Asimismo, es la máxima instancia técnica en materia presupuestal del pliego. Artículo 31º.- Son funciones de la Oficina de Planificación, Presupuesto, Racionalización y Estadística: a) Conducir, coordinar y organizar el proceso de formulación y aprobación del Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Institucional, conforme a la normativa vigente. b) Realizar el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Institucional. (...) e) Coordinar la formulación del Programa Multianual de Inversiones de la Defensoría del Pueblo, con la Unidad Formuladora y la Unidad Ejecutora de Inversiones de la entidad. f) Asumir las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, de acuerdo al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. (...) m) Formular y presentar a la Secretaría General proyectos de directivas o lineamientos relacionados a las actividades de los sistemas de planeamiento, presupuesto, racionalización e inversión pública, en el marco de la normativa emitida por los organismos rectores. (...) Artículo 32º.- Es la unidad orgánica de asesoramiento que depende de la Oficina de Planificación, Presupuesto, Racionalización y Estadística. Tiene como función principal organizar y coordinar el proceso de la formulación, programación, ejecución, seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional; brinda asistencia y asesoría técnica en el sistema administrativo de planeamiento estratégico. Artículo 33º.- Son funciones del Área de Planificación: a) Elaborar y coordinar el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional, así como efectuar las acciones de seguimiento para su aprobación. b) Efectuar el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional de la Defensoría del Pueblo. c) Asesorar a las dependencias de la Defensoría del Pueblo, para llevar a cabo el proceso de formulación, programación, monitoreo y actualización del Plan Operativo Institucional. d) Elaborar y proponer los lineamientos y procedimientos que faciliten el adecuado desarrollo del proceso de formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico. (...) Artículo 35º.- Son funciones del Área de Presupuesto: (...) j) Apoyar en el proceso de formulación del Programa Multianual de Inversiones de la Defensoría del Pueblo. k) Otras funciones que le sean encomendadas por la jefatura de la Oficina de Planificación, Presupuesto, Racionalización y Estadística. (...) Artículo 37º.- Son funciones del Área de Racionalización: (...) f) Formular proyectos de directivas, lineamientos u otros documentos normativos internos relacionados a las actividades del sistema de racionalización, en el marco de la normativa emitida por el órgano rector. (...)" Artículo Octavo.- SUPRIMIR el literal d) del artículo 31°, el literal i) del artículo 35° y el literal g) del artículo 37° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, a fin que la Oficina de Planificación, Presupuesto, Racionalización y Estadística asuma las funciones referidas a la planificación estratégica e inversión pública. Artículo Noveno.- MODIFICAR el segundo párrafo del artículo 38°, el segundo párrafo del artículo 39° y el literal d) del artículo 40° del Reglamento de Organización

y Funciones de la Defensoría del Pueblo, a fin de suprimir de la estructura organizacional de la Oficina de Administración y Finanzas al Área de Archivo, los mismos que quedarán redactados en los siguientes términos: "(...) Artículo 38º.- (...) Asimismo, asegura la continuidad de las actividades que desarrolla la entidad mediante el oportuno y adecuado suministro de bienes y servicios. Está conformada por las Áreas de Contabilidad, Tesorería, Logística y Control Patrimonial. Artículo 39º.- (...) Conduce los procesos de administración, finanzas, adquisiciones, control patrimonial y ejecución presupuestal, asegurando que se desarrollen en el marco de las normas legales vigentes. Artículo 40º.- Son funciones de la Oficina de Administración y Finanzas: (...) d) Programar, dirigir, coordinar y controlar las acciones correspondientes a los sistemas administrativos de logística, contabilidad, tesorería, control patrimonial; así como la ejecución presupuestal. (...)" Artículo Décimo.- SUPRIMIR los literales o) y r) del artículo 40° y los artículos 47° y 48° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo. Artículo Décimo Primero.- MODIFICAR el artículo 73° y el literal k) del artículo 74°-B e incorporar un segundo párrafo en el artículo 74°-A y los literales l) y m) en el artículo 74°-B del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, a fin que el Programa de Ética Pública, Prevención de la Corrupción y Políticas Públicas se encuentre a cargo de la Adjuntía de Lucha Contra la Corrupción, Transparencia y Eficiencia del Estado, los mismos que quedarán redactados en los siguientes términos: "(...) Artículo 73º.- La Adjuntía para la Prevención de Conflictos Sociales y la Gobernabilidad es un órgano de línea que depende de la Primera Adjuntía. Tiene como función principal contribuir a la solución pacífica de los conflictos sociales a través de la investigación de las problemáticas de fondo que subyacen en los conflictos; mediante el monitoreo, análisis y gestión de conflictos sociales, y el seguimiento de actas; así como diseñar mecanismos confiables de atención de la conflictividad. Está a cargo de un(a) Adjunto(a). Artículo 74º-A.- (...) Tiene a su cargo el Programa de Ética Pública, Prevención de la Corrupción y Políticas Publicas. Las funciones de este Programa se detallan en su Manual de Operaciones respectivo, de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 74º-B.- Son funciones de la Adjuntía de Lucha Contra la Corrupción, Transparencia y Eficiencia del Estado: (...) k) Contribuir a la gobernabilidad democrática a través de la promoción del diálogo, la investigación sobre las instituciones de la democracia, la promoción de la ética pública y el análisis de las políticas públicas. l) Coordinar el trabajo sobre los temas mencionados en el literal anterior, con el Programa de Ética Pública, Prevención de la Corrupción y Políticas Públicas. m) Otras funciones que le sean conferidas por el Defensor del Pueblo o el Primer Adjunto. (...)" Artículo Décimo Segundo.- SUPRIMIR los literales h) e i) del artículo 74° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo. Artículo Décimo Tercero.- DISPONER que la asignación de funciones a la Oficina de Planificación, Presupuesto, Racionalización y Estadística, referidas a la planificación estratégica e inversión pública dispuesta por los artículos séptimo y octavo de la presente Resolución entrarán en vigencia, a partir del 28 de febrero de 2018, plazo en el que se deberán realizar las acciones administrativas que correspondan. Artículo Décimo Cuarto.MODIFICAR el Organigrama Estructural de la Defensoría del Pueblo, de acuerdo al detalle siguiente:

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