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18 NORMAS LEGALES Martes 6 de febrero de 2018 / El Peruano Artículo 2.- Noti fi car la presente resolución a la persona mencionada en el artículo 1, así como a la O fi cina General de Administración, para las acciones necesarias. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la SUNAFIL (www.suna fi l.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.SYLVIA ELIZABETH CÁCERES PIZARRO Superintendente Nacional de Fiscalización Laboral 1613747-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Cesan por límite de edad a Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Puno RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 012-2018-P-CE-PJ Lima, 29 de enero de 2018VISTO:El O fi cio Nº 062-2018-GG/PJ, cursado por la señora Gerente General del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que el Consejo Nacional de la Magistratura mediante Resolución Nº 138-2003-CNM, de fecha 11 de abril 2003, nombró al señor Ricardo Pablo Salinas Málaga en el cargo de Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Puno; siendo rati fi cado mediante Resolución Nº 235-2012-PCNM, del 17 de mil de 2012. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por alcanzar la edad límite de setenta años, conforme lo establece el artículo 107°, numeral 9), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, al respecto, del O fi cio Nº 062-2018- GG/PJ, cursado por la señora Gerente General del Poder Judicial; así como, de la fi cha del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil que se adjunta en fotocopia, aparece que el nombrado Juez Superior nació el 7 de febrero de 1948; y el 7 de febrero próximo cumplirá setenta años; correspondiendo disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo establecido en la precitada normatividad. Cuarto. Que, por otro lado, es menester tener en consideración que mediante Resolución Administrativa Nº 258-2017-CE-PJ, del 14 de agosto de 2017, se dispuso que el cese por límite de edad, a que se re fi ere el artículo 107º, inciso 9), de la Ley de la Carrera Judicial, se ejecutará al día siguiente del día en que el Juez cumple setenta años. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa N° 101-2011-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011. RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 8 de febrero del año en curso, al doctor Ricardo Pablo Salinas Málaga, en el cargo de Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Puno. Artículo Segundo.- Expresar agradecimiento institucional al doctor Ricardo Pablo Salinas Málaga, por los servicios prestados a la Nación. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno, Gerencia General del Poder Judicial; y al mencionado juez, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1614054-3 Prorrogan funcionamiento, convierten, renombran y amplían competencia funcional de diversos órganos jurisdiccionales, y disponen acciones administrativas relacionadas a la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 039-2018-CE-PJ Lima, 24 de enero de 2018VISTOS:El O fi cio N° 061-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ, que adjunta el Informe N° 007-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursado por el Jefe de la O fi cina de Productividad Judicial; así como, el O fi cio Nº 009-2018-P-ETII.NLPT-CE-PJ, del Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, y el O fi cio N° 022-2018-ST-UETICPP-PJ, remitido por el Secretario Técnico de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 166-2017-P-CE-PJ, 190-2017-CE-PJ, 265-2017-CE-PJ, 278-22017-CE-PJ, 308-2017-CE-PJ, 331-2017-CE-PJ, 333-2017-CE-PJ y 347-2017-CE-PJ se prorrogó el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios que se encuentran bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, hasta el 31 de enero de 2018; disponiéndose, además, que las Comisiones Distritales de Productividad Judicial cumplan con monitorear el funcionamiento de la producción de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal; así como, emitir informe de la labor realizada por los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios. Segundo. Que, por Resolución Administrativa N° 185-2016-CE-PJ de fecha 20 de julio de 2016, se aprobaron a partir del 1 de setiembre de 2016, los nuevos estándares de expedientes resueltos para los órganos jurisdiccionales ubicados en las sedes principales de las Cortes Superiores de Justicia del país; así como, para los órganos jurisdiccionales que se encuentran fuera de la sede principal de las Cortes Superiores de Justicia del país, ubicados en las Zonas A, B y C. Tercero. Que, el Jefe de la O fi cina de Productividad Judicial, mediante O fi cio N° 061-2018-OPJ-CNPJ-CE- PJ, elevó a este Órgano de Gobierno el Informe N° 007-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ, a través del cual informó lo siguiente: a) El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, mediante O fi cio N° 6097-2017-P-CSJLN-PJ, solicitó la conversión del 2º Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito de Independencia (LPT), como 3º Juzgado de Trabajo Permanente de Independencia, con competencia funcional para tramitar los procesos laborales de la subespecialidad Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), sustentándose dicha solicitud en la sobrecarga procesal que registrarían los juzgados de trabajo permanentes de esta Subespecialidad. Asimismo, mediante O fi cio Nº 140-2018-P-CSJLN-PJ, reiteró la solicitud de conversión antes mencionada, indicando a su vez que al mes