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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2018 (08/02/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Jueves 8 de febrero de 2018 El Peruano / Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Relaciones Exteriores 1614916-17 Dan por terminadas las funciones del Cónsul General del Perú en Florencia, República Italiana RESOLUCIÓN SUPREMA N° 022-2018-RE Lima, 7 de febrero de 2018VISTA:La Resolución Suprema N.° 042-2014-RE, de 22 de marzo de 2014, que nombró al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Orlando Felipe Velorio Pérez, Cónsul General del Perú en Florencia, República Italiana; CONSIDERANDO:De conformidad con la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias, el Decreto Supremo N.º 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; el Reglamento Consular del Perú, aprobado por el Decreto Supremo N.º 076-2005-RE; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Orlando Felipe Velorio Pérez, como Cónsul General del Perú en Florencia, República Italiana. Artículo 2.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes, a partir de la fecha de término de funciones que será fi jada mediante Resolución Viceministerial. Artículo 3.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución Suprema a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquesePEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Relaciones Exteriores 1614916-18 Dan por terminadas las funciones de Cónsul General del Perú en Santiago, República de Chile RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 023-2018-RE Lima, 7 de febrero de 2018VISTA: La Resolución Suprema N.° 012-2013-RE, de 8 de enero de 2013, que nombró al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Hernán Alejandro Riveros Nalvarte, Cónsul General del Perú en Santiago, República de Chile; CONSIDERANDO:De conformidad con la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias, el Decreto Supremo N.º 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; el Reglamento Consular del Perú, aprobado por el Decreto Supremo N.º 076-2005-RE; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Hernán Alejandro Riveros Nalvarte, como Cónsul General del Perú en Santiago, República de Chile. Artículo 2.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes, a partir de la fecha de término de funciones que será fi jada mediante Resolución Viceministerial. Artículo 3.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución Suprema a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Relaciones Exteriores 1614916-19 SALUD Decreto Supremo que declara en Emergencia Sanitaria por el plazo de noventa (90) días calendario en treinta y un (31) comunidades nativas de los distritos de Urarinas y Parinari de la provincia de Loreto, departamento de Loreto DECRETO SUPREMO N° 001-2018-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, los artículos 7 y 9 de la Constitución Política del Perú reconocen que todos tienen derecho a la protección de su salud y el Estado determina la política nacional de salud, de modo que el Poder Ejecutivo norma y supervisa su aplicación y es responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud; Que, los numerales II y VI del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud establecen que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; asimismo, se señala que es irrenunciable la responsabilidad del Estado en la provisión de servicios