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14 NORMAS LEGALES Domingo 15 de julio de 2018 / El Peruano Nacional del Perú, el Informe N° 001979-2018/IN/OGAJ, de fecha 11 de julio de 2018, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Mensaje de fecha 29 de mayo de 2018, la Subdirección de Apoyo a las Investigaciones sobre Prófugos (OSA – FIS) de la Organización Internacional de Policía Criminal – INTERPOL extiende invitación a la O fi cina Central Nacional de INTERPOL de Lima, a fi n que la República del Perú asista al Segundo Taller de formación del proyecto fi nanciado por la Unión Europea: Apoyo de INTERPOL a EL PAcCTO (“Europa-Latinoamérica Programa de Asistencia Contra el Crimen Transnacional Organizado: por el Estado de Derecho y la Seguridad Ciudadana”), a realizarse del 17 al 19 de julio de 2018, en la ciudad de Bogotá, Distrito Capital – República de Colombia; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 217-2018-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 30 de junio de 2018, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Martín Oscar Díaz Vásquez, del Capitán de la Policía Nacional del Perú Jorge Jesús Maldonado García y del Subo fi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú Gustavo Chuqui Mas, propuestos por la O fi cina Central Nacional de INTERPOL de Lima, para que participen en el taller antes citado, a realizarse en la ciudad de Bogotá, Distrito Capital – República de Colombia, del 16 al 20 de julio de 2018, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que la fi nalidad general y objetiva del citado proyecto fi nanciado por la Unión Europea, consiste en prestar a diversos países miembros de Latinoamérica un apoyo operativo y especializado para la realización de investigaciones que les permita crear un mecanismo permanente para la búsqueda de prófugos; asimismo, se busca crear y desarrollar una red permanente de ámbito regional para la búsqueda de prófugos que sirva para identi fi car especialmente los de peligrosidad alta, clasi fi carlos por orden de prioridad y buscarlos, utilizando para ello las noti fi caciones rojas de INTERPOL, así como también se busca desarrollar un mecanismo para normalizar, analizar e intercambiar datos sobre prófugos de peligrosidad alta (sus desplazamientos, cómplices, actividades y organizaciones delictivas; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el taller indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de gastos de viaje y alojamiento, son asumidos por la Secretaría General de la Organización Internacional de Policía Criminal – INTERPOL, conforme lo precisa el Mensaje de fecha 29 de mayo de 2018, mientras que los gastos por concepto de viáticos ( fi nanciamiento parcial), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el O fi cio N° 2943-2018-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 19 de junio de 2018, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, cuyos alcances son extensivos al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, conforme lo señala el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter o fi cial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial “El Peruano”; Con la visación de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Martín Oscar Díaz Vásquez, del Capitán de la Policía Nacional del Perú Jorge Jesús Maldonado García y del Subo fi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú Gustavo Chuqui Mas, del 16 al 20 de julio de 2018, a la ciudad de Bogotá, Distrito Capital – República de Colombia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos (fi nanciamiento parcial) que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ Días Personas Total US$ Viáticos (40%) 148.00 X 3 X 3 1,332.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se re fi ere el artículo 1º de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAURO MEDINA GUIMARAES Ministro del Interior 1670206-1