Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2018 (19/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano / Jueves 19 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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lo dispuesto en la presente Ordenanza, y a la Gerencia General de Relaciones Publicas la difusión de la presente Ordenanza Municipal. Cuarta.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas reglamentarias o complementarias que fueran necesarias para cumplir con los fines de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera. - Los expedientes que se encuentren en trámite de Habilitación Urbana a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza y que cuenten con Dictamen Conforme, de la Comisión Técnica Provincial para Habilitaciones Urbanas, sin perjuicio de la fecha de aprobación, podrán acogerse a lo dispuesto en el artículo 12 de la presente. Del mismo modo, los que estén en trámite de Regularización de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas, podrán acogerse a lo dispuesto en la presente norma en lo que favorezca la continuación de dicho trámite. Segunda. - No será aplicable la regularización de habilitaciones urbanas en zonas identificadas como: a) De interés arqueológico, histórico y patrimonio cultural. b) De protección ecológica. c) De riesgo para la salud e integridad física de los pobladores. d) Reserva Nacional. e) Áreas destinadas a inversiones públicas para equipamento urbano. f) Reserva para obras viales o de interés nacional, regional o local. g) Riberas de los ríos, lagos o mares o cuyo límite no se encentre determinado por las entidades competentes, como la Marina de Guerra del Perú la Autoridad Nacional del Agua -ANA u otros. Tercera.­ Todo lo no previsto y que no se oponga a la presente Ordenanza se regirá, de manera supletoria conforme a lo señalado en el Decreto Supremo Nº 006-2017-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2017-VIVIENDA. Cuarta. - Derógase la Ordenanza N° 000056 expedida el 31 de octubre de 2007 y publicada en el diario oficial El Peruano el 1 de noviembre de 2007, sus modificatorias y conexas. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. RAFAEL A. URBINA RIVERA Alcalde 1671547-1

Administrativo de Servicios Nº 265-2018-MDCH y el Informe Nº 103-2018-MDCHyOAyF; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece la Ley Orgánica de Municipales Nº 27972, la Municipalidad es una Institución de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Informe Nº 09-2018-MDCH/CCPM de Visto, la Comisión de Concurso Público de Méritos comunica que ha culminado las evaluaciones del examen curricular, conocimiento y entrevista personal saliendo como ganador para ocupar el cargo de Auxiliar Coactivo don Crhistian Alexander Blas Marín, por lo que solicita la contratación correspondiente; Que, mediante Informe Nº 021-2018/UP-MDCH de Visto, la Unidad de Personal comunica que la Comisión de Concurso Público de Méritos, ha declarado ganador al postulante Crhistian Alexander Blas Marín y solicita su contratación desde el 01 de febrero hasta el 31 de diciembre del 2018, como Auxiliar Coactivo con una remuneración mensual de S/. 2,000.00 soles; Que, mediante Informe Nº 103-2018-MDCH/OAyF de Visto, la Dirección de Administración y Finanzas, solicita se apruebe mediante Resolución de Alcaldía el Contrato Administrativo de Servicios Nº 265-2018-MDCH de fecha 01 de febrero del 2018, suscrito entre don Crhistian Alexander Blas Marín con la Municipalidad Distrital de Chancay, para que se desempeñe de forma individual y subordinada como Auxiliar Coactivo en la Unidad Orgánica y/o Área de Gerencia Municipal, cumpliendo las funciones detalladas en el ROF de la Municipalidad Distrital de Chancay, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 012-2015-MDCH, con categoría remunerativa F-1; Que, el cargo de Auxiliar Coactivo, a que se refiere el contrato antes descrito, se encuentra debidamente previsto en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) aprobado con Ordenanza Nº 012-2008-MDCH, y debidamente presupuestado en el Presupuesto Institucional para el año fiscal 2018; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Art. 20º numeral 6) y Art. 43º de la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el "CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS Nº 265-2018MDCH" de fecha 01 de febrero del 2018, que celebran LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY con don CRHISTIAN ALEXANDER BLAS MARÍN, el mismo que consta de catorce (14) Cláusulas y forma parte integrante de la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Oficina de Administración y Finanzas, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Unidad de Personal, el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 1671364-2

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
Aprueban "Contrato Administrativo de Servicios N° 265-2018-MDCH"
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 144-2018-MDCH/A. Chancay, 1 de febrero del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTOS: El Informe Nº 09-2018-MDCH/CCPM, Informe Nº 021-2018/UP-MDCH, el Contrato

Designan funciones de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 306-2018-MDCH/A. Chancay, 13 de abril del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: El Expediente Administrativo Nº 3945-18, presentado por el servidor municipal Abogado Oscar

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