Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2018 (19/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

Jueves 19 de julio de 2018 /

El Peruano

Manuel Angulo Galindo, mediante el cual presenta su renuncia voluntaria al cargo de Ejecutor Coactivo, por razones estrictamente de salud, por lo que solicita se le exonere del plazo establecido de 30 días para aceptar su renuncia; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, administrativa y económica en los asuntos de su competencia; Que, mediante Expediente Administrativo Nº 394518, el servidor municipal Oscar Manuel Angulo Galindo, presenta su renuncia voluntaria al cargo de Ejecutor Coactivo, por razones estrictamente de salud, por lo que solicita asimismo se le exonere del plazo establecido de 30 días para aceptar su renuncia; Que, mediante Informe Nº 159-2018/UP-MDCH, la Unidad de Personal considera procedente lo solicitado por el servidor Abog. Óscar Manuel Ángulo Galindo a partir del 10 de abril del 2018; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 143-2018-MDCH/A, de fecha 01 de febrero del 2018, se designó al Abog. Óscar Manuel Ángulo Galindo en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Chancay; Que, en atención a lo expuesto la Dirección de Administración y Finanzas, mediante Informe Nº 2492018-MDCH/OAyF, y a través de la Gerencia Municipal mediante Memorándum Nº 051-2018-MDCH/GM, expresan su conformidad en aceptar la renuncia del Ejecutor Coactivo; Que, de conformidad con los alcances del Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS que aprueba el Texto Único Ordenando de la ley Nº 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, prescribe en su artículo 7º numeral 7.1 que: La designación del Ejecutor Coactivo como la del Auxiliar Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos. Que, con Informe Nº 09-2018-MDCH/CCPM de fecha 30 de enero del 2018 el Presidente de la Comisión del Concurso Público de Méritos Nº 002-2017-MDCH para la contratación de 01 Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Chancay, Abogado Cabezas Vásquez Uber Hugo, remitió el cómputo de la evaluación final proclamando al candidato Oscar Manuel Angulo Galindo como ganador del concurso quien ocupó el 1er. puesto y como accesitario al Sr. Erick Ricardo Cornejo Presa, por haber ocupado el 2do. puesto;

Que, habiéndose ejecutado el concurso público en un régimen de igualdad de oportunidades cumpliendo con los lineamientos establecidos en la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva y sus modificatorias y bases aprobadas y teniendo el informe favorable del área de la Unidad de Personal y de la Dirección de Administración y Finanzas quienes recomiendan, convocar al postulante que ocupó el segundo puesto (accesitario) por encontrarse en la relación de elegibles en estricto orden de méritos, para cubrir la vacante de Ejecutor Coactivo, por renuncia de su titular; Estando a los fundamentos expuestos y en aplicación de la eficacia anticipada establecida en el artículo 17º numeral 17.1 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General que sistematiza la Ley Nº 27444 y el Decreto Legislativo Nº 1272; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACEPTAR desde el 10 de abril del 2018, la RENUNCIA del Abogado ÓSCAR MANUEL ANGULO GALINDO, al cargo de EJECUTOR COACTIVO; EXONERÁNDOSE del plazo de presentación de su Renuncia; consecuentemente, RESOLVER el Contrato Nº 264-2018-MDCH-GM de fecha 01 de febrero del 2018. Artículo Segundo.- DAR las gracias al abogado OSCAR MANUEL ANGULO GALINDO, por los servicios prestados a esta entidad edilicia. Artículo Tercero.- DESIGNAR a partir del 11 de abril del 2018, al abogado ERICK RICARDO CORNEJO PRESA las funciones de EJECUTOR COACTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY; en el Régimen laboral (CAS) y condiciones de Contratación establecida en el Concurso Público de Méritos Nº 022017-MDCH. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Oficina de Administración y Finanzas, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Personal y a Secretaria General, el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía, en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 1671364-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN

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