Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2018 (19/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano / Jueves 19 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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Ambiente en el marco de sus respectivas funciones, a efectos de desarrollar las acciones de carácter técnico, administrativo y presupuestal necesarios para la Implementación de los instrumentos de gestión mencionados en el artículo Primero a favor del Área de Conservación Regional Huaytapallana. Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los diecinueve días del mes de Junio del año dos mil dieciocho. PEDRO MISAEL MARTINEZ ALFARO Consejero Delegado POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho del Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín, el día veintidós de Junio del 2018. ANGEL D. UNCHUPAICO CANCHUMANI Gobernador Regional 1671350-1

Artículo Tercero.- EXHORTAR a los vecinos del Distrito para que efectúen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios, para su mejor presentación y ornato general de la ciudad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Fiscalización y Control Urbano el cumplimiento del presente Decreto, a la Secretaría General su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen su difusión. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 1670910-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Disponen embanderamiento general en el distrito, recomendándose limpieza y/o pintado de fachadas de inmuebles
DECRETO DE ALCALDIA Nº 013-2018/MDL Chosica, 9 de julio de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, el día sábado 28 DE JULIO del año 2018, se celebrará el 197º ANIVERSARIO de la INDEPENDENCIA DEL PERÚ. Que, de conformidad a lo expuesto por el Art.49º de la Constitución Política del Estado se reconoce a la Bandera bicolor como Símbolo Patrio; asimismo, la normatividad municipal establece con ocasión de celebrar las festividades cívicas, embanderar los inmuebles públicos y privados en señal de reconocimiento pleno al Símbolo Patrio, para reafirmar y fomentar entre los vecinos de nuestra jurisdicción, los sentimientos de identidad nacional y revaloración de principios como el civismo, respeto y amor a la Patria. Que, es política de la actual Administración Municipal resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar nuestra identidad, asi como crear conciencia cívica a través de la celebración de actividades y festividades, siendo uno de estos el embanderamiento, limpieza y pintado de fachadas de todos los inmuebles de nuestro distrito, lo cual redundará en el mejoramiento del ornato local; y, Estando a mérito de lo expuesto, con aprobación de la Gerencia Municipal y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.DISPONER el EMBANDERAMIENTO GENERAL en el distrito de Lurigancho, desde el viernes 20 DE JULIO hasta el día martes 31 DE JULIO del año 2018, con ocasión de celebrar el 197º ANIVERSARIO de la INDEPENDENCIA DEL PERU, recomendándose la limpieza y/o pintado de las fachadas de los inmuebles público o privado en nuestra jurisdicción. Artículo Segundo.- La Municipalidad Distrital de Lurigancho iniciará a partir del viernes 20 de julio del año 2018, INSPECCIONES para garantizar el cumplimiento de estas disposiciones y aplicar las sanciones correspondientes. Artículo Tercero.- La Gerencia de Rentas a través de la Sub Gerencia de Fiscalización Administrativa y Tributaria

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Disponen el embanderamiento general de viviendas, instituciones públicas y privadas y locales comerciales del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2018-MDL Lince, 10 de julio de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el próximo 28 de julio se celebra un Aniversario más de la Declaración de la Independencia del Perú; y que, con el propósito de fortalecer y reafirmar nuestra conciencia cívica, es necesario resaltar los hechos históricos de nuestra nación, fomentando la realización de actividades simbólicas tradicionales, como el embanderamiento de todos los inmuebles en el Distrito; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el Embanderamiento general de las viviendas, Instituciones Públicas y Privadas y locales comerciales del Distrito de Lince, del 20 de julio al 31 de julio del presente año, con motivo de la Celebración del 197º Aniversario de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- RECORDAR a los titulares de las viviendas particulares e instituciones no estatales, que de conformidad con el Decreto Ley Nº 11323 del 31 de marzo de 1950, es obligatorio el uso de la Bandera Nacional (de forma rectangular, con los colores nacionales, sin escudo de armas); encontrándose reservado el Pabellón Nacional (con el Escudo Nacional al Centro) para uso de los edificios del Estado.

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