Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2018 (20/07/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Viernes 20 de julio de 2018 / El Peruano SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Inician procedimiento de aprobación de oficio de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión y otros aspectos de gestión que serán aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de EPS ILO S.A. RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA Nº 006-2018-SUNASS-GRT EXP.: 005-2018-SUNASS-GRT-FTLima, 17 de julio de 2018 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento 1 establece en el numeral 1 del artículo 74, que las tarifas aprobadas por la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento – Sunass, tienen una vigencia de cinco años; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 173 del Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA 2, la Sunass de fi ne y aprueba la fórmula tarifaria de las empresas prestadoras en función al Plan Maestro Optimizado (PMO) que éstas presenten de conformidad con la normativa emitida por la Sunass; Que, el numeral 5 del referido artículo 173 señala que en los casos que la empresa prestadora no cumpla con presentar su PMO, la Sunass podrá iniciar de o fi cio los procedimientos tarifarios de acuerdo con la normativa que emita para dicho fi n; Que, el artículo 34 del Reglamento General de Tarifas 3 (RGT) establece que la Gerencia de Regulación Tarifaria (GRT) podrá iniciar el procedimiento de aprobación de o fi cio de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión, cuando: (i) la EPS no ha cumplido con presentar su PMO o (ii) la Solicitud presentada por la EPS ha sido declarada improcedente o ha sido declarada inadmisible y la EPS no ha cumplido con subsanarla dentro del plazo previsto en el RGT; Que, asimismo, el artículo 35 del RGT establece como requisito adicional para el inicio del procedimiento de ofi cio, que la Sunass cuente, de manera su fi ciente, con la información prevista en el Título 2 y Anexo N° 2 del RGT, referidos a la “Metodología para la Formulación del PMO” y “Contenido General del PMO”; caso contrario, la GRT podrá solicitar a la EPS la información que considere necesaria; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 012-2012-SUNASS-CD4 se aprobó la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de EPS ILO S.A. (en adelante EPS ILO) para el quinquenio regulatorio 2012-2017, el cual a la fecha ha concluido; Que, mediante o fi cio N° 003-2018-SUNASS-110 la GRT solicitó a la EPS ILO le brinde información operacional, comercial y económico fi nanciera para la formulación del Plan Maestro Optimizado (PMO), a efectos de iniciar el procedimiento de aprobación de ofi cio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión para el siguiente quinquenio regulatorio; Que, con el o fi cio N° 031-2018-SUNASS-110 la GRT comunicó la EPS ILO sobre la visita de un equipo técnico de Sunass, del 12 al 16 de febrero del año en curso, con la fi nalidad de obtener la información técnico-operativa y demás información adicional sobre la prestación de los servicios de saneamiento; Que, mediante o fi cios N° 066-2018-GG-EPS ILO S.A. y N° 047-2018-GG-EPS ILO S.A., la EPS ILO remitió información comercial, operativa, económica en cumplimiento a lo establecido en el artículo 35 del RGT; Que, la GRT ha procedido a revisar la información proporcionada por la EPS ILO, así como la obtenida durante la visita realizada del 12 al 16 de febrero del presente año, considerando que esta información es su fi ciente para dar inicio al procedimiento de aprobación de o fi cio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión; así como la determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales; Que, por tanto, al haberse veri fi cado el cumplimiento de los requisitos antes mencionados, de conformidad con el artículo 36 del RGT, corresponde iniciar el procedimiento de aprobación de o fi cio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como la determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que serán aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de EPS ILO; De conformidad con el artículo 36 del Reglamento General de Tarifas; SE RESUELVE:Artículo 1° . - INICIAR el procedimiento de aprobación de o fi cio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión; así como de determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, que serán aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de EPS ILO S.A. Artículo 2°. - NOTIFICAR a EPS ILO S.A. la presente resolución. Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS (www.sunass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL LAYSECA GARCÍA Gerente Adjunto (e) de Regulación Tarifaria 1 Publicado el 29 de diciembre de 2016 en la separata de normas legales del diario o fi cial El Peruano . 2 Publicado el 26 de junio de 2017 en la separata de normas legales del diario o fi cial El Peruano. 3 Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD y sus modi fi catorias. 4 Publicada el 24 de marzo de 2012 en la separata de normas legales del diario o fi cial El Peruano . 1671683-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Aprueban Lineamientos para la delegación de funciones en las Oficinas Desconcentradas del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 018-2018-OEFA/CD Lima, 19 de julio de 2018VISTOS: El Memorando Nº 435-2018-OEFA/DPEF, emitido por la Dirección de Políticas y Estrategias en