Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2018 (20/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Viernes 20 de julio de 2018 /

El Peruano

EFA, en el que intervienen la Coordinación de Oficinas Desconcentradas y los siguientes órganos del OEFA: 3.1 Órganos de Alta Dirección i) Consejo Directivo ii) Presidencia del Consejo Directivo iii) Gerencia General 3.2 Órganos de Asesoramiento i) Oficina de Asesoría Jurídica ii) Oficina de Planeamiento y Presupuesto 3.3 Órganos delegantes i) Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas ii) Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas iii) Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios iv) Subdirección de Seguimiento de Entidades de Fiscalización Ambiental de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental 3.4 Órganos delegados i) Oficinas Desconcentradas Artículo 4.- Criterios para la delegación de funciones en las Oficinas Desconcentradas La delegación de funciones en las Oficinas Desconcentradas se realiza observando los siguientes criterios: 4.1 Inmediatez.- En el procedimiento de delegación de funciones debe tomarse en consideración la proximidad, en tiempo y espacio, de las actividades que se encuentran bajo competencia del OEFA o de la EFA, a fin de garantizar la eficacia y eficiencia en su ejercicio. Para ello deben observarse las disposiciones de reordenamiento territorial de las Oficinas Desconcentradas aprobadas por el Consejo Directivo del OEFA. 4.2 Análisis de capacidades.- En el procedimiento de delegación de funciones se realiza un análisis situacional de cada Oficina Desconcentrada, a efectos de sustentar la asignación de recursos presupuestarios y las capacidades técnicas suficientes, en relación a las funciones que son materia de delegación. Artículo 5.- Procedimiento para la delegación de funciones en las Oficinas Desconcentradas 5.1 Los órganos delegantes, en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Coordinación de Oficinas Desconcentradas, elaboran un informe conjunto sustentando la propuesta de delegación de funciones en las Oficinas Desconcentradas, el cual debe contener como mínimo lo siguiente: a) El sustento de la propuesta, sobre la base de los criterios establecidos en el artículo 4 de los presentes lineamientos; b) La descripción de las funciones que serán materia de delegación, precisando el alcance de las mismas; y, c) La relación de las Oficinas Desconcentradas que asumen las funciones materia de delegación, de ser el caso. 5.2 La propuesta de delegación de funciones en las Oficinas Desconcentradas se sustenta ante la Presidencia del Consejo Directivo. Posteriormente, se remite a la Oficina de Asesoría Jurídica para que emita opinión. 5.3 Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica, la propuesta de delegación de funciones en las Oficinas Desconcentradas se remite a la Gerencia General a fin de que gestione su aprobación por el Consejo Directivo. 5.4 La Resolución de Consejo Directivo que aprueba la

delegación de funciones en las Oficinas Desconcentradas debe describir expresamente las funciones que son materia de delegación y el alcance de estas, así como la relación de las Oficinas Desconcentradas involucradas. Artículo 6.- Acciones de coordinación para el ejercicio de las funciones delegadas 6.1 Los órganos delegantes coordinan de manera permanente con las Oficinas Desconcentradas para la aplicación de los criterios establecidos por los órganos resolutivos del OEFA que inciden en el ejercicio de las funciones materia de delegación. 6.2 Las Oficinas Desconcentradas deben ingresar la información relativa a las acciones que se hayan efectuado en el marco de las funciones materia de delegación y conforme a la especialidad de cada materia, en los aplicativos u otras herramientas informáticas implementadas por los órganos delegantes para tal efecto. 6.3 La información registrada, además de reportar las acciones realizadas por las Oficinas Desconcentradas, es usada por la Coordinación de Oficinas Desconcentradas para la gestión de mejoras de las condiciones operativas para el ejercicio de las funciones delegadas. Artículo 7.- Vigilancia de las acciones realizadas en el marco del ejercicio de las funciones delegadas 7.1. Los órganos delegantes realizan trimestralmente una selección aleatoria de tres (3) expedientes, como mínimo, del integro de los expedientes de supervisión concluidos por todas las Oficinas Desconcentradas con funciones delegadas, con la finalidad de realizar un control posterior que evidencie que en el ejercicio de las funciones delegadas se están aplicando la normativa vigente, las disposiciones emitidas por el OEFA y los criterios establecidos por los órganos resolutivos del OEFA. 7.2 La selección de los expedientes indicada en el numeral precedente, en tanto sean relativos a la supervisión ambiental se realiza por cada Coordinación de Supervisión Ambiental; y, en el caso de la supervisión del seguimiento a las EFA, por cada nivel de gobierno de estas, respecto a las funciones delegadas. 7.3 En el marco del deber de vigilancia, los órganos delegantes informan los resultados del control posterior a la Presidencia de Consejo Directivo, y, de ser el caso, adoptan las medidas dispuestas en el Artículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS. Artículo 8.- De la adecuación de los instrumentos de gestión La Coordinación de Oficinas Desconcentradas debe gestionar ante la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la adecuación de los instrumentos de gestión que correspondan, a fin de garantizar una adecuada programación, planificación y financiamiento del ejercicio de las funciones que son materia de delegación en las Oficinas Desconcentradas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.Capacitación a las Oficinas Desconcentradas La Subdirección de Fortalecimiento de Capacidades en Fiscalización Ambiental, en coordinación con cada órgano delegante, ejecuta actividades orientadas al fortalecimiento de capacidades de las Oficinas Desconcentradas en el desarrollo de las funciones materia de delegación. Para tal efecto, toma en cuenta los resultados del análisis situacional de cada Oficina Desconcentrada, realizado en base a lo dispuesto en el Numeral 4.2. del Artículo 4º de los presentes Lineamientos. Segunda.Presupuesto de las Oficinas Desconcentradas Los órganos delegantes, en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Coordinación de Oficinas Desconcentradas, planifican y realizan las

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