TEXTO PAGINA: 38
38 NORMAS LEGALES Viernes 20 de julio de 2018 / El Peruano EFA, en el que intervienen la Coordinación de O fi cinas Desconcentradas y los siguientes órganos del OEFA: 3.1 Órganos de Alta Dirección i) Consejo Directivo ii) Presidencia del Consejo Directivoiii) Gerencia General 3.2 Órganos de Asesoramiento i) Ofi cina de Asesoría Jurídica ii) Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto 3.3 Órganos delegantes i) Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas ii) Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas iii) Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios iv) Subdirección de Seguimiento de Entidades de Fiscalización Ambiental de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental 3.4 Órganos delegadosi) Ofi cinas Desconcentradas Artículo 4.- Criterios para la delegación de funciones en las O fi cinas Desconcentradas La delegación de funciones en las O fi cinas Desconcentradas se realiza observando los siguientes criterios: 4.1 Inmediatez. - En el procedimiento de delegación de funciones debe tomarse en consideración la proximidad, en tiempo y espacio, de las actividades que se encuentran bajo competencia del OEFA o de la EFA, a fi n de garantizar la e fi cacia y e fi ciencia en su ejercicio. Para ello deben observarse las disposiciones de reordenamiento territorial de las O fi cinas Desconcentradas aprobadas por el Consejo Directivo del OEFA. 4.2 Análisis de capacidades .- En el procedimiento de delegación de funciones se realiza un análisis situacional de cada O fi cina Desconcentrada, a efectos de sustentar la asignación de recursos presupuestarios y las capacidades técnicas su fi cientes, en relación a las funciones que son materia de delegación. Artículo 5.- Procedimiento para la delegación de funciones en las O fi cinas Desconcentradas 5.1 Los órganos delegantes, en coordinación con la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y la Coordinación de O fi cinas Desconcentradas, elaboran un informe conjunto sustentando la propuesta de delegación de funciones en las O fi cinas Desconcentradas, el cual debe contener como mínimo lo siguiente: a) El sustento de la propuesta, sobre la base de los criterios establecidos en el artículo 4 de los presentes lineamientos; b) La descripción de las funciones que serán materia de delegación, precisando el alcance de las mismas; y, c) La relación de las O fi cinas Desconcentradas que asumen las funciones materia de delegación, de ser el caso. 5.2 La propuesta de delegación de funciones en las Ofi cinas Desconcentradas se sustenta ante la Presidencia del Consejo Directivo. Posteriormente, se remite a la Ofi cina de Asesoría Jurídica para que emita opinión. 5.3 Con la opinión favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la propuesta de delegación de funciones en las O fi cinas Desconcentradas se remite a la Gerencia General a fi n de que gestione su aprobación por el Consejo Directivo. 5.4 La Resolución de Consejo Directivo que aprueba la delegación de funciones en las O fi cinas Desconcentradas debe describir expresamente las funciones que son materia de delegación y el alcance de estas, así como la relación de las O fi cinas Desconcentradas involucradas. Artículo 6.- Acciones de coordinación para el ejercicio de las funciones delegadas 6.1 Los órganos delegantes coordinan de manera permanente con las O fi cinas Desconcentradas para la aplicación de los criterios establecidos por los órganos resolutivos del OEFA que inciden en el ejercicio de las funciones materia de delegación. 6.2 Las O fi cinas Desconcentradas deben ingresar la información relativa a las acciones que se hayan efectuado en el marco de las funciones materia de delegación y conforme a la especialidad de cada materia, en los aplicativos u otras herramientas informáticas implementadas por los órganos delegantes para tal efecto. 6.3 La información registrada, además de reportar las acciones realizadas por las O fi cinas Desconcentradas, es usada por la Coordinación de O fi cinas Desconcentradas para la gestión de mejoras de las condiciones operativas para el ejercicio de las funciones delegadas. Artículo 7.- Vigilancia de las acciones realizadas en el marco del ejercicio de las funciones delegadas 7.1. Los órganos delegantes realizan trimestralmente una selección aleatoria de tres (3) expedientes, como mínimo, del integro de los expedientes de supervisión concluidos por todas las O fi cinas Desconcentradas con funciones delegadas, con la fi nalidad de realizar un control posterior que evidencie que en el ejercicio de las funciones delegadas se están aplicando la normativa vigente, las disposiciones emitidas por el OEFA y los criterios establecidos por los órganos resolutivos del OEFA. 7.2 La selección de los expedientes indicada en el numeral precedente, en tanto sean relativos a la supervisión ambiental se realiza por cada Coordinación de Supervisión Ambiental; y, en el caso de la supervisión del seguimiento a las EFA, por cada nivel de gobierno de estas, respecto a las funciones delegadas. 7.3 En el marco del deber de vigilancia, los órganos delegantes informan los resultados del control posterior a la Presidencia de Consejo Directivo, y, de ser el caso, adoptan las medidas dispuestas en el Artículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS. Artículo 8.- De la adecuación de los instrumentos de gestión La Coordinación de O fi cinas Desconcentradas debe gestionar ante la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto la adecuación de los instrumentos de gestión que correspondan, a fi n de garantizar una adecuada programación, plani fi cación y fi nanciamiento del ejercicio de las funciones que son materia de delegación en las Ofi cinas Desconcentradas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Capacitación a las O fi cinas Desconcentradas La Subdirección de Fortalecimiento de Capacidades en Fiscalización Ambiental, en coordinación con cada órgano delegante, ejecuta actividades orientadas al fortalecimiento de capacidades de las O fi cinas Desconcentradas en el desarrollo de las funciones materia de delegación. Para tal efecto, toma en cuenta los resultados del análisis situacional de cada O fi cina Desconcentrada, realizado en base a lo dispuesto en el Numeral 4.2. del Artículo 4º de los presentes Lineamientos. Segunda.- Presupuesto de las O fi cinas Desconcentradas Los órganos delegantes, en coordinación con la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y la Coordinación de O fi cinas Desconcentradas, plani fi can y realizan las