Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2018 (01/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 124

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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de junio de 2018 /

El Peruano

de Programación de los Presupuestos Participativos, facultando a los Gobiernos Locales adecuar la normativa vigente de acuerdo a su realidad; Que, mediante Resolución Directoral Nº 07-2010EF/76.01 se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, cuya finalidad la de establecer mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, y que dicho proceso debe estar orientado a resultados con la finalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados específicos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo regional o local, evitando, de este modo ineficiencias en la asignación de los recursos públicos; Que, mediante Ordenanza Nº 282-2018/MLV, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de abril de 2018, se aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2019 del Distrito de La Victoria, en cuyo Anexo Nº 1 se establece el Cronograma de Actividades del mencionado proceso; Que, mediante Informe Nº 062-2018-SGPDO-GPP/ MLV, de fecha 16 de Mayo de 2018, el Subgerente de Planeamiento y Desarrollo Organizacional plantea la modificación del Cronograma de Actividades del Proceso de Presupuesto Participativo 2019, debido a que la Resolución Directoral Nº 012-2018-EF/50.1, publicada el 13 de mayo de 2018, que aprueba la Directiva de Programación Multianual, establece como plazo máximo para el registro de información en el "Módulo de Programación Multianual" el 20 de Junio del año vigente, siendo necesario para ello tener conocimiento de las ideas de proyectos que han sido priorizados y serán considerados en el Presupuesto Institucional 2019. Para lo cual presenta la modificación de las actividades en el Anexo adjunto al Informe Nº 062-2018-SGPDO-GPP/ MLV. Asimismo, que dicha modificación deberá aprobarse con Decreto de Alcaldía, según lo dispuesto en el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 282-2018/MLV; Que, mediante Informe Nº 633-2018-GAJ/MDLV, de fecha 17 de mayo de 2018, la Gerente de Asesoría Jurídica opina que se apruebe mediante Decreto de Alcaldía, la modificación del Cronograma de Actividades del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2019 en el Distrito de La Victoria (Anexo Nº 1), según la modificación propuesta por la Subgerencia de Planeamiento y Desarrollo Organizacional mediante Informe Nº 062-2018-SGPDO-GPP/MLV, y conforme al Cuadro de Plazos ­ Programación Multianual de Gobiernos Locales Anexo Nº 2/GL de la Directiva de Programación Multianual aprobada con Resolución Directoral Nº 012-2018-EF/50.1; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL INCISO 6) DEL ARTÍCULO 20 Y ARTÍCULO 42 DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972; CON LA VISACIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL, GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA Y GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO; SE DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Anexo Nº 1 del Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año 2019 que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Equipo Técnico del Proceso del Presupuesto Participativo el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- Disponer a Secretaría General la publicación del presente dispositivo en el Diario Oficial "El Peruano" y a Subgerencia de Tecnología de la Información su publicación en la página Web Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ELIAS CUBA BAUTISTA Alcalde 1654556-1

MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Ordenanza que establece beneficios para el pago de deudas tributarias, administrativas, sanciones generadas y regularización predial
ORDENANZA Nº 390-MVES Villa El Salvador, 29 de mayo de 2018 POR CUANTO: El Concejo Distrital de Villa El Salvador en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Nº 004-2018-CAT-MVES de la Comisión de Administración Tributaria, el Memorando Nº 376-2018-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 203-2018-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, y el Informe Nº 68-2018-GAT/MVES de la Gerencia de Administración Tributaria, sobre Ordenanza que Establece Beneficios para el Pago de Deudas Tributarias, Administrativas, Sanciones Generadas y Regularización Predial en el Distrito de Villa El Salvador, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, concordante con la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto supremo Nº 133-2013-EF, y con el Art. 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF establece que, los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y bajo los límites que señala la ley; Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado con Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que: "La deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley. (...) Excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren."; asimismo, el artículo 62º establece que: "La facultad de fiscalización de la Administración Tributaria se ejerce en forma discrecional, de acuerdo a lo establecido en el último párrafo de la Norma IV del Título Preliminar."; Que, el Informe Nº 68-2018-GAT/MVES la Gerencia de Administración Tributaria, remite el proyecto de Ordenanza que Establece Beneficios para el Pago de Deudas Tributarias, Administrativas, Sanciones Generadas y Regularización Predial en el Distrito de Villa El Salvador; precisando que, a fin de cumplir con los objetivos y acciones que permitan generar conciencia tributaria en los contribuyentes y administrados, así como velar por el cumplimiento de las metas y objetivos de la gestión municipal y las metas establecidas en el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del Ministerio de Economía y Finanzas; propone se otorguen las facilidades a los contribuyentes y administrados estableciéndose beneficios para el pago de deudas tributarias y administrativas, sanciones generadas y de regularización predial para el cumplimiento de sus obligaciones; Que, con Informe Nº 203-2018-OAJ/MVES, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para que se apruebe el proyecto de Ordenanza, toda vez que, la

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