TEXTO PAGINA: 67
67 NORMAS LEGALES Viernes 1 de junio de 2018 El Peruano / CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA Oficializan Acuerdo que amplía autorización a World Vision Perú como Entidad Certificadora de competencias en la ocupación de “Promotor en gestión del riesgo de desastres” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 103-2018-SINEACE/CDAH-P Lima, 29 de mayo de 2018VISTO: El Informe N°000016-2018-SINEACE/P-DEC-EBTP, emitido por la Dirección de Evaluación y Certi fi cación de Educación Básica y Técnico Productiva del Sineace; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del Sineace, la fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa, es garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de cali fi cación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial N°396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Ad Hoc N° 357-2017-SINEACE/CDAH-P, de fecha 11 de setiembre 2017, se autorizó a la Entidad Certi fi cadora World Vision Perú, para certi fi car en la ocupación de Agente Comunitario de Salud, con vigencia de cinco (05) años; Que, mediante documento de visto, la Dirección de Evaluación y Certi fi cación de Educación Básica y Técnico Productiva del Sineace, recomienda la ampliación de autorización como entidad certi fi cadora de competencias a la entidad World Vision Perú, para certi fi car competencias en la ocupación de “Promotor en gestión del riesgo de desastres”, con una vigencia de cinco (05) años, al haber cumplido con los requisitos establecidos en la “Guía de Procedimientos para la Normalización, Evaluación y Certi fi cación de Competencias Profesionales a nivel Técnico Productivo”, aprobado con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N°081-2015-COSUSINEACE/CDAH-P; acompañando a tal efecto, el Informe N°009-2018-SINEACE/P/DEC-EBTP-YBT, con la documentación respectiva; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo N°027-2018-CDAH, de sesión de fecha 16 de mayo 2018, se otorgó la ampliación de autorización a la entidad World Vision Perú, como Entidad Certi fi cadora de competencias en la ocupación de “Promotor en gestión del riesgo de desastres” con una vigencia de cinco (05) años; De conformidad con la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – Sineace, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 018-2007-ED, Ley N° 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modi fi catorias; y la Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Ofi cializar el Acuerdo N°027- 2018-CDAH, de sesión de fecha 16 de mayo 2018, del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se amplía la autorización a la entidad World Vision Perú, como Entidad Certi fi cadora de competencias en la ocupación de “Promotor en gestión del riesgo de desastres”, con una vigencia de cinco (05) años, contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Web Institucional (www.sineace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad HocSineace 1653960-1 Oficializan Acuerdo que autoriza a la Asociación Civil PROSYNERGY como Entidad Certificadora de competencias en la ocupación de “Experto en Tecnologías Productivas Familiares - Yachachiq Productivo” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 104-2018-SINEACE/CDAH-P Lima, 29 de mayo de 2018VISTO: El Informe N° 000008-2018-SINEACE/P-DEC-EBTP, emitido por la Dirección de Evaluación y Certi fi cación de Educación Básica y Técnico Productiva del Sineace; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del Sineace, la fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa, es garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de cali fi cación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo; Que, mediante documento de visto, la Dirección de Evaluación y Certi fi cación de Educación Básica y Técnico Productiva del Sineace, recomienda la autorización como entidad certi fi cadora de competencias a la Asociación Civil PROSYNERGY, para certi fi car competencias en la ocupación de “Experto en Tecnologías Productivas Familiares- Yachachiq Productivo”, con una vigencia de cinco (05) años, al haber cumplido con los requisitos establecidos en la “Guía de Procedimientos para la Normalización, Evaluación y Certi fi cación de Competencias Profesionales a nivel Técnico Productivo” ,