Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2018 (01/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Viernes 1 de junio de 2018

NORMAS LEGALES

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Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática". SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar, el Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, Base: Diciembre 2013=100, correspondiente al mes de mayo de 2018, así como su variación porcentual mensual y acumulada.
AÑO / MES 2018 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO 105,740105 106,137559 106,235179 106,140323 106,882850 0,26 0,38 0,09 -0,09 0,70 0,26 0,63 0,72 0,63 1,34 VARIACIÓN PORCENTUAL NÚMERO ÍNDICE (BASE: DICIEMBRE 2013=100) MENSUAL ACUMULADA

Artículo 2.- Disponer, la difusión del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información oficial del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de mayo de 2018. Regístrese y comuníquese. FRANCISCO COSTA APONTE Jefe (e) 1654762-2

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Aprueban Plan Operativo Institucional del OEFA para el Año Fiscal 2019
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 063-2018-OEFA/PCD Lima, 31 de mayo de 2018 VISTOS: El Informe N° 62-2018-OEFA/OPP, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 188-2018-OEFA/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización ambiental; Que, mediante la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental SINEFA, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de todas las personas naturales o jurídicas; así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental a cargo de las diversas entidades del Estado se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF (en adelante, el TUO de la Ley), dispone que el Titular de la Entidad es responsable de lograr que los objetivos y metas establecidas en el Plan Operativo Institucional y el Presupuesto Institucional, se reflejen en las funciones, programas, subprogramas, actividades y proyectos que ejecuta; y, asimismo es responsable de concordar el Plan Operativo Institucional y su Presupuesto Institucional con el Plan Estratégico Institucional; Que, el Numeral 71.1 del Artículo 71° del TUO de la Ley, establece que las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional - PEI, que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional - PEDN y los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales - PESEM; Que, asimismo, el Numeral 71.2 del Artículo 71° del TUO de la Ley, dispone que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades; Que, de otro lado, el Numeral 71.3 del Artículo 71° del TUO de la Ley, establece que el Plan Operativo Institucional debe reflejar las metas presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las metas presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 033-2017-CEPLAN/PCD, modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 062-2017-CEPLAN/ PCD, se aprueba la "Guía para el Planeamiento Institucional" (en adelante, la Guía), la cual establece las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permite la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional - POI, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, conforme al Artículo 6° de la Guía, el POI contiene la programación de las actividades operativas e inversiones necesarias para ejecutar las acciones estratégicas (AEI) definidas en el PEI, en un periodo anual; estableciendo los recursos financieros y las metas físicas mensuales y anuales, en relación a las metas de los objetivos del PEI; Que, del mismo modo, según lo dispuesto en el Numeral 6.3 del Artículo 6° de la citada Guía, el POI es aprobado antes de iniciar la Programación Multianual de presupuesto de la entidad, en consecuencia, el Titular de la entidad debe aprobar el POI hasta el 31 de mayo; Que, mediante Informe N° 62-2018-OEFA/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha formulado el Plan Operativo Institucional 2019 del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, el cual ha sido elaborado con la participación de los diferentes órganos del OEFA y articulado con: (i) el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) del Sector Ambiental 2017 - 2021, aprobado por Resolución Ministerial Nº 385-2016-MINAM; y, (ii) el Plan Estratégico Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA para el periodo 2017 - 2019, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 030-2016-OEFA/CD; Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la "Guía para el Planeamiento Institucional", aprobada por Resolución de Presidencia N° 033-2017-CEPLAN/PCD, modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 062-2017-CEPLAN/PCD; el Plan Estratégico Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental -

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