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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2018 (14/06/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Jueves 14 de junio de 2018 El Peruano / Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas; Que, el artículo 4 de la Ley precitada, dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidad-es adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales a) y b) del artículo 5 de la acotada Ley, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, el artículo 63, del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificada por Decreto Supremo N° 011-2017-SA establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de Salud Pública en materia de Salud Mental, Prevención y Control de Discapacidad, Salud Sexual y Reproductiva, Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles, Raras y Huérfanas, Prevención y Control del Cáncer, Inmunizaciones, Salud Bucal, Prevención y Control de Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Prevención y Control de VIH-SIDA, Enfermedades de Transmisión Sexual y Hepatitis, Prevención y Control de la Tuberculosis, Intervenciones por curso de vida y cuidado integral, Promoción de la Salud; y Pueblos Indígenas u Originarios; Que, el último párrafo del artículo 63 del precitado Reglamento dispone que para el mejor desarrollo de sus funciones puede contar con un Comité de Expertos, ad honorem conformado por profesionales, especialistas, representantes de entidades públicas e instituciones privadas, sociedad civil, así como organismos internacionales, los cuales brindan recomendaciones y asesoramiento especializado para sustentar la toma de decisiones basadas en evidencias; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; Que, mediante el Informe N° 299-2018-OGAJ/MINSA, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal; Con el visado del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública (e), del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General y de la Viceministra de Salud Pública; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA modi fi cado por el Decreto Supremo N° 011- 2017-SA y el Decreto Supremo N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conformar el Comité de Expertos ad honorem de la Dirección de Intervenciones por Curso de Vida y Cuidado Integral de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, respecto al tema de Curso de Vida Adulto, integrado por los siguientes miembros: - Médico Cirujano, Armando Augusto Calvo Quiroz - Médico Cirujano, Juan Daniel Guillén Cabrejos- Médico Cirujano, Karina Mobalsa Montano Fernández - Médico Psiquiatra, Vanessa Evelyn Herrera López- Licenciada en Nutrición, Elizabeth María Racacha Valladares Artículo 2.- Facultar al Comité de Expertos conformado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, a elegir entre sus miembros a su Presidente y a su Secretario, así como elaborar y aprobar su Reglamento Interno. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíqueseSILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1659497-1 Designan Director Ejecutivo y Jefa de Oficina de la Oficina Ejecutiva de Administración del Hospital Cayetano Heredia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 557-2018/MINSA Lima, 12 de junio del 2018Vistos, los expedientes Nº 18-050995-001 y 18- 051081-001, que contienen los O fi cios Nºs 1277 y 1278- 2018-DG/HCH, emitidos por la Directora de Hospital III (e) de la Dirección General del Hospital Cayetano Heredia del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Jefatural Nº 045-2017/IGSS, de fecha 7 de marzo de 2017, se designó, entre otros, al abogado Ricardo Francisco Ramírez Moreno, en el cargo de Director de la O fi cina Ejecutiva de Administración, Nivel F-4, de la O fi cina Ejecutiva de Administración del Hospital Cayetano Heredia; Que, según Resolución Ministerial Nº 1073-2017/ MINSA, de fecha 4 de diciembre de 2017, se designó al economista Rusberth Palacios Lizano, en el cargo de Jefe de O fi cina, Nivel F-3, de la O fi cina de Logística de la Ofi cina Ejecutiva de Administración del Hospital Cayetano Heredia del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Directoral Nº 577-2017- HCH/DG, se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Hospital Cayetano Heredia del Ministerio de Salud, en el cual el cargo de Director/a Ejecutivo/a (CAP – P Nº 0056) de la O fi cina Ejecutiva de Administración, se encuentra califi cado como de con fi anza y el cargo de Jefe/a de Ofi cina (CAP – P Nº 0106) de la O fi cina de Logística de la O fi cina Ejecutiva de Administración se encuentra califi cado como Directivo Superior de Libre Designación; Que, con los documentos de Vistos, la Directora de Hospital III (e) de la Dirección General del Hospital Cayetano Heredia del Ministerio de Salud, propone acciones de personal para los cargos señalados en los considerandos precedentes; Que, a través del Informe Nº 646-2018-EIE-OARH/ MINSA, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos señala que corresponde atender lo solicitado por la Directora de Hospital III (e) del citado Hospital; Con el visado de la Directora General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud, del Secretario General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el