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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2018 (14/06/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Jueves 14 de junio de 2018 / El Peruano eriazo de 81,32 m2, ubicado al Suroeste del Asentamiento Humano Los Ángeles cuarto sector, acceso por el pasaje Los Claveles, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Memorándum Nº 1323-2017/SBN- DGPE-SDAPE de fecha 04 de abril de 2017 (folio 13), los Ofi cios Nros. 2041, 2042, 2043, 2044, 2045, 2046-2017/ SBN-DGPE-SDAPE todos de fecha 04 de abril de 2017 (folios 16 al 21) y el O fi cio Nº 2224-2018/SBN-DGPE- SDAPE de fecha 19 de marzo de 2018 (folio 43) se solicitó información a las siguientes entidades: Subdirección de Registro y Catastro de la SBN, Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal – DSFL del Ministerio de Cultura, Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Municipalidad Metropolitana de Lima y Municipalidad Distrital de Comas, respectivamente, a fi n de determinar si el área materia de evaluación es susceptible de ser incorporada a favor del Estado; Que, solicitada la consulta catastral, la Zona Registral Nº IX – Sede Lima remitió el Informe Técnico Nro. 9758-2018-SUNARP-Z.R.NºIX/OC de fecha 18 de abril de 2018 (folios 50 y 51) informando que el predio en consulta se ubica parcialmente sobre ámbito del cual en la base gra fi ca referencial y parcial, no se puede veri fi car la existencia o no de predios inscritos en el área en consulta; indicando que la base grá fi ca la o fi cina registral es referencial y parcial debido a que no tiene gra fi cado a todos los predios inscritos, por ello es imposible determinar si se encuentra inscrito o no; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 097-2013-SUNARP-SN “no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no”; Que, según consta en la Ficha Técnica Nº 0640- 2018/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 09 de abril de 2018 (folio 44), durante la inspección de campo realizada el día 22 de marzo de 2018 se observó que el predio es de naturaleza eriaza, de forma irregular, cuenta con una topografía accidentada de fuerte pendiente, el tipo de suelo es limo-arcilloso con a fl oración rocosas, a la fecha de la inspección el predio se encontraba desocupado; Que, evaluada la información remitida por la Zona Registral Nº IX – Sede Lima mediante Informe Técnico Nro. 9758-2018-SUNARP-Z.R.NºIX/OC de fecha 18 de abril de 2018 (folios 50 y 51), por la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal-DSFL del Ministerio de Cultura mediante Constancia de Búsqueda de Antecedentes Catastrales Arqueológicos Nº 000203-2017/DSFL/DGPA/VMPCIC/MC de fecha 12 de abril de 2017 (folio 26), la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ofi cio Nº 282-2017-MML-GDU-SASLT de fecha 27 de abril de 2017 (folio 28), el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI mediante O fi cio Nº 065-2018-COFOPRI/OZLC de fecha 16 de enero de 2018 (folio 41) y la Subgerencia de Planteamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante O fi cio Nº 544-2017-MML-GDU-SPHU de fecha 07 de abril de 2017 (folios 23 al 25), se puede concluir que el predio no se encuentra superpuesto con propiedad de terceros y en consecuencia, corresponde continuar con el procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado; Que, mediante O fi cio Nº 2046-2017/SBN-DGPE- SDAPE noti fi cado con fecha 07 de abril de 2017 (folio 21) el mismo que fue reiterado mediante O fi cio Nº 7409-2017/ SBN-DGPE-SDAPE noti fi cado con fecha 03 de octubre de 2017 (folio 37), se requirió información a la Municipalidad Distrital de Comas respecto del predio en consulta; para lo cual se le otorgó el plazo de siete (07) días hábiles de conformidad a lo establecido por el artículo 56º de la Ley Nº 30230, bajo responsabilidad; sin embargo, dicho plazo ha expirado sin que a la fecha se haya recibido la información solicitada;Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, el artículo 38º del Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA “Reglamento de la Ley Nº 29151” dispone que la primera inscripción de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, será sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde llevar a cabo el procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado del predio urbano de 81,32 m 2, de conformidad con el artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 002-2016/SBN, de fecha 13 de julio de 2016, aprobada en mérito de la Resolución Nº 052-2016/SBN, que regula el procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modi fi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 1141-2018/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 01 de junio de 2018 (folios 55 al 57); SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 81,32 m 2, ubicado al Suroeste del Asentamiento Humano Los Ángeles cuarto sector, acceso por el pasaje Los Claveles, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX – Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese y publíquese.CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1659100-9 Modifican la Res. N° 0818-2017/SBN-DGPE- SDAPE, que dispuso primera inscripción de dominio a favor del Estado de predio ubicado en el departamento de Tumbes SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ES TATAL RESOLUCIÓN Nº 0362-2018/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 18 de mayo de 2018Visto el Expediente N° 175-2017/SBN-SDAPE que sustenta la Resolución Nº 0818-2017/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 28 de noviembre de 2017; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes