Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2018 (26/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Martes 26 de junio de 2018

NORMAS LEGALES
ANTECEDENTES

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la citada comuna edil para que subsane el acto viciado, debiendo convocar a una nueva sesión extraordinaria para resolver el pedido de vacancia en mención, poniendo especial énfasis en la notificación dirigida al solicitante, Miguel Ángel Rengifo Díaz, sin perjuicio de notificar, debidamente, a los demás interesados. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar NULO todo lo actuado en el procedimiento de vacancia seguido contra el regidor de la Municipalidad Distrital de Yurúa, Carlos Pérez Gómez, a partir de la convocatoria a sesión extraordinaria, en la cual se resolvió la solicitud de vacancia presentada Miguel Ángel Rengifo Díaz, debiendo el alcalde de dicha comuna edil convocar, en el plazo de cinco (5) días hábiles, más el término de la distancia, a una nueva sesión extraordinaria para resolver la solicitud de vacancia en mención, poniendo especial énfasis en la notificación del solicitante Miguel Ángel Rengifo Díaz, sin perjuicio de notificar debidamente a los demás interesados. Artículo Segundo.- REQUERIR a los miembros de la Municipalidad Distrital de Yurúa, provincia de Atalaya, departamento de Ucayali, para que adecúen sus procedimientos a lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, así como al artículo 21 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, bajo apercibimiento de remitir copias certificadas de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal correspondiente, a fin de que, a su vez, las ponga en conocimiento del fiscal provincial penal de turno, para que evalúe su conducta, de acuerdo con sus competencias. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1663285-1

Mediante el Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 006-2018-MDCH-PB/RA, de fecha 9 de marzo de 2018 (fojas 55 vuelta y 56 vuelta), los miembros del Concejo Distrital de Churuja declararon la vacancia de las regidoras Nancy Chávez Barrientos y Bertha Esperanza Cáceres Candamo, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Dicha decisión fue comunicada a este órgano colegiado por medio del oficio Nº 054-2018 -MDCH-PB, recibido el 16 de abril de 2018 (fojas 52), cursado por el alcalde Rómulo Flumencio Vargas Mas, con el fin de que se proceda a convocar a los suplentes que reemplazarán en el cargo a las regidoras afectadas. Posteriormente, a través de la Resolución Nº 02322018-JNE, del 18 de abril de 2018, este órgano colegiado declaró nulos los actos de notificación del Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 006-2018-MDCHPB/RA, del 9 de marzo de 2018, realizados a Nancy Chávez Barrientos y Bertha Esperanza Cáceres Candamo y, en consecuencia, se requirió al alcalde distrital que, en el plazo no mayor de tres (3) días hábiles, cumpla con notificar dicha decisión conforme a las formalidades establecidas en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante, LPAG). En mérito a ello, mediante el Oficio Nº 081-2018-MDCHPB/RA, recibido el 4 de junio de 2018 (fojas 76), el alcalde municipal remitió las constancias de notificación realizadas a través de las copias del Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 006-2018-MDCHPB/RA, con fechas 8 y 10 de mayo de 2018, tal y como se aprecia a fojas 86 vuelta y 83 vuelta, respectivamente; dicha decisión tomada en la sesión no fue impugnada; en consecuencia, por medio de la Resolución de Alcaldía Nº 022-2018-MDCH-PB/RA (fojas 80), el alcalde de la Municipalidad Distrital de Churuja declaró firme y consentida la citada acta de sesión. En razón de dicha declaratoria de vacancia, Rómulo Flumencio Vargas Mas, alcalde de la citada comuna edil, solicita que el Jurado Nacional de Elecciones proceda a convocar a los candidatos no proclamados, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la LOM. CONSIDERANDOS 1. Conforme el artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor la declara el concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. En tal sentido, antes de expedir la credencial a la nueva autoridad, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia y constatar si durante el proceso se han observado los derechos y las garantías inherentes a este. 2. De autos, se verifica que la regidora Nancy Chávez Barrientos no asistió a las sesiones ordinarias de concejo, como se puede apreciar en las copias fedateadas de las Actas de Sesión Ordinaria de Concejo Nº 011-2017-MDCHPB/RA, Nº 012-2017-MDCH-PB/RA y Nº 013-2017-MDCHPB/RA; así también, respecto a la regidora Bertha Esperanza Cáceres Candamo, se constata que no asistió a las Sesiones Ordinarias de Concejo Nº 0010-2017-MDCHPB/RA, Nº 011-2017-MDCH-PB/RA, Nº 012-2017-MDCHPB/RA y Nº 013-2017-MDCH-PB/RA suscritas en las mencionadas sesiones (fojas 7 a 13 y 17 a 20, en ambas caras). 3. Es así que, con el Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 006-2018-MDCH-PB/RA, de fecha 9 de marzo de 2018, el concejo distrital declaró la vacancia de las regidoras Nancy Chávez Barrientos y Bertha Esperanza Cáceres Candamo, debido a que incurrió en la causal de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la LOM. Dicha sesión fue notificada personalmente a través de las copias de la citada acta de sesión extraordinaria en fecha 8 y 10 de

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de regidores del Concejo Distrital de Churuja, provincia de Bongará, departamento de Amazonas
RESOLUCIÓN Nº 0338-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00034-C01 CHURUJA - BONGARÁ - AMAZONAS CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, seis de junio de dos mil dieciocho. VISTOS los Oficios Nº 054-2018-MDCH-PB/RA y Nº 081-2018-MDCH-PB/RA, recibidos el 16 de abril y el 4 de junio de 2018, respectivamente, presentados por Rómulo Flumencio Vargas Mas, alcalde de la Municipalidad Distrital de Churuja, provincia de Bongará, departamento de Amazonas, al haberse declarado la vacancia de las regidoras Nancy Chávez Barrientos y Bertha Esperanza Cáceres Candamo, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

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