Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2018 (26/06/2018)


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NORMAS LEGALES

Martes 26 de junio de 2018 /

El Peruano

mayo de 2018, respectivamente, consignando en ambos casos fecha, hora y lugar de la notificación. 4. Posteriormente, a través de la Resolución de Alcaldía Nº 022-2018-MDCH-PB/RA, del 1 de junio de 2018, se declaró firme y consentida el Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 006-2018-MDCHPB/RA, por haber transcurrido el plazo otorgado por ley y no recepcionarse recurso impugnatorio alguno. 5. En tal sentido, al verificar la regularidad del procedimiento de vacancia seguido en contra de las regidoras Nancy Chávez Barrientos y Bertha Esperanza Cáceres Candamo, y al no haber presentado recurso impugnatorio alguno; corresponde dejar sin efecto las credenciales otorgadas a las citadas regidoras y convocar a los accesitarios llamados por ley, y emitir sus respectivas credenciales. 6. En consecuencia, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, se debe convocar a Amalia Vargas Barrera, identificada con DNI Nº 41633144, candidata no proclamada de la organización política Fuerza Amazonense; y a Henrry Pizarro Zuta, identificado con DNI Nº 41760295, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Regional Obras por Amazonas, para completar el número de regidores del Concejo Distrital de Churuja, provincia de Bongará, departamento de Amazonas 7. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 24 de octubre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Bongará, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Nancy Chávez Barrientos como regidora del Concejo Distrital de Churuja, provincia de Bongará, departamento de Amazonas, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014, por incurrir en la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Bertha Esperanza Cáceres Candamo como regidora del Concejo Distrital de Churuja, provincia de Bongará, departamento de Amazonas, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014, por incurrir en la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Amalia Vargas Barrera, identificada con DNI Nº 41633144, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Churuja, provincia de Bongará, departamento de Amazonas, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Henrry Pizarro Zuta, identificado con DNI Nº 41760295, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Churuja, provincia de Bongará, departamento de Amazonas, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que lo faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1663285-2

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidoras de la Municipalidad Distrital de Héroes Albarracín, provincia de Tarata, departamento de Tacna
RESOLUCIÓN Nº 0339-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00229 HEROES ALBARRACÍN - TARATA - TACNA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, seis de junio de dos mil dieciocho. VISTO el Oficio Nº 067-2018-MDHA, recibido el 21 de mayo de 2018, presentado por el gerente de la Municipalidad Distrital de Héroes Albarracín, provincia de Tarata, departamento de Tacna, mediante el cual se comunica la licencia, sin goce de haber, concedida tanto al alcalde Iván Jhony Copaja Aguilar, como al regidor Sabino Orlando Flores Pihuaycho. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. Respecto a la solicitud de licencia presentada por el alcalde Iván Jhony Copaja Aguilar 2. El literal a del numeral 4 del artículo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales (LER), dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales las autoridades regionales, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, la misma que tendrá eficacia a partir del 9 de junio de 2018. 3. Asimismo, los literales b y c del numeral 4 del artículo 14 de la LER establecen que las autoridades municipales que deseen postular como autoridades regionales no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, la misma que tendrá eficacia a partir del 9 de junio de 2018. 4. De conformidad con los artículos cuarto y quinto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, respectivamente, se precisa que: · Las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato al cargo de consejero regional culmina el día de la elección; por consiguiente, las autoridades regionales y municipales deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). · Las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de gobernador y vicegobernador regional se considerarán automáticamente prorrogadas hasta la proclamación de los resultados de la elección del 7 de octubre de 2018; por tal razón las autoridades que participan como candidatos deben reasumir sus funciones a partir del día siguiente de la proclamación de resultados, con excepción de aquellos que participen en una segunda elección, cuyas licencias continuarán vigentes hasta el día de los comicios; en ese sentido, deben reasumir sus funciones al día siguiente de la segunda elección. 5. Con fecha 28 de mayo de 2018 (fojas 4), Édgar Raúl Ñahui Reyes , alcalde de la Municipalidad Distrital de Héroes Albarracín, provincia de Tarata, departamento de Tacna, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales 2018, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo Nº 001-2018-MDHA-CH, de fecha 8 de mayo

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