Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2018 (01/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

Jueves 1 de marzo de 2018 /

El Peruano

1.1.2 Los que hubieran obtenido o percibido rentas distintas a las de tercera categoría, siempre que por dicho ejercicio se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones: (...) c. Determinen un saldo a su favor en la casilla 141 del Formulario Virtual N° 705 ­ Renta Anual 2017 ­ Persona Natural como perceptores de: i. Rentas de cuarta categoría o rentas de cuarta y quinta categorías. ii. Rentas de cuarta y/o quinta categorías y rentas de fuente extranjera que correspondan ser sumadas a estas. 1.1.3 Los que hubieran percibido exclusivamente rentas de quinta categoría que determinen un saldo a su favor en la casilla 141 del Formulario Virtual N° 705 ­ Renta Anual 2017 ­ Persona Natural, por la deducción de intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda no informados a la SUNAT como tales por las entidades del sistema financiero, lo cual deberá ser verificado en la Plataforma de Deducciones de Gastos Personales." Artículo 2. Señala plazo para presentar la declaración jurada anual del impuesto a la renta para los sujetos no obligados a inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes Modifícase el artículo 14 de la Resolución de Superintendencia N° 011-2018/SUNAT, en los siguientes términos: "Artículo 14. Plazo para presentar la Declaración y efectuar el pago de regularización del Impuesto y del ITF Los deudores tributarios presentan la Declaración y, de corresponder, efectúan el pago de regularización del Impuesto y del ITF, de acuerdo con el siguiente cronograma: ULTIMO DÍGITO DEL RUC Y OTROS 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 Buenos Contribuyentes y sujetos que no estén obligados a inscribirse en el RUC FECHA DE VENCIMIENTO 22 de marzo de 2018 23 de marzo de 2018 26 de marzo de 2018 27 de marzo de 2018 28 de marzo de 2018 2 de abril de 2018 3 de abril de 2018 4 de abril de 2018 5 de abril de 2018 6 de abril de 2018 9 de abril de 2018

realizarse por el cónyuge, concubino o copropietario a través del Formulario Virtual N° 705 ­ Renta Anual 2017 ­ Persona Natural. Para dicho efecto, el cónyuge, concubino o copropietario debe señalar el monto que tiene derecho a deducir por cada uno de los comprobantes de pago que sustentan el gasto, así como la información que se requiera. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA ÚNICA. Modificación de la Resolución de Superintendencia N° 109- 2000/SUNAT Modifícase el primer párrafo de los artículos 3°-C y 4° de la Resolución de Superintendencia N° 1092000/SUNAT y normas modificatorias, en los siguientes términos: "Artículo 3°-C.- PROCEDIMIENTO PARA GENERAR LA CLAVE SOL DESDE SUNAT VIRTUAL La Clave SOL puede ser generada desde SUNAT Virtual para efecto de realizar las operaciones del artículo 2° necesarias para el acogimiento al Régimen y/o para realizar las operaciones señaladas en los numerales 1, 3, 48 y 49 del artículo 2° siempre que se trate de una persona natural que: 1. Cuente con DNI. 2. No se encuentre obligada a inscribirse en el RUC, en el Registro de Empleadores de Trabajadores del Hogar, Trabajadores del Hogar y sus derechohabientes o a contar con CIP de acuerdo a las normas vigentes ni hubiera obtenido con anterioridad el número de RUC, CIE o CIP." "Artículo 4.- FACULTADES DEL USUARIO El Usuario está habilitado para realizar todas las operaciones señaladas en el artículo 2°, excepto en los siguientes supuestos: 1. Tratándose del usuario señalado en el numeral iii) del inciso c) del artículo 1°, solo podrá realizar aquella contemplada en el numeral 29 del artículo 2°. 2. Tratándose del usuario señalado en el numeral iv) del inciso c) del artículo 1°, solo podrá realizar aquellas operaciones del artículo 2° necesarias para acogerse al Régimen de acuerdo a lo establecido en la Resolución de Superintendencia N° 160-2017-SUNAT y/o aquellas contempladas en los numerales 1, 3, 48 y 49 del artículo 2°. Para tal efecto el Usuario a que se refiere el presente numeral ingresará a SUNAT Operaciones en Línea con el número de DNI y la Clave SOL generada de acuerdo al procedimiento del artículo 3°-C." Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional 1621251-1

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera. Plataforma de Deducciones de Gastos Personales La SUNAT pone a disposición de los deudores tributarios, a través de SUNAT Virtual, la Plataforma de Deducciones de Gastos Personales, a la cual podrán acceder utilizando su Clave SOL. Segunda. Establecen forma adicional para comunicar la atribución de gastos por arrendamiento y/o subarrendamiento e intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda La comunicación a que se refiere el inciso c) del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 0102018/SUNAT que no se hubiera efectuado hasta el 15 de febrero de 2018 o la que se desee rectificar podrá

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 041-2018-SUSALUD/S Mediante Oficio Nº 00123-2018-SUSALUD/SUP, la Superintendencia Nacional de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia Nº 041-2018-SUSALUD/S, publicada en Separata de Normas Legales, en la Edición del 21 de Febrero de 2018. En la parte resolutiva;

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