Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2018 (10/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Sábado 10 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad. Publíquese, comuníquese y cúmplase. PEDRO F. SALGUERO DULANTO Alcalde 1623888-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA
Aprueban el Plan de Desarrollo Local Concertado 2018-2021 con proyección al 2030
ORDENANZA MUNICIPAL N º 005-2018 Crnl. G. Albarracín L., 27 de febrero del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA: VISTO: La Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 27 de Febrero del año 2018 se trató como punto de agenda: Aprobación de la propuesta del Plan de Desarrollo Local Concertado ­ PDLC 2018-2021 con proyección al 2030. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa como ente de Gobierno Local goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme lo dispone el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972 y normas correspondientes. Que, el numeral 2 del Artículo 196° de la Constitución Política del Estado, dispone que es competencia de las municipalidades aprobar el Plan de Desarrollo Local, concertado con la sociedad civil. Que, el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar los Planes de Desarrollo Local Concertado y en el Artículo 112º dispone que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de los planes de desarrollo. Que, con Decreto Legislativo N° 1088, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico así como el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico Nacional, CEPLAN, como ente rector del sistema de planeamiento estratégico. Que, según Decreto Supremo N° 004-2013-PCM se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, refiriéndose como primer pilar de la gestión pública orientada a resultados del planeamiento estratégico. Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 26-2014 CEPLAN/PCD, aprobó la Directiva N° 001-2014-CEPLAN, Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico ­ Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, la cual tiene por finalidad que los Planes Estratégicos de las entidades de la Administración Publica estén articulados al Plan Estratégico de Desarrollo Nacional ­PEDN, contribuir a que los recursos públicos se asignen y que tienen que ejecutarse con eficiencia y eficacia y contribuyan al desarrollo nacional, en función a prioridades establecidas en los procesos de planeamiento estratégico; promover

que las entidades de la administración pública mejoren la coordinación interinstitucional en sus procesos de planeamiento estratégico, mejorar la capacidad de las entidades de la Administración Publica para identificar, priorizar, aprovechar, y gestionar los riesgos del entorno; asimismo teniendo en cuenta la Directiva N°001-2017CEPLAN/PCD, "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", cuyo alcance es aplicable a todos los integrantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN. Que, conforme al Acta de fecha 20 de febrero del 2018 de la Comisión de Planeamiento Estratégico, designada mediante Resolución de Alcaldía N° 302-2017-A/ MDCGAL, se aprueba el Proyecto del Plan de Desarrollo Local Concertado 2018-2021 con proyección al 2030. Que, el Subgerente de Planificación, Racionalización y Cooperación Técnica mediante INFORME N° 072-2018-SMRR-SGPRCT-GPP/MDCGAL de fecha 21 de febrero del 2018, indica que se aprobó el Proyecto del Plan de Desarrollo Local Concertado 2018-2021 con proyección al 2030, ante la Comisión de Planeamiento Estratégico; por lo que, solicita convocar a Sesión Ordinaria del Concejo Municipal para la aprobación del PDLC en mención, siendo ratificado por el Gerente de Planeamiento y Presupuesto con INFORME N°424-2018GPP/MDCGAL de fecha 21 de febrero de 2018. Que, según INFORME N° 103-2018-WROC-GAJ/ GM/MDCGAL con fecha 21 de febrero del 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica, es de opinión que resulta procedente aprobar el Proyecto del Plan de Desarrollo Local Concertado 2018-2021 con proyección al 2030. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades establecidas en los Artículos 9° y 40° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, sometido al Pleno del Concejo Municipal fue aprobado por UNANIMIDAD; por lo que, se expide la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO PDLC 2018-2021 CON PROYECCIÓN AL 2030, DEL DISTRITO CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA Artículo Primero.- APROBAR EL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO PDLC 2018-2021 CON PROYECCIÓN AL 2030, DEL DISTRITO CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA, que forma parte de la presente Ordenanza, de acuerdo a los criterios establecidos por el CEPLAN. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remitir copia de la presente Ordenanza y el documento de gestión a la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO todas las demás normas que se opongan, modifiquen y/o complementen la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la difusión del Plan de Desarrollo Local Concertado 2018 - 2021 con proyección al 2030, del Distrito Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa. Artículo Quinto.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la adecuada implementación de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Imagen Institucional la publicación de la presente Ordenanza Municipal, en el diario de mayor circulación local o nacional y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, su publicación en el portal web de la MDCGAL (www.munialbarracin.com.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. S. MARIO RUIZ RUBIO Alcalde 1623784-1

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