Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2018 (10/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Sábado 10 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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para uso propio; ni las inversiones directas en proyectos inmobiliarios que, cuando finalicen su construcción, serán destinados para el uso propio. Para fines del Análisis de la Suficiencia de Activos, solo los inmuebles de uso propio pueden ser tratados conforme lo señalado en el artículo 8º del Reglamento de Constitución de Reservas Matemáticas de Seguros de Rentas y del Análisis de la Suficiencia de Activos, aprobado por la Resolución SBS Nº 887 -2018". Artículo Cuarto.- Los Anexos Nº 1, SV-16: Información de flujos de activos, SV-17: Información de flujos de pasivos, SV-18: Resumen de Reservas Matemáticas y SV19: Resumen de adecuación de reservas, forman parte del Reglamento aprobado por la presente Resolución y se publican en el Portal institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 0012009-JUS. Artículo Quinto.- La presente resolución entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2019; fecha en la cual queda derogado el Reglamento de Constitución de Reservas Matemáticas de los Seguros sobre la Base del Calce entre Activos y Pasivos de las Empresas de Seguros, aprobado por la Resolución SBS Nº 562-2002 y normas modificatorias; así como la Circular Nº S-6432010 y normas modificatorias. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1623910-1

Autorizan viaje de funcionarios de la SBS a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 889-2018 Lima, 7 de marzo de 2018 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTAS: La invitación cursada por el Grupo Egmont a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en las Reuniones del Grupo Egmont de Unidades de Inteligencia Financiera, que se llevarán a cabo del 12 al 15 de marzo de 2018 en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; La invitación cursada por el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la Reunión de Coordinadores Nacionales - Comisión Estratégica, que se llevará a cabo el 16 de marzo de 2018 en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), a través de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú), es miembro activo del Grupo Egmont desde su ingreso en junio de 2005 y como tal, ha venido asumiendo la representación y defensa de los intereses del país en las reuniones realizadas por este grupo desde su incorporación en el mismo. El Grupo Egmont reúne a las Unidades de Inteligencia Financiera como un Foro que presta cooperación internacional en la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo; Que, en el marco de las Reuniones del Grupo Egmont, se llevarán a cabo la Reunión Plenaria de Jefes de

Unidades de Inteligencia Financiera (UIF) y las Sesiones del Comité, así como las Reuniones de los Grupos de Trabajo, Reuniones de los Grupos Regionales, incluido el Grupo Regional de las Américas, y Sesiones de Capacitación Simultáneas en materia de LAFT; Que, adicionalmente, la UIF-Perú participa activamente en el Membership, Support, and Compliance Working Group, estando involucrada, como Miembro del Equipo de Apoyo, junto con la Unidad de Información Financiera de Argentina (UIF-Argentina) y la Unidad de Inteligencia Financiera de México (UIF-México), en el proceso de apoyo y cumplimiento que se le sigue a la Unidad de Investigación Financiera de El Salvador (UIFEl Salvador), por registrar deficiencias en cuanto a su autonomía; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), a través de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú), es la Coordinadora Nacional de la República del Perú ante el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), organización intergubernamental de base regional que agrupa a dieciséis países de América del Sur, Centroamérica y América del Norte, con la finalidad de combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, a través del compromiso de mejora continua de las políticas nacionales contra ambos temas y la profundización en los distintos mecanismos de cooperación entre los países miembros; Que, el señor Sergio Javier Espinosa Chiroque, en su calidad de Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, es el Coordinador Nacional del Perú ante el GAFILAT y, desde enero de 2018, ejerce la Presidencia Pro Tempore del GAFILAT; Que, en la Reunión de Coordinadores Nacionales - Comisión Estratégica serán debatidos los principales temas estratégicos referentes al Plan de Acción 2018, entre los que destacan, evaluaciones mutuas del GAFILAT 2018, proyectos de capacitaciones 2018, asuntos institucionales, relación de los países con el GAFI y proyectos de los grupos de trabajo del GAFILAT, además de otros asuntos de particular relevancia; Que, en atención a las invitaciones cursadas y por ser de interés de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar al señor Sergio Javier Espinosa Chiroque, Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, para que participe en los citados eventos, y a la señora Verónica Boza Santaolalla, Intendente de Análisis Estratégico de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, para que participe en las Reuniones del Grupo Egmont; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-21, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2018, estableciéndose en el Numeral 4.4.1 que, se restringen los viajes al exterior, únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en los eventos indicados, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2018; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBSDIR-ADM-085-21 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2018, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 0472002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM;

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