Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2018 (14/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Miércoles 14 de marzo de 2018 /

El Peruano

CRONOGRAMA DE EJECUCION DE ACTIVIDADES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS AÑO FISCAL 2019
CRONOGRAMA FASES ACTIVIDAD MES Marzo Marzo Marzo Marzo Marzo Marzo Marzo Marzo Marzo Marzo Marzo Marzo Marzo Marzo Marzo Marzo Instituciones comprometidas en el proceso. Difusión de avisos, comunicados y otros Acta de Acuerdos y Compromisos Documento del Proceso Registro de datos en el Aplicativo Acuerdo de Concejo Equipo Técnico G.G. Planeamiento, Presupuesto y Rac. G.G. Planeamiento, Presupuesto y Rac. Concejo Municipal Equipo Técnico Listado de Proyectos Viables Equipo Técnico SEMANA 1 2 3 4 5 Decreto de Alcaldía publicado en El Peruano Población sensibilizada (banderolas, afiches) Publicación de aviso Diario El Callao Libro de Actas de Agentes Participantes Expositores, separatas fichas y otros Cronograma de actividades de capacitación Informes de Rendición de Cuentas Secretaria General G.G. Participación Vecinal G.G. Relaciones Públicas G.G. Participación Vecinal G.G. Planeamiento, Presupuesto y Rac. G.G. Planeamiento, Presupuesto y Rac. Gerencias Generales de Línea RESULTADO RESPONSABLE

1° Preparación

a) Comunicación. b) Sensibilización. c) Convocatoria Pública. d) Identificación y Registro de Agentes Participantes. e) Preparación de materiales para los Talleres de Trabajo. f) Capacitación de Agentes Participantes

2º Concertación

a) Taller de Rendición de Cuentas, PDC y Presupuesto b) Taller de Identificación y Priorización de Resultados Evaluación técnica de Proyectos y Asignación de Recursos. Priorización de Proyectos de Inversión.

3° Coordinación

a) Acciones de Coordinación entre los niveles de Gobierno.

4° Formalización a) Formalización de Acuerdos y Compromisos y Elección del Comité de Vigilancia b) Informe Final del Presupuesto Participativo 2019. c) Registro y remisión en el Aplicativo "Presupuesto Participativo" del Ministerio de Economía y Finanzas. d) Aprobación de los resultados del Proceso Participativo

1625483-1 Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad Distrital de la Perla, a efecto de adecuar a las disposiciones de simplificación administrativa establecidas con la normatividad vigente sobre la materia, de conformidad con lo expresado en la parte considerativa del presente decreto y de acuerdo con las precisiones contenidas en los anexos que forman parte integrante del mismo; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº062 -2009-PCM, aprueba el formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2º, 3º y 5º del Decreto Supremo Nº062-2009-PCM, las entidades de la Administración Publica comprendidas en el Artículo 1º del Título Preliminar de la Ley Nº27444, se encuentra obligadas a adecuar su respectivo TUPA, al formato aprobado mediante el Artículo 1º del referido Decreto Supremo; Que, según el artículo 4º del Decreto Supremo Nº0622009-PCM, precisa que la modificación del valor de la UIT no implica la modificación automática del monto de los derechos de tramitación contenidos en el TUPA. Dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la vigencia de la modificación del valor de la UIT, las entidades a través del funcionario responsable debe ingresar y publicar la información del TUPA en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas, señalado en el artículo 2° de la Resolución Ministerial Nº293-2006-PCM, y el funcionario encargado en cada entidad de ingresar y publicar la información en el Portal Web Institucional, deberán efectuar la reconversión de los nuevos términos porcentuales aplicables como resultado de la división del monto de cada derecho de tramitación vigente, entre el nuevo valor de la UIT; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº380-2017EF aprobó el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias será de Cuatro Mil Ciento Cincuenta y 00/100 Soles (S/ 4 150,00); Que, el artículo 42° de la Ley N°27972- Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que sean de competencia del Concejo Municipal;

MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Aprueban actualización de porcentajes de la UIT correspondientes a los derechos del TUPA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2018-A-MDLP La Perla, 17 de enero de 2018 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: El informe N° 001-2018-GPP/MDLP de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, que solicita la aprobación de la reconversión de los términos porcentuales como resultado del nuevo valor de la UIT de los derechos de tramitación contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y el Informe N°010-2018-GAJ/ MDLP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, conforme lo expresa el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La Autonomía que la Constitución Política establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Municipal N°011-2016-MDLP se aprobó el Texto Único de Procedimiento Administrativo TUPA de la Municipalidad Distrital de la Perla; Que, con el Decreto de Alcaldía N°006-2017-ALCMDLP se aprueba la modificación del Texto Único de

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