Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2018 (14/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Miércoles 14 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES GOBIERNOS REGIONALES

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Adjuntas de Banca y Microfinanzas y de Asesoría Jurídica; RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución SBS Nº 4852-2014 del 24 de julio de 2014, mediante la cual se autorizó a la señora Dariella Paola Gentile Velilla para actuar como Representante en el Perú de Bancolombia Puerto Rico Internacional Inc, Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1624827-1

GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Modifican la Res. N° 0007-2018-GOREICA/GR, sobre delegación de facultades y atribuciones para el año fiscal 2018
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0066-2018-GORE-ICA/GR Ica, 6 de marzo de 2018 VISTO, la Resolución Ejecutiva Regional N° 0007-2018-GORE-ICA/GR del 19 de enero de 2018, que contiene la delegación de facultades y atribuciones para el año fiscal 2018; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales se establece la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales, constituyéndolos como una persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, conforme a lo establecido en el inciso 1) del artículo 9° de la mencionada Ley N° 27867, los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 5° del Decreto Supremo N° 043-2006PCM establece que el Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 0012-2017-GORE-ICA se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica actualmente vigente; Que, el numeral 1 del artículo 25° del citado Reglamento de Organización y Funciones, establece que la Gobernación Regional, de la cual es titular el Gobernador Regional, tiene como función la dirección y supervisión de las marcha del Gobierno Regional de Ica y de sus órganos ejecutivos, administrativos y técnicos; Que, el numeral 3 del artículo 25º del citado Reglamento de Organización y Funciones, establece que la Gobernación Regional, de la cual es titular el Gobernador Regional, tiene como función la designación del Gerente General Regional y de los Gerentes Regionales así como nombrar y cesar a los funcionarios de confianza; mientras que el numeral 4 del mismo artículo 25º señala que la Gobernación Regional dicta Resoluciones Ejecutivas Regionales; Que, conforme a lo establecido en el numeral 74.1 del artículo 74° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, el ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegación o evocación, según lo previsto en esta Ley; Que, corresponde realizar modificaciones a la resolución del visto, por ser pertinente para la buena gestión del Gobierno Regional de Ica; Que, de acuerdo al numeral 17.1 del artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena

Dejan sin efecto la Res. SBS N° 4849-2014
RESOLUCIÓN SBS Nº 799-2018 Lima, 28 de febrero de 2018 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud recibida con fecha 26 de enero de 2018, para que esta Superintendencia deje sin efecto la autorización otorgada a la señora Dariella Paola Gentile Velilla para actuar como Representante en el Perú de Bancolombia (Panamá) S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 4849-2014 del 24 de julio de 2014, se autorizó a la señora Dariella Paola Gentile Velilla para actuar como Representante en el Perú de Bancolombia (Panamá) S.A., entidad bancaria organizada y existente de conformidad con las Leyes de la República de Panamá; Que, mediante carta recibida el 26 de enero de 2018, se solicita a esta Superintendencia que se deje sin efecto la autorización referida en el considerando anterior; Que, Bancolombia (Panamá) S.A. ha cumplido con acreditar la decisión de dejar sin efecto la designación de la señora Dariella Paola Gentile Velilla, habiéndose remitido para tal efecto a este Organismo de Supervisión y Control, la copia certificada del Acta Nº 697 de la parte pertinente de la Junta Directiva de Bancolombia (Panamá) S.A. del 20 de abril de 2017, debidamente apostillada, mediante la cual se acordó la revocación del poder otorgado a la señora Dariella Paola Gentile Velilla; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "B" y por el Departamento Legal y, contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas y de Asesoría Jurídica; RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución SBS Nº 4849-2014 del 24 de julio de 2014, mediante la cual se autorizó a la señora Dariella Paola Gentile Velilla para actuar como Representante en el Perú de Bancolombia (Panamá) S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1624828-1

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