Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2018 (15/03/2018)
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TEXTO DE LA PÁGINA 81
El Peruano / Jueves 15 de marzo de 2018
NORMAS LEGALES
SANCIONES MEDIDAS MULTA % UIT CORRECTIVAS
81
GRADUALIDAD
CÓDIGO
INFRACCIÓN
SUB LINEA 07-0501 07-0502 07-0503 07-0504 07-0505
7.5.- ACEITES Y LUBRICANTES Por vertimiento de aceites lubricantes usados al sistema de alcantarillados, en aguas superficiales Por depósito o vertimiento de aceites lubricantes usados sobre el suelo Por actuar como operador final de los aceites, lubricantes usados o aceites vegetales, sin la autorización expedida por la autoridad ambiental competente Comercializar clandestinamente aceites lubricantes usados, aceites vegetales usados. Realizar actividades en las aceras o en la vía pública en las cuales se generen aceites lubricantes usados, grasas lubricantes o solventes hidrocarburados contaminados No cumplir con las condiciones señaladas en el artículo 5° de la Ordenanza 475/MC y modificatoria (referido al almacenamiento, uso de recipiente, rotulado y lugar de almacenamiento de los establecimientos de los aceites, lubricantes y aceites usados) 7.6.- ÁREAS VERDES Por la tala de árboles y poda severa sin la autorización correspondiente. Adherir elementos extraños a los árboles o áreas verdes ubicados en las áreas verdes de uso público. Por instalar sistemas de iluminación en árboles ubicados en áreas públicas, sin autorización de la municipalidad. Por tener instalaciones internas de agua y desagüe que producen aniegos y/o humedad afectando la vía pública y/o propiedades vecinas. Por realizar actividades en las áreas verdes de uso público que impliquen riesgo para su conservación o que afecten directamente la vegetación arbórea existente o que puedan inutilizar parte de un árbol o afectar su crecimiento (caza, pastoreo, quema o fogatas, recreación activa, estacionamiento de vehículos, aplicación de productos tóxicos o nocivos, o instalación de toldos u otros elementos para la realización de actividades sociales o similares, etc.). Por no restituir en las áreas verdes de uso público de la jurisdicción respectiva, los árboles o especies vegetales dañadas o eliminadas. Por usar agua de los puntos de abastecimiento de parques y jardines, para uso doméstico, comercial o de otra índole. Por ocupar, destruir, vender y/o comprar áreas de dominio público como zonas reservadas, riberas de rio, zonas declaradas intangibles, zonas de laderas de cerros y quebradas, zonas destinadas para arborización, zonas con suelo de relleno no controlado, zonas con fines ecológicos y otros. Por ocupar áreas de la faja marginal del Rio Chillón y áreas intangibles, consideradas de alto riesgo por defensa civil Restitución de especies dañadas, denuncia Retiro de elementos Retiro de elementos Ejecución de obra, Clausura temporal o definitiva 60% 60% 60% 60% 60% Clausura temporal o definitiva, Denuncia. Clausura temporal o definitiva, Denuncia. Clausura temporal o definitiva, Clausura temporal o definitiva, Clausura temporal o definitiva, MG MG MG MG MG
07-0506
20%
Clausura
L
SUB LINEA
07-0601 07-0602 07-0603 07-0604
60% 20% 10% 30%
MG L L G
07-0605
60%
Restitución de especies dañadas, retiro o retención, cancelación.
MG
07-0606 07-0607
60% 30%
Restitución de especies dañadas Ejecución
MG G
07-0608
300%
Demolición, retiro, restitución, denuncia Desalojo, demolición de obra, decomiso, denuncia
MG
07-0609
200%
MG
LINEA DE ACCIÓN 08 SUB LINEA
URBANISMO 8.1.- HABILITACIÓN, SUBDIVISIÓN DE TIERRAS Y OBRAS PRIVADAS Por ejecutar o haber ejecutado obras de edificación en general (construcción, ampliación, cercado, demolición, etc.), sin contar con la Licencia de edificación correspondiente. Paralización y/o Demolición
08-0101
10% del VOE
G