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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2018 (21/03/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de marzo de 2018 / El Peruano “Módulo de Deuda de Subnacionales” o por el “Módulo de Deuda de Empresas Públicas” 27. Registro en el MIF: es el proceso que deben seguir las entidades para ingresar su información fi nanciera, contable y/o de Fondos Públicos en el MIF al nivel que corresponde (unidad ejecutora o pliego). Durante este proceso es posible modi fi car la información de saldos fi nancieros, contables y de Fondos Públicos. ANEXO 02 CONSIDERACIONES GENERALES DEL MIF 1. Bloques de información1.1. Bloque información fi ja: sección en la que se solicita las condiciones fi nancieras y clasi fi caciones del instrumento fi nanciero, las cuales no son dependientes del período de reporte de saldo, y son compartidas por los datos fi nancieros y contables. Esta información será requerida al usuario únicamente al momento de registrar por primera vez un instrumento fi nanciero en el módulo por lo cual se realiza una sola vez por cada instrumento fi nanciero. 1.2. Bloque información de operaciones: sección en la que se solicita las operaciones (compra/venta) correspondientes al periodo, será solicitado en aquellos instrumentos que puedan ser negociados, siendo estos certificados de depósito, papeles comerciales, bonos, participaciones, letras del Tesoro, notas y acciones. Entre la información requerida en este bloque se tiene a la fecha de negociación, el número de instrumentos y el precio de adquisición del instrumento. Figura 01. Bloques de información del MIF 1.3. Bloque de información de posición: para el caso de datos fi nancieros y contables, la información requerida en este bloque es de carácter obligatorio y debe ser actualizada en cada periodo de corte. Estos son: la información de saldos ( fi nanciero o contable) del instrumento fi nanciero. 2. Proceso En la Figura Nº 2, 3 y 4 se detallan el proceso de registro y declaración de la información fi nanciera, contable y de fondos públicos: Figura 02. Datos fi nancieros