Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2018 (24/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano / Sábado 24 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y lo establecido en el Convenio N°124-2018-VIVIENDA. Artículo 6.- Publicación y Difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1629935-1

Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en las modalidades de aplicación Adquisición en Vivienda Nueva, Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 110-2018-VIVIENDA Lima, 23 de marzo de 2018 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante la Resolución Ministerial Nº 488-2017-VIVIENDA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL NOVENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 5 189 550 098,00), por toda fuente de financiamiento; Que, el inciso v) del literal a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza de manera excepcional en el presente año fiscal la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Fondo MIVIVIVENDA S.A.; la misma que según el numeral 15.2 de dicho artículo se realiza mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1226, autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar de manera anticipada, con cargo a su presupuesto institucional, la transferencia al Fondo MIVIVIENDA S.A. de los recursos para financiar el Bono Familiar Habitacional ­ BFH y el Bono del Buen Pagador ­ BBP, a fin de atender la demanda habitacional conforme al Plan Anual de Administración de BFH y BBP proyectado, aprobado por el Directorio del referido Fondo; Que, el 21 de marzo de 2018, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento suscribió con el Fondo MIVIVIENDA S.A., el Convenio N° 126-2018-VIVIENDA, para el financiamiento de la ejecución del Bono del Bono Familiar Habitacional en las modalidades de aplicación Adquisición en Vivienda Nueva, Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, hasta por el monto

de QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SETENTA MIL CIENTO OCHENTA Y 00/100 SOLES (S/ 593 570 180,00); Que, mediante Memorándum Nº 483-2018-VIVIENDA/ VMVU-DGPPVU, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo señala que es necesario gestionar el dispositivo legal que autorice la Transferencia Financiera hasta por la suma de QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SETENTA MIL CIENTO OCHENTA Y 00/100 SOLES (S/ 593 570 180,00), a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., en el marco de lo establecido por el artículo 15 de la Ley Nº 30693; Que, por Memorando Nº 662-2018/VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 094-2018/VIVIENDA-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto y emite opinión favorable en materia presupuestaria respecto de autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, Programa Presupuestal 0146. Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado, Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SETENTA MIL CIENTO OCHENTA Y 00/100 SOLES (S/ 593 570 180,00) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en las modalidades de aplicación Adquisición en Vivienda Nueva, Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda; para lo cual, se ha suscrito el Convenio Nº 126-2018-VIVIENDA; precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva y el Plan Anual de Administración del BFH 2018; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso v) del literal a), numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 30693, resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, hasta por la suma de QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SETENTA MIL CIENTO OCHENTA Y 00/100 SOLES (S/ 593 570 180,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada al financiamiento del Bono Familiar Habitacional; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modificatorias; y, de lo establecido en el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1226, Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional y que dicta medidas complementarias para el acceso a la vivienda de la población vulnerable; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, hasta por la suma de QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SETENTA MIL CIENTO OCHENTA Y 00/100 SOLES (S/ 593 570 180,00), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en las modalidades de aplicación Adquisición en Vivienda Nueva, Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción

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