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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2018 (24/03/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 100

100 NORMAS LEGALES Sábado 24 de marzo de 2018 / El Peruano Que, mediante el documento de visto, y tomando en cuenta el Informe N°000008-2017-SINEACE/P-DEC-IEES-BMV, la Dirección de Evaluación y Certificación de Institutos y Escuelas de Educación Superior, señala que la entidad Instituto de Negocios y Metodologías EIRL- INEM EIRL, Ayacucho, ha cumplido con los requisitos establecidos en la norma técnica “Procedimientos para la Autorización y Registro de Entidades Certificadoras de Competencias”, para su autorización como Entidad Certificadora de Competencias de Profesionales Técnicos Titulados y Egresados de Institutos y Escuelas de Educación Superior en Producción Agropecuaria, con una vigencia de cinco (05) años; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo N° 008-2018-CDAH de sesión del 14 de marzo 2018, aprobó la autorización a la entidad Instituto de Negocios y Metodologías EIRL- INEM EIRL, Ayacucho, como Entidad Certificadora de Competencias de Profesionales Técnicos Titulados y Egresados de Institutos y Escuelas de Educación Superior en Producción Agropecuaria, con una vigencia de cinco (05) años; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – Sineace, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley N° 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modi fi catorias; y, Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Ofi cializar el Acuerdo N° 008-2018-CDAH de sesión del 14 de marzo 2018 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se aprobó la autorización a la entidad Instituto de Negocios y Metodologías EIRL- INEM EIRL, Ayacucho, como Entidad Certi fi cadora de Competencias de Profesionales Técnicos Titulados y Egresados de Institutos y Escuelas de Educación Superior en Producción Agropecuaria, con una vigencia de cinco (05) años, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Web del Sineace. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1629321-1 Oficializan Acuerdo que aprobó renovación de autorización a la “Asociación Civil Educativa “Oscar Trelles Montes” Centro de Investigación y Capacitación Tecnológica en Salud - CICAT Salud”, como Entidad Certificadora de Competencias de Profesionales Técnicos Titulados y Egresados de Institutos y Escuelas de Educación Superior en Enfermería RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 062-2018-SINEACE/CDAH-P Lima, 22 de marzo de 2018 VISTO: El Informe N°000001-2018-SINEACE/P-DEC-IEES, emitido por la Dirección de Evaluación y Certi fi cación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del Sineace; y,CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del Sineace, establece como fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de cali fi cación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – Sineace, habiéndose conformado mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo; Que, mediante el documento de visto, y tomando en cuenta el Informe N°000001-2018-SINEACE/P-DEC-IEES-SRC, la Dirección de Evaluación y Certi fi cación de Institutos y Escuelas de Educación Superior, señala que la persona jurídica “Asociación Civil Educativa “Oscar Trelles Montes” Centro de Investigación y Capacitación Tecnológica en Salud-CICAT Salud”, ha cumplido con los requisitos establecidos en la norma técnica “Procedimientos para la Autorización y Registro de Entidades Certi fi cadoras de Competencias”, para la renovación de autorización como Entidad Certi fi cadora de Competencias de Profesionales Técnicos Titulados y Egresados de Institutos y Escuelas de Educación Superior en Enfermería, con una vigencia de cinco (05) años; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo N°009-2018-CDAH de sesión del 14 de marzo 2018, aprobó la renovación de autorización a la persona jurídica “Asociación Civil Educativa “Oscar Trelles Montes” Centro de Investigación y Capacitación Tecnológica en Salud-CICAT Salud”, como Entidad Certi fi cadora de Competencias de Profesionales Técnicos Titulados y Egresados de Institutos y Escuelas de Educación Superior en Enfermería, con una vigencia de cinco (05) años; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – Sineace, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; Ley N° 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modi fi catorias; y la Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Ofi cializar el Acuerdo N° 009-2018- CDAH de sesión del 14 de marzo 2018 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se aprobó la renovación de autorización a la persona jurídica “Asociación Civil Educativa “Oscar Trelles Montes” Centro de Investigación y Capacitación Tecnológica en Salud-CICAT Salud”, como Entidad Certi fi cadora de Competencias de Profesionales Técnicos Titulados y Egresados de Institutos y Escuelas de Educación Superior en Enfermería, con una vigencia de cinco (05) años, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Web del Sineace. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1629321-2