Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2018 (24/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

Sábado 24 de marzo de 2018 /

El Peruano

de competencias en la ocupación de "Extensionista en el manejo productivo de cuyes" con una vigencia de cinco (05) años; De conformidad con la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 018-2007-ED, Ley N° 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modificatorias; y la Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Oficializar el Acuerdo N°0122018-CDAH, de sesión de fecha 14 de marzo 2018, del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se amplía la autorización a la entidad Practical Action-Soluciones Prácticas, como Entidad Certificadora de competencias en la ocupación de "Extensionista en el manejo productivo de cuyes", con una vigencia de cinco (05) años, contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo Segundo. - Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web Institucional (www.sineace.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc Sineace 1629321-4

Que, mediante documento del visto la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales, solicita autorización para la ejecución de la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2018; para tal efecto adjunta los formularios a utilizarse en el referido Registro; Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar la ejecución de la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2018, y aprobar los Formularios 01 y 02 para el levantamiento de la información estadística, fijando el plazo máximo de entrega de la información, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, "Reglamento de Organización y Funciones del INEI"; Con la opinión favorable de la Sub Jefatura de Estadística y de la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales; la visación de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática". SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2018, actividad que se ejecutará a partir de 09 de abril 2018 y estará a cargo de la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales del Instituto Nacional de Estadística e Informática INEI. Artículo 2.- Aprobar los Formularios 01 y 02, que forman parte de la presente Resolución, que serán utilizados para la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2018, y serán remitidos a todas las municipalidades del país, para su diligenciamiento por el Alcalde u otra autoridad municipal que delegue, en la forma siguiente: - Formulario 01, dirigido a las municipalidades provinciales y distritales, el cual estará disponible en la página Web del INEI www.inei.gob.pe, para su diligenciamiento en línea utilizando una clave de acceso que será proporcionada mediante oficio dirigido al Alcalde. Asimismo, el formulario será remitido en versión impresa. - Formulario 02, dirigido a las municipalidades de centros poblados, el cual será remitido en formato impreso. Artículo 3.- Establecer como plazo máximo de presentación de los formularios, debidamente diligenciados hasta el 18 de mayo 2018, los mismos que serán devueltos en el departamento de Lima: al Instituto Nacional de Estadística e Informática, sito en la Av. General Garzón Nº 654-658, Jesús María; y, en los otros departamentos del país, a las Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática, cuyas direcciones se consignan en el Anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 4.- Autorizar, a los Directores de las Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática, a efectuar coordinaciones con las autoridades municipales de su jurisdicción, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5.- Precisar, que las municipalidades que incumplan con la presentación de la información solicitada en el plazo establecido, serán pasibles de ser multadas conforme a lo dispuesto por los artículos 87, 89 y 91 del D.S. Nº 043-2001 PCM y que el pago de la multa no exime a las municipalidades de la obligación de suministrar la información solicitada. RegÍstrese y comunÍquese. FRANCISCO COSTA APONTE Jefe (e)

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Autorizan actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2018
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 081-2018-INEI Lima, 16 de marzo de 2018 Visto el Oficio N° 207-2018-INEI/OTED, de la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales, solicitando autorización para la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2018. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27563 se creó el Registro Nacional de Municipalidades, con la finalidad de integrar la información estadística de las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados creados con arreglo a ley, el que está a cargo del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); Que, por Decreto Supremo Nº 033-2002-PCM, se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Municipalidades (RENAMU) y el Directorio Nacional de Municipalidades de Centro Poblado Menor (DINAMUCEP), y se dispone que la organización, implementación y actualización del Registro Nacional de Municipalidades estará a cargo del Instituto Nacional de Estadística e Informática y establecerá los procedimientos para su actualización anual y permanente; Que, el artículo 15 del indicado Decreto Supremo, precisa que las municipalidades deben remitir al INEI, durante el primer trimestre de cada año, la información correspondiente al periodo enero-diciembre del año anterior. Asimismo, señala que las unidades de estadística o el personal encargado de las municipalidades, son responsables del diligenciamiento de los formularios del Registro y de la veracidad de los datos que se consignan;

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