Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2018 (24/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

Sábado 24 de marzo de 2018 /

El Peruano

y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, Programa Presupuestal 0146. Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado, Producto 3000830. Familias Acceden a Viviendas en Condiciones Adecuadas, Actividad 5006085. Selección Asignación y Supervisión del Bono Familiar Habitacional, fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios, en la Genérica del Gasto 4. Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos, conforme lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y el Convenio N°126-2018-VIVIENDA. Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se realiza la Transferencia Financiera, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y el Convenio N°126-2018-VIVIENDA. Artículo 5.- Información El Fondo MIVIVIENDA S.A. informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de las actividades a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y lo establecido en el Convenio N°126-2018-VIVIENDA. Artículo 6.- Publicación y Difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano" y su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1629935-2

CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite vi) del inciso a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas PTCD", y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú - GIECOD", precisándose en el numeral 15.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 15.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 15.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera; Que, mediante Informe N° 0011-2018-DV-DAT e Informe N°030-2018-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de proyectos que serán financiados con recursos de la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios", la misma que cuenta con la aprobación de la Presidenta Ejecutiva; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS", en el año 2018, DEVIDA suscribió Adendas, con diversas Entidades Ejecutoras para la ejecución de proyectos hasta por la suma de CUATRO MILLONES CIENTO NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 4 109,858.00), cuyo financiamiento se efectuará a través de transferencias financieras; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA, ha emitido las Certificaciones de Crédito Presupuestal N° 00163, 00177 y 00184; que convalida lo dispuesto en el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley N° 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, entendiéndose que estos documentos forman parte del Informe Previo Favorable - Informe N° 002-2018-DV-OPP-UPTO, adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad a los Planes Operativos de los proyectos y actividades; Que, con los visados de la Secretaría General, la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS" y los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administración y Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR las transferencias financieras hasta por la suma total de CUATRO MILLONES

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan transferencias financieras a favor de diversas Entidades Ejecutoras, en el marco del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 031-2018-DV-PE Lima, 23 de marzo de 2018 VISTO: El Memorando N°038-2018-DV-SG-PP, mediante el cual la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible PIRDAIS", remite el Anexo N° 01 que detalla los proyectos, entidades ejecutoras e importes a ser transferidos; y,

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