Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2018 (29/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 157

El Peruano / Jueves 29 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES
LOTE MINIMO EN (M2) 90.00 120.00 450.00 FRENTE MINIMO EN (ML) 6,00 6.00 15.00 ALTURA DE EDIFICACIÓN 3 PISOS 5 PISOS 5 PISOS COEFICIENTE DE EDIFICACIÓN 2.1 3.5 3.5

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AREA LIBRE 30% 30% 30%

ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (R4) RDM

USO UNIFAMILIAR MULTIFAMILIAR CONJUNTO RESIDENCIAL

Artículo 2º.- Precisar que el Plano de Propuesta de Zonificación, lámina PZ-01 y la Memoria Justificativa de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación, debidamente aprobados por la Sub. Gerencia de Obras Privadas de esta Municipalidad, forman parte de la zonificación aprobada en el Art. 1º de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Disponer que la Municipalidad Provincial de Cañete, incorpore el Plano de Propuesta de Zonificación, lámina PZ-01 al Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Mala, aprobada en el Art. 1º, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Notificar a la Comunidad Campesina de Mala lo determinado por el Pleno del Concejo, con cuyo acto se tendrá por concluido el pronunciamiento de la instancia municipal.

Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática a través de la Sub Gerencia de Racionalización y Estadística e Informática, la publicación de la presente ordenanza en el portal de la Municipalidad Provincial de Cañete, y a la Gerencia de Secretaría General en coordinación con las áreas correspondientes la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1631699-1

Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 006-2018-MPC que aprobó el Incentivo de Pronto Pago Tributario 2018
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 01-2018- MPC Cañete, 28 de marzo de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE VISTO: La Ordenanza Nº 00R6-2018-MPC de fecha 28/02/2018 y publicada el 03/03/2018 en el Diario Oficial El Peruano y el Informe Nº 180-2018-GAT-MPC, de fecha 27 de marzo de 2017, de la Gerencia de Administración Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo previsto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; radicando esta facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de lo establecido en la Norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario - Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, dispone que "Los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley". Asimismo, el Artículo 41º del mismo cuerpo normativo estipula que, "Excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren"; Que, mediante Ordenanza Nº 006-2018-MPC de fecha 28/02/2018 y publicada el 03/03/2018 en el Diario Oficial del Peruano, el Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete aprobó el Incentivo del Pronto Pago Tributario 2018, aplicable en la jurisdicción de San Vicente de Cañete; el cual tiene vigencia hasta el 31 de marzo del año en curso;

Que, la Segunda Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza antes mencionada, faculta "Al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarías y necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como también para establecer su prórroga de ser el caso"; Que, mediante informe Nº 180-2018-GAT-MPC de fecha 27 de marzo de 2018, la Gerencia de Administración Tributaria, señala que siendo política de la actual gestión municipal, incentivar la cultura de cumplimiento de pago oportuno y el otorgamiento de facilidades y beneficios a nuestros contribuyentes para la regularización de sus obligaciones tributarias, ésta gerencia propone la PRÓRROGA de la vigencia de la Ordenanza Nº 0062018-MPC, mediante Decreto de Alcaldía hasta el 30 de abril del 2018, para su posterior publicación en el Diario Oficial El Peruano; Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con cargo a dar cuenta al Pleno del Concejo Municipal y con visto de la Gerencia General, Gerencia de Administración Tributaria y la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR HASTA EL 30 (TREINTA) DE ABRIL DE 2018, EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2018-MPC, que aprobó el Incentivo de Pronto Pago Tributario 2018, aplicable en la jurisdicción de San Vicente de Cañete. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento del presente Decreto, por ser de su competencia. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y la publicidad en los medios de comunicación y ENCARGAR a la Sub Gerencia de Racionalización, Estadística e Informática, la publicación en el Portal Web de la Institución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1631700-1

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