Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2018 (29/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 152

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NORMAS LEGALES

Jueves 29 de marzo de 2018 /

El Peruano

Aprueban modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de San Vicente, provincia de Cañete
ORDENANZA Nº 09-2018-MPC Cañete, 21 de marzo de 2018 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 21 de marzo de 2018 y de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica antes mencionada, la autonomía (que la Constitución establece para las municipalidades) radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, los Gobiernos Locales asumen competencias y ejercen funciones específicas, como es la organización del espacio físico y usos del suelo en sus respectivas jurisdicciones, la cual comprende la zonificación; es así que, el Art. 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, entre otros, aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el esquema de zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial, concordante con el numeral 40.1 del Art. 40º del Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA; Que, de la revisión de los actuados se advierte que el procedimiento ha iniciado el 14 de octubre de 2016, con el anterior Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA; no obstante, habiéndose publicado el 24 de diciembre de 2016 el nuevo Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, correspondiendo encauzar el presente procedimiento bajo la normativa anterior en aplicación del Principio de Ultractividad, sin perjuicio de los procedimientos establecidos en el D.S. Nº 022-2016-VIVIENDA que favorezca al administrado. Ello en razón de aplicar la normativa, por consiguiente se refiere a aspectos procedimentales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 0042011-VIVIENDA se aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, la misma que establece los procedimientos técnicos y administrativos que deberán seguir las municipalidades a nivel nacional, en el ejercicio de sus funciones en materia de planeamiento y gestión de suelo, acondicionamiento territorial y desarrollo urbano y rural. Correspondiendo a las municipalidades el desarrollo integral de sus circunscripciones, en concordancia con los planes y las políticas nacionales, sectoriales y regionales, promoviendo las inversiones así como la participación de la ciudadanía; Que, a través del Expediente Nº 11358-2016 de fecha 14 de octubre de 2016, y otros la Asociación Residencial de Vivienda Ollanta Humala Tasso, actualmente denominada Asociación Residencial de Vivienda Playa Costa del Sur, solicita anexión de predio al Área Urbana y Asignación de Zonificación del predio eriazo, ubicado a la altura del Km. 156 y Km.

157 de la carretera Panamericana Sur en el distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral Nº 21197584 de la zona registral Nº IX -Sede - Lima; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 006-95-MPC de fecha 08 de junio de 1995, se aprueba el Reglamento de Usos de Suelos de la provincia de Cañete, departamento de Lima, la misma que fue modificado por la Ordenanza Nº 026-2002-MPC de fecha 20 de mayo de 2002; concordante con dichas disposiciones municipales, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural con Informe Nº 2188-2017-GODUR-MPC de fecha 28 noviembre de 2017, señala que la zonificación que corresponde al predio materia del presente análisis, es Eriazo No Programado (ENP); Que, la anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación, dos procedimientos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Cañete, aprobados por Ordenanza Nº 031-2007-MPC de fecha 28 de diciembre de 2007; Que, la zonificación es el instrumento técnico normativo de gestión urbana que contiene el conjunto de normas técnicas urbanísticas para la regulación del uso y la ocupación del suelo en el ámbito de actuación de los PDM, PDU y EU, en función a los objetivos de desarrollo sostenible y a la capacidad de soporte del suelo, para localizar actividades con fines sociales y económicos, como vivienda, recreación, protección y equipamiento; así como, la producción industrial, comercio, transportes y comunicaciones, así lo señala el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano aprobado por Decreto Supremo Nº 04-2011-VIVIENDA; Que, asimismo, la zonificación regula el ejercicio del derecho de propiedad predial respecto del uso y ocupación que se le pueda dar al mismo. Se concreta en planos de Zonificación Urbana, Reglamento de Zonificación (parámetros urbanísticos y arquitectónicos para cada zona); y, el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas. Ninguna norma puede establecer restricciones al uso de suelo no considerados en la zonificación; Que, la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, en su Art. 6º señala que "Ninguna obra de habilitación urbana o de edificación podrá construirse sin sujetarse a las normas urbanísticas establecidas en los planes de desarrollo urbano y/o acondicionamiento territorial y/o planeamiento integral. Las normas urbanísticas constituyen documentos de interés público, cuya finalidad es la promoción del desarrollo ordenado de las ciudades. Las municipalidades dispondrán su difusión a través de su publicación en lugares y medios accesibles a la colectividad; (...)"; Que, la Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación propuesto por el administrado es R-4 (Residencial Tipo 4), pertenecientes a programas de promoción del acceso a la propiedad privada de la vivienda y se podrá realizar en áreas calificadas como zona de densidad media, a fin de integrarse urbanísticamente con proyectos adyacentes; Que, el Art. 42º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, establece los aspectos mínimos que deben tenerse en cuenta en el procedimiento de elaboración; así como los plazos para la aprobación de los planes, cuyas cuestiones, deben ser debidamente atendidas por el área técnica encargada de su gestión; asimismo, el Art. 43º del citado Reglamento, establece que concluido los procedimientos establecidos en el artículo anterior, el concejo provincial, mediante ordenanza, aprueba entre otros, el Plan de Desarrollo Urbano, según corresponda; Que, en este contexto la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, a través del Informe Nº 2188-2017-GODURMPC de fecha 28 de noviembre de 2017, remite el Expediente Nº 11358-2016 y sus recaudos de la Asociación denominada actualmente RESIDENCIAL

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