TEXTO PAGINA: 44
44 NORMAS LEGALES Sábado 12 de mayo de 2018 / El Peruano Requisitos Exportador Importador Agente de Aduana Almacén de Aduanas Empresas de Servicio de Entrega Rápida 2.6Cuando sea aplicable, debe veri fi car que sus asociados de negocios (personas naturales o jurídicas), no se encuentren comprendidas en las listas del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas elaboradas de conformidad con sus resoluciones en materia de terrorismo y fi nanciamiento del terrorismo y de fi nanciamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, así como la lista Clinton; que se encuentren publicadas en la página web de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) -Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ; en caso de encontrarse deben informarlo a las autoridades competentes.X X X X X 3. Seguridad Física en las Instalaciones (…) 3.15Debería contar con barreras interiores a fi n de asegurar que la carga que almacena, según su naturaleza, debe ser ubicada, separada y señalizada de acuerdo con las regulaciones nacionales y/o estándares internacionales, que abarque entre otros, seguridad industrial y manejo de materiales peligrosos.XX X 4. Seguridad de Accesos a las Instalaciones (…) 4.2Debe controlar el acceso en todos los puntos de ingreso , de sus trabajadores y visitantes a sus instalaciones, debiendo exigir como mínimo: 4.2.1. La presentación del documento de identi fi cación que proporcione a sus trabajadores. 4.2.2. La presentación del documento de identi fi cación personal de los visitantes y/o proveedores , que contenga fotografía que permita su identi fi cación positiva. 4.2.3. Exhibir en un lugar visible la identi fi cación que se les brinde. 4.2.4. La revisión de bultos o paquetes que porten.XXXXX (…) 5. Seguridad de Procesos (…) 5.12Los faltantes, sobrantes o cualquier otra discrepancia, enmarcada en la de fi nición de actividad sospechosa, deben ser resueltos y/o investigados apropiadamente, además de reportar a la autoridad aduanera u otras autoridades competentes. La información será transmitida en el plazo máximo de ocho (8) horas de detectado el hecho.XXXXX (…) 6. Seguridad del contenedor y demás Unidades de Carga (…) 6.8Debe utilizar sellos en los contenedores y unidades de carga para el comercio internacional de mercancías, que cumplan como mínimo con la norma ISO 17712, vigente para sellos de alta seguridad, encontrándose facultado a implementar sistemas de mayor seguridad.XXXX (…) 8. Seguridad del Personal (…) 8.3Debe mantener una base de datos actualizada del personal empleado, que incluya datos básicos, como nombre, fecha de nacimiento, número de identi fi cación, domicilio, estado civil, fecha de ingreso o cese y cargo ocupado, debiendo verifi carse periódicamente .XXXXX (…)” Artículo 2. Incorporación de numeral del procedimiento general “Certi fi cación del operador económico autorizado”, DESPA-PG.29 (versión 2). Incorpórase el numeral 13. a la sección VI del procedimiento general “Certi fi cación del operador económico autorizado”, DESPA-PG.29 (versión 2), aprobado por Resolución de Intendencia Nacional Nº 35-2016-SUNAT/5F0000 y modi fi catorias, en los siguientes términos: “13. El operador puede solicitar asistencia a la Administración Aduanera para el llenado del formulario o para todo el proceso de certificación”. Artículo 3. Derogación de numeral del procedimiento general “Certi fi cación del operador económico autorizado”, DESPA-PG.29 (versión 2). Derógase el numeral 4 del acápite B.1 del literal B de la sección VII del procedimiento general “Certificación del operador económico autorizado”, DESPA-PG.29 (versión 2), aprobado por Resolución de Intendencia Nacional Nº 35-2016-SUNAT/5F0000 y modificatorias. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFONSO IVÁN LUYO CARBAJAL Intendente Nacional (e)Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera 1646778-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Disponen entrega gratuita del “ Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario - Provisional” a favor de los ciudadanos venezolanos que formulen o ya se encuentre en trámite su solicitud para el otorgamiento del Permiso Temporal de Permanencia - PTP y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 0000165-2018-MIGRACIONES Lima, 11 de mayo de 2018VISTOS, el Memorando N° 000093-2018-GG/ MIGRACIONES de la Gerencia General y el Informe N° 000305-2018-AJ/MIGRACIONES de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:El artículo 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que “toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”; Entre los derechos proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos se advierte el derecho al trabajo, siendo que el artículo 23° de dicha Declaración, determina que toda persona tiene derecho al mismo; así como, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo, siendo que lo mencionado comprende el derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social; En correspondencia a los dictados de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el artículo 2° de la Constitución Política del Perú enuncia los derechos fundamentales con que cuenta toda persona nacional o extranjera, entre ellos, el derecho a trabajar libremente