Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2018 (12/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Sábado 12 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modificatorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, en su artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192º inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, en el artículo 38º establece que es competencia del Consejo Regional aprobar ordenanzas regionales las cuales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional, y reglamentan materias de su competencia; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 082-2005/ GRP-CR, de fecha de publicación en el Diario Oficial "El Peruano" el 30 de setiembre de 2005, se aprobó el Cuadro para Asignación del Personal de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo; que comprende diez (10) cargos asignados de acuerdo a los Formatos Nº 01 y 02; Que, mediante Resolución Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, se formalizó la aprobación de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, denominada: "Normas para la Gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE", en el numeral 4.1 del Anexo Nº 4 señala: "La aprobación del CAP Provisional por las entidades de los tres niveles de gobierno, está condicionada al Informe de Opinión Favorable que emita SERVIR"; Que, mediante Informe Técnico Nº 344-2017-SERVIR/GDSRH, de fecha 19 de diciembre de 2017, concluyó: "4.1 La propuesta del CAP-P de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Piura, se enmarca en las situaciones contempladas en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH de acuerdo a lo dispuesto numeral 1.1 del Anexo 4 de la citada Directiva, proponiendo incorporar 10 cargos. Cabe señalar que los cargos incorporados en situación de previstos no autorizan a la entidad a utilizar o requerir recursos presupuestarios adicionales al Estado; 4.2 La propuesta del CAP-P de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Piura, se ha elaborado sobre la base de su estructura orgánica señalada en el artículo 8º de su Reglamento de Organización y Funciones; 4.3 La propuesta del CAP-P de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Piura toma en cuenta la información sobre cargos estructurales contenida en el clasificador de cargos empleado, la clasificación de éstos; sus códigos y respectando los límites porcentuales dispuestos en los dispositivos normativos y sus documentos de gestión institucional vigentes; 4.4 La propuesta del CAP-P de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Piura, respeta los límites porcentuales, toda vez que propone 03 Directivos Superiores (SP-DS) y 01 cargo de Empleados de Confianza (EC); 4.5 En virtud del análisis realizado, se considera pertinente la propuesta del CAP Provisional planteada por la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Piura, por lo que se la opinión favorable conforme señala el numeral 4.1 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/ GDSRH (...); Que, mediante Informe Nº 019-2018/GRP-410300, de fecha 12 de marzo de 2018, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional del Gobierno Regional Piura remitió a la Gerencia Regional de Planeamiento,

Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, señalando que la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, emitió opinión favorable para la continuación del trámite de aprobación del mencionado documento de gestión institucional; Que, mediante Informe Nº 543-2018/GRP-460000, de fecha 21 de marzo de 2018, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica emitió opinión legal y recomendó que se debe continuar con el trámite para la aprobación de la propuesta del CAP Provisional de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, debiendo alcanzarse en su oportunidad al Consejo Regional para su aprobación mediante ordenanza regional, conforme a lo señalado en el numeral 4.2 del anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH; Que, mediante Dictamen Nº 06-2018/GRP-CRCPPyAT, de fecha 23 de abril de 2018, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial recomendó aprobar la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, consistente en veinticinco (25) Cargos Necesarios, que comprende once (11) Cargos Ocupados, y catorce (14) Cargos Previstos, el mismo que se encuentra con la opinión favorable del órgano rector SERVIR mediante Informe Técnico Nº 344-2017-SERVIR/ GDSRH; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad de los presentes, en Sesión Ordinaria Nº 04-2018, de fecha 24 de abril de 2018, en la ciudad de San Miguel de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP-P) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA Artículo Primero.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, conforme se detalla en el ANEXO Nº 4-B (Formato Nº 01), ANEXO Nº 4-C (Formato Nº 02) y ANEXO Nº 4-D, aprobados mediante Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, documento adjunto que forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Disponer a Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Desarrollo Económico y la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- Encargar a Gerencia Regional de Desarrollo Económico a través de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, la publicación del documento adjunto en el Portal Web del Gobierno Regional Piura (www.regionpiura.gob.pe), en la misma fecha de la publicación en el Diario Oficial "El Peruano" de la norma aprobada en el artículo primero, bajo responsabilidad; conforme a lo establecido en el artículo 9º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2009JUS. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto todo dispositivo legal que se oponga a la ordenanza aprobada. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Piura para su promulgación.

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