Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2018 (25/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 119

El Peruano / Viernes 25 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) Artículo 20° de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR LA MODIFICACIÓN del ARTÍCULO 14º del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2019, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 008-2018-MVMT/A, referente a los Requisitos para el Registro e Inscripción de los(as) Agentes Participantes, en el punto tercero para las organizaciones de la sociedad civil, quedando redactado de la manera siguiente: Artículo 14º.- Requisitos para la Registro e Inscripción de los(as) Agentes Participantes: Para las Organizaciones de la Sociedad Civil: - Solicitud de Registro e Inscripción de Agentes Participantes dirigida al Alcalde, que acredite la denominación de la organización, domicilio legal, y la designación de los(as) Agentes Participantes (Titular y Alterno(a)). En ambos casos deberá indicarse sus nombres y apellidos, número de DNI y domicilio (Formato Nº 01). - Copia Simple del Acta de Asamblea General para la designación de Agentes Participante (Titular y Alterno(a)) (Formato Nº 03). - Copia Simple de la Ficha de Inscripción de la Organización en los Registros Públicos (SUNARP) o Resolución de Reconocimiento Municipal vigente o en proceso de reconocimiento municipal para su vigencia, otorgado por la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo. - Ficha de Registro de Datos de Agente Participante (Titular y Alterno(a)) (Formato Nº 04). - Declaración Jurada de Veracidad (Formato Nº 06). Artículo Segundo.- APROBAR LA MODIFICACIÓN del ARTÍCULO 17º del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2019, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 008-2018-MVMT/A, referente a la Presentación de la Solicitud de Registro e Inscripción de Agentes Participantes, incorporando tres (03) párrafos y modificando el segundo párrafo, quedando redactado de la manera siguiente: Artículo 17º.- Presentación de la Solicitud de Registro e Inscripción de Agentes Participantes: Las Solicitudes de Registro e Inscripción de Agentes Participantes (Formato Nº 01 y Formato Nº 02) serán presentados por el(la) Representante de la Organización o Director(a) de la Institución, respectivamente. Dicha solicitud será presentada por Mesa de Partes de la municipalidad, adjuntando los requisitos establecidos en el artículo 14º del reglamento, según sea el caso. La Sub Gerencia de Participación Vecinal es la encargada de brindar orientación, así como de la verificación previa de la información de los(as) solicitantes para el ingreso de sus solicitudes. En el caso que las organizaciones se encuentren inscritas en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS), y su Resolución de Reconocimiento Municipal no esté vigente conforme a lo establecido en el artículo 14º para el proceso de registro e inscripción de Agentes Participantes, éstas i) podrán adjuntar la copia simple de dicha resolución, a través de una declaración jurada simple, con el compromiso de efectuar el trámite de la solicitud de reconocimiento municipal, en un plazo no mayor de siete (07) días hábiles de concluido el plazo para el registro e inscripción, o ii) adjuntar copia del cargo de la solicitud de dicho reconocimiento, en el caso de haberlo solicitado. La Sub Gerencia de Participación Vecinal evaluará y resolverá las solicitudes presentadas por las organizaciones, hasta el 1º de junio del presente. Las Organizaciones que obtengan el reconocimiento

municipal en el plazo establecido, podrán continuar su participación a través de sus Agentes Participantes registrados e inscritos, de conformidad al Cronograma de Actividades (Anexo Nº 01). La Sub Gerencia de Participación Vecinal conducirá el proceso de registro e inscripción de los(as) Agentes Participantes. Las acreditaciones serán otorgadas según las Listas de Agentes Participantes publicadas: i) Publicación de la Lista de Agentes Participantes (Primer momento), y ii) Publicación de la Lista de Agentes Participantes (Segundo momento). Las Listas de Agentes Participantes, serán publicadas en el mural de la Sub Gerencia de Participación Vecinal y las Agencias Municipales, así como en el Portal Web de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo. La acreditación de los(as) Agentes Participantes, se hará efectiva en el Taller Distrital de Capacitación a los(as) Agentes Participantes, según Cronograma de Actividades (Anexo 01). Artículo Tercero.- APROBAR LA INCORPORACIÓN de la SEXTA DISPOSICION COMPLEMENTARIA Y FINAL al Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2019, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 008-2018-MVMT/A, referente al ARTÍCULO SEGUNDO del presente Decreto, quedando redactado de la manera siguiente: TÍTULO V DISPOSICION COMPLEMENTARIAS Y FINALES. Primera.- La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Urbano, se encargarán de la administración y actualización del "Banco de Proyectos Multianual de Inversiones". Segunda.- Si algunos de los proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo no es viable su ejecución, previa evaluación técnica ­ financiera por los órganos competentes, el(la) Alcalde(sa) dispondrá el reemplazo de dicho proyecto con otro, según la escala de prioridades establecidas, hecho que deberá hacerse de conocimiento al Consejo de Coordinación Local Distrital y al Comité de Vigilancia y Control. Tercera.- El Equipo Técnico elaborará el Plan de Trabajo y la Metodología para el desarrollo de los Talleres del proceso, de conformidad al Cronograma de Actividades (Anexo Nº 01). Cuarta.- El Reglamento que regula el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2019, contiene los siguientes Formatos y Anexos:
Formato Nº 01 : SOLICITUD DE REGISTRO E INSCRIPCIÓN DE AGENTES PARTICIPANTES (Titular y Alterno(a)). : SOLICITUD DE REGISTRO E INSCRIPCIÓN DE AGENTES PARTICIPANTES DEL MUNICIPIO ESCOLAR (Titulares y Alternos(as)).

Formato Nº 02

Formato Nº 03

: ACTA DE ASAMBLEA GENERAL PARA LA DESIGNACIÓN DE AGENTES PARTICIPANTES. : FICHA DE REGISTRO DE DATOS DE AGENTE PARTICIPANTE. : FICHA DE REGISTRO DE DATOS DE AGENTE PARTICIPANTE DEL MUNICIPIO ESCOLAR. : DECLARACION JURADA DE VERACIDAD. : CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2019.

Formato Nº 04 Formato Nº 05

Formato Nº 06 ANEXO Nº 01

Quinta.- El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de la publicación del Decreto de Alcaldía. Sexta.- Las solicitudes presentadas por las Organizaciones para el registro e inscripción de sus

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