Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2018 (25/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 120

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NORMAS LEGALES

Viernes 25 de mayo de 2018 /

El Peruano

Agentes Participantes al Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2019, en el caso de estar en proceso de reconocimiento municipal para su vigencia, no serán sujetas de observaciones o tachas, de conformidad a lo establecido en el ARTICULO SEGUNDO del presente Decreto. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto aprobatorio del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Procesos su publicación del texto íntegro del Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CÉSAR A. INFANZÓN QUISPE Alcalde 1651739-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA
Modifican la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones ROF de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 067-MDCH Chilca, 27 de abril del 2018. El Concejo Municipal de Chilca, Provincia de Cañete, Región Lima; VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que aprueba la modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Chilca, estando los informe técnicos de las áreas competentes mediante Memorándum Nº 41-2018-GM-MDCH, de la Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 229-2018-OAJMDCH, de la Oficina Asesoría Jurídica, el Informe Nº 0095-2018-GPP-MDCH, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nro. 27658 Marco de Modernización del Estado, lo declara en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º establece que las municipalidades provinciales y distritales con los órganos del gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Por su parte, el artículo 40º en su primer párrafo señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación,

administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprueba los lineamientos para Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ROF por parte de las entidades de la administración pública, en su artículo 28 establece los casos por la cual se crea la necesidad de aprobar el ROF, siendo uno de ello la optimización o simplificación de los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su misión y funciones. Que, el Proyecto de modificación del Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones presentado, como parte integrante de los Instrumentos de Gestión Municipal, precisan las funciones generales y específicas, relaciones y responsabilidades; orienta y guía la implementación de las funciones hasta el tercer nivel organizacional, consignando las competencias funcionales de cada uno de los estamentos municipales; Que, mediante Informe Nº 0095-2018-GPP-MDCH, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remite la propuesta de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Chilca, considerando necesario la modificación de este instrumento de gestión a fin de adecuarse a las normas legales vigentes, así como a la actualización de las competencias de cada unidad orgánica de la Municipalidad, todo ello enmarcado dentro de la política de modernización del Estado y la simplificación administrativa en procura de una gestión edil eficiente y de calidad, adjuntando el Informe Técnico que sustenta la referida propuesta Que, informe Legal Nº 229-2018-OAJ-MDCH, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que de la revisión del texto del proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y de su Informe técnico Sustentatorio, está en concordancia con los lineamiento contenidos en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; opinando que es procedente la aprobación de la modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Chilca, debiéndose remitir lo actuado al Concejo Municipal para su correspondiente pronunciamiento. Estando expuesto y uso de las facultades contenidas en el numeral 8 de artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, con el voto UNANIME de los señores regidores, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANICA, Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA Artículo Primero.- APROBAR, la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Municipalidad Distrital de Chilca, Provincia Cañete, Región Lima, las mismas que como anexo forman parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, adopte las acciones necesarias para la adecuación de las Unidades Orgánicas de la Municipalidad de chilca a la estructura orgánica aprobada con la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DERÓGUESE, toda norma o disposición municipal que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Oficial el Peruano; y el íntegro del Anexo antes referido en el Portal Institucional de la Entidad (municipalidadchilca.gob.pe) Artículo Quinto.- La presente ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAMIAN ALFREDO HUAPAYA ARIAS Alcalde 1651852-1

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