Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2018 (25/05/2018)


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NORMAS LEGALES

Viernes 25 de mayo de 2018 /

El Peruano

reclamos o pedidos a la Sub Gerencia de Participación Vecinal y Bienestar Social de la Municipalidad Distrital de Barranco. Artículo Décimo Primero.- Es obligación de los miembros de la Brigada de Seguridad Escolar: a) Estar correctamente uniformados, portando: - Chalecos con el logo de la Municipalidad de Barranco. - Carnet de identificación como miembro de la Brigada de Seguridad Escolar. Artículo Décimo Segundo.- Son deberes de la Brigada de Seguridad Escolar: a) Tomar conciencia de su rol como integrante de la Brigada de Seguridad Escolar. b) Capacitarse para cumplir con sus funciones eficientemente. c) Constituirse como un ejemplo para los padres de familia de las diferentes instituciones educativas y la comunidad en general. d) Tendrá presente en todo momento el compromiso adquirido como miembro de la Brigada de Seguridad Escolar y el respeto que merece llevar el honroso distintivo de la Municipalidad Distrital de Barranco, será amable y cortes con todas las personas a quien debe dirigirse. e) Procura que su presencia sea sinónimo de ayuda. f) Evitará siempre participar en riñas, discusiones peleas, que desdigan de la buena educación y ejemplo que tiene como integrante de la Brigada de Seguridad Escolar. CAPÍTULO IV SOBRE LA ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS Artículo Décimo Tercero.- Los miembros de la Brigada de Seguridad Escolar son elegidos teniendo en cuenta las siguientes características: Coordinador - 01 trabajador municipal perteneciente a la Sub Gerencia de Participación Vecinal y Bienestar Social. - Será seleccionado por el Sub Gerente de Participación Vecinal y Bienestar Social. - Ser disciplinado Fiscales: - 02 trabajadores municipales pertenecientes a la Sub Gerencia de Participación Vecinal y Bienestar Social. - Gozar de Salud Física y Mental. - Ser seleccionado por el Sub Gerente de Participación Vecinal y Bienestar Social. - Ser disciplinado Brigadistas: El factor más importante para que la brigada alcance sus objetivos, es el elemento humano que la integra, ya que los brigadistas afrontan situaciones de emergencia, esto implica que se encontrarán bajo tensión al realizar una serie de procedimientos y toma de decisiones. Razón por la que la Sub Gerencia de Participación Vecinal y Bienestar Social deberá considerar el siguiente perfil: - Ser padre de familia - Tener a alguno de sus hijos como estudiante de alguna institución educativa pública establecidas en el Artículo Tercero de la presente Ordenanza. - Ser mayor de 18 años. - Ser responsable, disciplinado y con deseos por apoyar. Serán seleccionados por la el Sub Gerente de Participación Vecinal y Bienestar Social, en coordinación con la Institución Educativa. Artículo Décimo Cuarto.- La elección de los padres

de familia conformantes de la Brigada de Seguridad Escolar es de responsabilidad de la Sub Gerencia de Participación Vecinal en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Humano y Social. Artículo Décimo Quinto.- La elección de los Fiscales del control del cumplimiento de las funciones de los brigadistas es responsabilidad de la Sub Gerencia de Participación Vecinal y Bienestar Social, en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Humano y Social. CAPÍTULO V DE SUS FUNCIONES Artículo Décimo Sexto.- Son funciones de los miembros de la Brigada de Seguridad Escolar: 1. Participar en los eventos culturales, cívicos, deportivos y ceremonias; que se realizan dentro o fuera de la institución educativa, manteniendo, permanentemente, la disciplina y el orden, durante el desarrollo de la actividad programada. 2. En las actuaciones de la institución educativa, con asistencia de las autoridades, la Brigada de Seguridad Escolar formará guardia de honor en la puerta de entrada de la institución educativa cuando así lo sugieran los coordinadores de los diferentes comités. 3. En el caso que uno de los integrantes de la Brigada Escolar, observe o descubre que un alumno de la institución educativa está realizando pintas en la institución educativa, inmediatamente, darán parte al Auxiliar de educación, para comunicar de inmediato por escrito al Comité de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar, para su tratamiento correspondiente. A. FUNCIONES DEL COORDINADOR DE LAS BRIGADISTAS: 1. Están obligados a llegar 15 minutos antes de las 8:00 a.m. a la institución educativa. 2. Cumplir responsablemente el cronograma de turno elaborado. 3. Participaran activamente durante las actividades de vigilancia en las afueras de la institución educativa. B. FUNCIONES DE LOS FISCALES: 1. Están obligados a llegar 15 minutos antes de las 8:00 a.m. a la institución educativa. 2. Coordinara y controlara el desempeño de las brigadistas. 3. Velara por la disciplina y buena presencia de la Brigada de Seguridad Escolar dando cumplimiento el establecido en la presente ordenanza. 4. Colaborará con el Coordinador en la práctica de vigilancia del trabajo realizado por las brigadistas. 5. Contará con un Cuaderno de Ocurrencias, en la que anotará las incidencias y observaciones, cuando el caso lo requiera. 6. Deben dar el ejemplo en todo aspecto frente a sus demás compañeros. 7. Velar por la disciplina y cumplimiento de la Brigada de Seguridad Escolar. 8. Cuidar de la buena presentación de la Brigada de Seguridad Escolar. 9. Lucir con honor y orgullo los distintivos de la Municipalidad Distrital de Barranco, que son propios a su cargo. 10. Siempre demostrara el máximo ejemplo de comportamiento, amistad, solidaridad, compañerismo puntualidad y civismo donde se encuentra. 11. Dará a la voz de mando en la formación general de los Brigadistas. C. FUNCIONES DE LOS BRIGADISTAS: 1. Están obligados a llegar 15 minutos antes de las 8:00 a.m. a la institución educativa. 2. Vigilar el entorno escolar, con la finalidad de detectar y prevenir cualquier caso de bullying, acoso

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