Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2018 (26/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Sábado 26 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES GOBIERNOS LOCALES

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Que, de la revisión de los dispositivos antes indicados y considerando las opiniones técnicas y legal, corresponde aprobar la ordenanza regional sobre DECLARAR DE INTERéS PÚBLICO LA ELABORACIÓN y APLICACIÓN DE LA ZONIFICACIÓN y ORDENAMIENTO FORESTAL EN EL DEPARTAMENTO DE TACNA. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha, ha aprobado por mayoría y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR de INTERéS PÚBLICO REGIONAL LA ELABORACIÓN y APLICACIÓN DE LA ZONIFICACIÓN y ORDENAMIENTO FORESTAL EN EL DEPARTAMENTO DE TACNA, con la finalidad de promover el uso adecuado y sostenible de las tierras forestales de la Región de Tacna. Artículo Segundo.- CONFORMAR el Equipo Técnico del Gobierno Regional de Tacna para facilitar el Desarrollo de la Zonificación Forestal, el cual estará integrado por: 2.1. La Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. 2.2. La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial: Sub Gerencia de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial. 2.3. La Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social: Sub Gerencia de Población, Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades. 2.4. La Gerencia Regional de Desarrollo Económico: Sub Gerencia de Promoción a las Inversiones y Exportaciones. 2.5. La Dirección Regional Sectorial de Agricultura: Dirección Forestal y de Fauna Silvestre, Dirección de Saneamiento Físico Legal de Tierras Eriazas. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Tacna para que en coordinación con las demás gerencias involucradas implementen la presente ordenanza regional en el más breve plazo calendario. Artículo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el artículo 35 del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veinte de septiembre del año dos mil diecisiete. JAIME SERGIO BAUTISTA AQUINO Presidente Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 29.ENE.2018. OMAR GUSTAVO JIMENEZ FLORES Gobernador Regional 1651800-1

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Aprueban el Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados y el Presupuesto Participativo de Niños, Niñas y Adolescentes del distrito para el Ejercicio Fiscal 2019
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2018-MDLO Los Olivos, 21 de mayo de 2018 VISTOS: el Informe Nº 0043-2018-MDLO/GPPSGPMGP, de fecha 03 de mayo de 2018, de Subgerencia de Planeamiento y Modernización de la Gestión Pública, Informe Nº 0065-2018-MDLO/GPP, de fecha 07 de mayo del 2018, de Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Proveído Nº 0615-2018-MDLO/GM, de fecha 14 de mayo de 2018 de Gerencia Municipal, el Informe Nº 211-2018-MDLO/GAJ, de fecha 18 de mayo de 2018 de Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades: "Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, en el artículo 26 de la Ordenanza 446-CDLO, que aprueba el Reglamento de Proceso del Presupuesto Participativo, se señala que el cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados de cada año fiscal será aprobado mediante Decreto de Alcaldía; Que, con Informe Nº 0043-2018-MDLO/GPP-SGPMGP, de fecha 03 de mayo del 2018, la Subgerencia de Planeamiento y Modernización de la Gestión Pública, presenta el proyecto de cronograma para el desarrollo del Proceso de Presupuesto Participativo por Resultados para el año 2019 contenido en el Anexo 1, señalando las fases de Preparación, Concertación así como el cronograma para el desarrollo del Presupuesto Participativo de Niños, Niñas y Adolescentes Año 2019; Que, con Informe Nº 211-2018-MDLO-GAJ, de fecha 18 de mayo de 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que: Resulta procedente aprobar el cronograma para el proceso del Presupuesto Participativo por Resultados, así como el Presupuesto Participativo de Niños y Niñas y Adolescentes del año Fiscal 2019; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del artículo 20º, y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el CRONOGRAMA del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados y el Presupuesto Participativo de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito de Los Olivos para el Ejercicio Fiscal 2019, que en Anexo 1, forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a Gerencia de Planeamiento Presupuesto, Gerencia de Participación Vecinal el cumplimiento del presente Decreto en lo referente a su competencia, a Secretaría General su publicación en el diario "Oficial El Peruano" y a Subgerencia de Imagen Institucional su difusión, y a Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde

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