Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2018 (26/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano / Sábado 26 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y, un extracto, en el diario de mayor circulación de la Provincia de Lima, de conformidad con lo establecido en el Artículo 38º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA; sin perjuicio de su publicación en el Portal Institucional. Artículo Tercero.- DISPENSAR del trámite de la aprobación del acta para proceder a la ejecución inmediata del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JENNy ANGELICA GARCIA ACEVEDO Alcalde (e) 1651861-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
Aprueban el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2018 -2020 de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 260-2018 /MDSM San Miguel, 20 de abril de 2018 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTOS, el memorando Nº 231-2018-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 0382018-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, y el Informe Nº 044-2018-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y, Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado y sus modificatorias, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipales radica en la facultad de ejercer actos de gobierno y administrativos, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 71.1) del Artículo 71º del Decreto Supremo Nº 304-2012-EF con fecha de publicación el 30 de diciembre de 2012, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que "Las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI), que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianual (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertado (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local Concertado (PDLC), según sea el caso"; Que, el numeral 71.2) del Artículo 71º del acotado Decreto Supremo, establece que, "El presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico de la Entidad, desde una perspectiva de mediano a largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la entidad"; Que, el Decreto Legislativo Nº 1088, crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, así como el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico Nacional, CEPLAN, como ente rector del Sistema de Planeamiento Estratégico; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, se aprobó la Política de Modernización de la Gestión Pública, refiriéndose como primer pilar de la gestión

pública orientada a resultados al planeamiento estratégico, encargándose al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, ejercer su rectoría a través de la emisión de normas técnicas que regulen el Sistema de Planeamiento Estratégico; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 125-2013PCM, se aprueba el Plan de Implementación de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Publica 2013 2016, la misma, que establece como acción estratégica, aprobar la Directiva General que contiene la metodología y los procedimientos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 026-2014-CEPLAN/PCD, el CEPLAN como órgano rector del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, aprobó la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, Directiva General de Planeamiento Estratégico ­ Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, que en su artículo 17º, establece que el PEI es el documento elaborado por las entidades de la Administración Publica, que se redacta en la fase institucional y utiliza la información generada en la fase estratégica del sector al que pertenece o del territorio al que está vinculado. Este documento de gestión identifica la estrategia de la entidad para lograr sus objetivos, en un periodo mínimo de 3 (tres) años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve y cumplir su misión; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2017/CEPLAN/PCD, se aprueba la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD, se aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional en el marco del ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo Nº 062-2017/CEPLAN/PCD se modifica la Guía para el Planeamiento Institucional; Que, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN remitió el Informe Técnico Nº 022-2018-CEPLAN/DNCP-PEI, en el que concluye que el Plan Estratégico Institucional 2018-2020 de la Municipalidad Distrital de San Miguel cumple con lo establecido en la Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y con la Guía para el Planeamiento Institucional; Que, mediante documento de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remite el proyecto del Plan Estratégico Institucional 2018-2020, para su aprobación correspondiente, la misma, que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Asuntos Jurídicos para la aprobación del Plan Estratégico Institucional; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2018 -2020 de la Municipalidad Distrital de San Miguel, cuyo texto en anexo en 35 (treinta y cinco) folios, forma parte integrante de la presente resolución de alcaldía. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la implementación y difusión del presente documento, en todas las áreas administrativas de la municipalidad. Artículo 3º.- PUBLICAR el presente dispositivo legal en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www. munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1652492-1

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