Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2018 (26/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano / Sábado 26 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados", "Que la función del Consejo de Coordinación Local Distrital es coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo" y "Los Gobiernos Locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión", respectivamente; Que, de conformidad a la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, define al proceso del presupuesto participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; especificando las acciones del proceso del presupuesto participativo mediante la Ley Nº 29298, que modifica los artículos 4º, 5º, 6º y 7º de la mencionada Ley; Que, de conformidad a la Ley Nº 29298, en su Segunda Disposición, y al Decreto Supremo Nº 097­2009­EF, se establecen los criterios de alcance y montos de ejecución que permitan delimitar los proyectos de inversión pública de impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Locales en sus respectivos presupuestos participativos; Que, de conformidad al Decreto Supremo Nº 1422009-EF, que reglamenta la Ley Nº 28056 ­ Ley Marco del Presupuesto Participativo, y el Decreto Supremo Nº 131-2010-EF, que modifica el artículo 6º de la mencionada Ley, se precisan los lineamientos que permitan regular la participación de la sociedad civil en el proceso de presupuesto participativo; Que, la Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11º de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010EF/76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, "Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados" como instrumento orientador a fin de que los Gobiernos Regionales y Locales desarrollen articuladamente los procesos de planeamiento de desarrollo concertado y presupuesto participativo. Dicho proceso debe estar orientado a resultados con la finalidad de que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados específicos que la población necesite, particularmente de aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo local, evitando de este modo ineficiencias en la asignación de los recursos, es decir, que las intervenciones del Estado se constituyan en soluciones a problemas fundamentales de la población en el ámbito jurisdiccional; Que, con Ordenanza Nº 219-2016/MVMT de fecha 21 de julio del 2016, se aprueba el Plan de Desarrollo Local Concertado ­ PDLC del Distrito de Villa María del Triunfo período 2017 ­ 2021, como instrumento de naturaleza territorial, orientador del desarrollo integral del distrito y documento base para la Programación del Presupuesto Participativo; Que, el artículo primero de la Ordenanza Municipal Nº 249-2018-MVMT, de fecha 28 de marzo del 2018, que apertura el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2019, dispone en su artículo segundo "Facultar al Alcalde, emitir las disposiciones que complementen a la presente Ordenanza, mediante Decreto de Alcaldía y Resolución de Alcaldía, de conformidad con el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades"; Que, mediante Informe Nº 85-2018-SGPYCT-GPP/ MVMT, de fecha 20 de abril del 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta viable legalmente que mediante Decreto de Alcaldía, se reglamente el proceso del presupuesto participativo basado en resultados para el año fiscal 2019, en marco de la aplicación de la Ordenanza Nº 249-2018-MVMT;

Que, mediante Informe Nº 171-2018-GAJ/MVMT de fecha 20 de abril del 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta viable legalmente que mediante Decreto de Alcaldía se reglamente el proceso del presupuesto participativo basado en resultados para el año fiscal 2019, en marco de la aplicación de la Ordenanza Nº 249-2018MVMT; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) Artículo 20º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2019, el mismo que consta de (05) Títulos, (10) Capítulos, (45) Artículos y (05) Disposiciones Complementarias y Finales. Artículo Segundo.- APERTURAR el Libro Registro de Agentes Participantes del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2019. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Equipo Técnico la elaboración y validación del Plan de Trabajo y la Metodología para el desarrollo de los Talleres del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2019. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y al Equipo Técnico, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto aprobatorio del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Procesos su publicación del texto íntegro del Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CéSAR A. INFANZÓN QUISPE Alcalde 1651737-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA
Aprueban el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Chilca para el año fiscal 2019
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 069-2018-MDCH Chilca, 21 de mayo del 2018 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA VISTO: En sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 0585-2018-GPP/MDCH, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal Nº 6282018-OAJ/MDCH, de la Oficina de Asesoría Jurídica, respecto al Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de Chilca; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Locales

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