Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2018 (12/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Viernes 12 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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Pliego del Instituto Nacional de Innovación Agraria, hasta por la suma de sesenta mil sesenta y tres y 67/100 soles (S/ 60 063,67) en la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, destinado a financiar los gastos derivados de la contratación de la sociedad auditora externa, que se encargará de las labores de control al Instituto Nacional de Innovación Agraria. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo precedente, se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 163 Instituto Nacional de Innovación Agraria, Categoría Presupuestal 9001 Acciones Centrales, Producto 3999999 Sin Producto, Actividad 5000003 Gestión Administrativa, específicas del gasto 2.4. 1 3. 1 1 "Otras unidades del gobierno nacional", fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales fueron transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento La Oficina de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para las cuales se autoriza la presente Transferencia Financiera. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Innovación Agraria (www.inia.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL A. BARANDIARÁN GAMARRA Jefe 1701289-1

a realizarse en la ciudad de Monte Catini, República Italiana, del 15 al 18 de octubre de 2018, para promover, entre los tour operadores y empresas del sector asistentes al evento, los destinos peruanos, en especial los de aventura y naturaleza, así como ampliar la red de contactos de la cadena de comercialización, incrementar el conocimiento sobre las nuevas tendencias en estos segmentos; asimismo, para el día 14 de octubre de 2018, se tiene previsto ejecutar acciones previas necesarias para su óptima presentación y que cautelen el cumplimiento de los objetivos de la participación en el referido evento; Que, es importante la participación en este evento, porque la entidad organizadora, Adventure Travel Trade Association (ATTA), reúne como asociados a los principales tour operadores, agentes de viajes y medios de comunicación de este segmento, de los cuales, alrededor de la mitad corresponden a operadores de Estados Unidos de América, Canadá y Reino Unido, mercados prioritarios para la promoción turística del Perú; Que, en tal razón, la Gerencia General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje al exterior de las señoras María Isabel Rodriguez de Armero y Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim, quienes laboran en la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo, de la Dirección de Promoción del Turismo, para que en representación de PROMPERÚ, participen en el referido evento realizando acciones de promoción del turismo; Que, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo N° 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Monte Catini, República Italiana, de las señoras María Isabel Rodriguez de Armero y Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim, del 13 al 20 de octubre de 2018 y del 12 al 20 de octubre de 2018, respectivamente, para que en representación de PROMPERÚ, participen en el evento "Adventure Travel World Summit ­ ATWS ­ ATTA" que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción del turismo. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos María Isabel Rodriguez de Armero Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim Pasajes aéreos Clase Económica US$ 2 328,58 Europa 1 641,77 540,00 7 3 780,00 Continente Viáticos N° día US$ días 540,00 6 Total viáticos US$ 3 240,00

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a Italia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 361-2018-MINCETUR Lima, 11 de octubre de 2018 Visto el Oficio N° 259-2018-PROMPERÚ/GG, de la Gerencia General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo, PROMPERÚ ha contemplado su participación en el evento "Adventure Travel World Summit ­ ATWS - ATTA",

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al

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