Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2018 (12/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Viernes 12 de octubre de 2018 /

El Peruano

La Libertad respectivamente, han presentado sus informes de avances y logros al I semestre 2018, por lo que, resulta necesario autorizar las transferencias financieras de recursos presupuestales del Pliego 006: Ministerio de Energía y Minas, a favor de cada Gobierno Regional, por la suma de S/ 80 000,00 (Ochenta Mil 00/100 Soles); Con las visaciones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y, de la Oficina General Administración del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; en la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el Decreto Supremo N° 126-2017-EF, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de las transferencias financieras de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, a favor de los Gobiernos Regionales de Ucayali, Ancash y La Libertad Autorizar las transferencias financieras de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados a favor de cada uno de los Gobiernos Regionales de Ucayali, Ancash y La Libertad, por la suma de S/ 80 000,00 (Ochenta Mil y 00/100 Soles), para ser destinados exclusivamente, a las Direcciones o Gerencias Regionales de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio las funciones en materia minero energética, así como, para la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización, en el marco del proceso de descentralización, de acuerdo al siguiente detalle:
Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: 2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional

Autorizan transferencia financiera a favor del Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 401-2018-MEM/DM Lima, 11 de octubre de 2018 VISTOS: El Informe N° 201-2018/MEM-OGPP/OPRE, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 1013-2018-MEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el literal literal c) de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se autorizó al Ministerio de Energía y Minas a efectuar una transferencia financiera a favor del Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN), para el pago del seguro de riesgo nuclear y al Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), entre otros, el mejoramiento del Servicio de Energía Eléctrica en el Centro Nuclear Oscar Miroquesada de la Guerra (RACSO), hasta por la suma de S/ 2 861 893,00 (Dos Millones Ochocientos Sesenta y Un Mil Ochocientos Noventa y Tres y 00/100 Soles); Que, la referida disposición señala que dichas transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 ­ Ministerio de Energía y Minas ­ Central; y, se autorizan mediante Resolución del Titular del pliego, la que se publica en el diario oficial El Peruano, previa suscripción de convenios celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y las entidades públicas, empresas o gobiernos regionales, según corresponda, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados por la presente disposición a fines distintos para los cuales son transferidos; Que, asimismo, con fecha 13 de setiembre de 2018, se suscribe el Convenio N° 001-2018-MEM/DGE, que tiene por objeto establecer las condiciones administrativas, financieras y de operatividad entre las Partes para viabilizar la transferencia de recursos del MINEM al IPEN, por la suma de S/ 2 861 893,00 (Dos Millones Ochocientos Sesenta y Un Mil Ochocientos Noventa y Tres y 00/100 Soles), en mérito a lo dispuesto en el literal c) de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la cual será destinada para el Mejoramiento del Servicio de Energía Eléctrica en el Centro Nuclear Oscar Miroquesada de la Guerra (RACSO). Proyecto de inversión con código 2252487; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Cláusula Quinta del citado convenio, el Ministerio de Energía y Minas se compromete a transferir al Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN), recursos económicos por la suma de S/ 2 861 893, 00 (Dos Millones Ochocientos Sesenta y Un Mil Ochocientos Noventa y tres y 00/100 Soles), para los fines indicados en el Convenio suscrito con el Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN); Que, mediante la Certificación de Crédito Presupuestario N° 2018-02782-001, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas informó sobre la existencia de recursos presupuestales por el monto señalado en el considerando que antecede; Que, en ese sentido, en aplicación de lo establecido en el literal c) de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, es necesario autorizar la transferencia financiera de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energía y Minas a favor del Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN); Con el visto bueno del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; del Director General de la Oficina General de Administración y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año

S/ 240 000,00

Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1° de la presente Resolución se efectuará según el siguiente detalle:
AL: SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS Pliego 462 Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Cuenta RUC Pliego 441 Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Cuenta RUC Pliego 451 Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Cuenta RUC : Gobierno Regional de Ucayali 80 000, 00 : N° 001 Sede Central : N° 0942 : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT : N° 20393066386 : Gobierno Regional de Ancash 80 000,00 : N° 001 Sede Central : N° 0726 : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT : N° 20530689019 : Gobierno Regional de La Libertad 80 000,00 : N° 001 Sede Central : N° 0831 : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT : N° 20440374248 (En Soles)

Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de las transferencias financieras se encuentran previstos en los Convenios de Cooperación y Gestión celebrados, entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales de Ucayali, Ancash y La Libertad. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1700423-1

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