Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2018 (12/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Viernes 12 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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dos oportunidades, en tal sentido, mediante Resolución Ministeriales N° 166-2018-MEM/DM y 167-2018-MEM/DM, se efectuó la primera transferencia financiera de recursos presupuestales por la suma de S/ 120 000,00 (Ciento Veinte Mil con 00/100 Soles), quedando la segunda transferencia por el diferencial, sujeta al informe de avances y logros de los citados convenios; Que, mediante Informes N° 091-2018-MEM-OGP/DIR, N° 092-2018-MEM-OGP/DIR, y N° 093-2018-MEM-OGP/ DIR, la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informa que los Gobiernos Regionales de Moquegua, Junín y Ica respectivamente, han presentado sus informes de avances y logros al I semestre 2018, por lo que, resulta necesario autorizar las transferencias financieras de recursos presupuestales del Pliego 006: Ministerio de Energía y Minas, a favor de cada Gobierno Regional, por la suma de S/ 80 000,00 (Ochenta Mil 00/100 Soles); Con las visaciones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y, de la Oficina General Administración del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; en la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el Decreto Supremo N° 126-2017-EF, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo N° 0312007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de las transferencias financieras de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, a favor de los Gobiernos Regionales de Moquegua, Ica y Junín Autorizar las transferencias financieras de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados a favor de cada uno de los Gobiernos Regionales de Moquegua, Ica y Junín, por la suma de S/ 80 000,00 (Ochenta Mil y 00/100 Soles), para ser destinados exclusivamente, a las Direcciones o Gerencias Regionales de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio las funciones en materia minero energética, así como, para la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización, en el marco del proceso de descentralización, de acuerdo al siguiente detalle:
Gastos Corrientes: 2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional

Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de las transferencias financieras se encuentran previstos en los Convenios de Cooperación y Gestión celebrados, entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales de Moquegua, Ica y Junín. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1700421-1

Autorizan transferencias financieras a favor de los Gobiernos Regionales de Ucayali, Ancash y La Libertad
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 385-2018-MEM/DM Lima, 9 de octubre de 2018 VISTOS: El Informe N° 095-2018-MEM-OGP/DIR, el Informe N° 096-2018-MEM-OGP/DIR y el Informe N° 097-2018-MEM-OGP/DIR, de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 969-2018-MEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el literal a) de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a efectuar transferencias financieras en el marco del proceso de descentralización a favor de los Gobiernos Regionales para ser destinados al fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, así como para la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización, hasta por el monto de S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones con 00/100 Soles); Que, en concordancia con la referida disposición, las transferencias financieras se autorizan mediante resolución del titular del pliego, la que se publica en el diario oficial El Peruano, previa suscripción de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y las entidades públicas, empresas o Gobiernos Regionales, según corresponda, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados por la presente disposición a fines distintos para los cuales son transferidos. Dichas transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 Ministerio de Energía y Minas ­ Central; Que, asimismo, las entidades que reciben las referidas transferencias de recursos en el marco de lo establecido en la presente disposición, informan al Ministerio de Energía y Minas los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y/o las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondiente; Que, en virtud de ello, el Ministerio de Energía y Minas ha suscrito Convenios de Cooperación y Gestión con los Gobiernos Regionales de Ucayali, Ancash y La Libertad, cuyo compromiso es transferir S/ 200 000,00 (Doscientos Mil con 00/100 Soles) a cada Gobierno Regional en dos oportunidades, en tal sentido, mediante Resoluciones Ministeriales N° 166-2018-MEM/DM, 171-2018-MEM/DM y 203-2018-MEM/DM, se efectuó la primera transferencia financiera de recursos presupuestales por la suma de S/ 120 000,00 (Ciento Veinte Mil con 00/100 Soles), quedando la segunda transferencia por el diferencial, sujeta al informe de avances y logros de los citados convenios; Que, mediante Informes N° 095-2018-MEM-OGP/DIR, N° 096-2018-MEM-OGP/DIR, y N° 097-2018-MEM-OGP/DIR, la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informa que los Gobiernos Regionales de Ucayali, Ancash y

S/ 240 000,00

Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1° de la presente Resolución se efectuará según el siguiente detalle:
AL: SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS Pliego 455 : Gobierno Regional de Moquegua 80 000, 00 Unidad Ejecutora : N° 001 Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : N° 0880 Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT RUC : N° 20519752604 Pliego 449 : Gobierno Regional de Ica 80 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : N° 0813 Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT RUC : N° 20452393817 Pliego 450 : Gobierno Regional de Junín 80 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : N° 0818 Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT RUC : N° 20486021692 (En Soles)

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