Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2018 (12/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Viernes 12 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES
CATEGORÍA DE GASTO: 6 Gastos de Capital GENÉRICA Transferencias DE GASTO: TOTAL 2.4 Donaciones

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y

Que, mediante Oficios N° G-1301-2017, N° G-13332017, N° G-59-2018 y N° G-255-2018 recibidos el 24 de noviembre de 2017, 04 de diciembre de 2017, 22 de enero de 2018 y 08 de marzo de 2018, respectivamente, la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente Sociedad Anónima solicita transferencia de recursos a la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas, en aplicación del Decreto Supremo N° 033-2015-EM, para el financiamiento del proyecto denominado "Instalación del Sistema Eléctrico Rural Isla Iquitos, distrito de Belén ­ Maynas - Loreto"; Que, en el marco de lo señalado en el Memorándum Nº 075-2018-MEM/DGER-JPEI, Memorándum N° 1652018-MEM/DGER-JEST y su Informe N° 149-2018MEM/DGER-JEST; y, Memorándum N° 083-2018-MEM/ DGER-JAF; y, el Informe N° 040-2018-MEM/DGERJAL-ROJ; la Dirección General de Electrificación Rural emite opinión favorable y recomienda la transferencia de recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente Sociedad Anónima ­ Electro Oriente S.A., por el monto de S/ 2 206 959,45 (Dos Millones Doscientos Seis Mil Novecientos Cincuenta y Nueve y 45/100 Soles), para el desarrollo del citado Proyecto; Que, de acuerdo a la Certificación de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones N° 00164-2018-MEM-DGER/ JAF, la transferencia se realiza con cargo a los recursos de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora N° 005 ­ Dirección General de Electrificación Rural del Pliego 016 ­Ministerio de Energía y Minas; Que, mediante Convenio N° 009-2018-MEM, se suscribió entre el Ministerio de Energía y Minas y la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente Sociedad Anónima ­ Electro Oriente S.A., el Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente Sociedad Anónima, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 28749 y el artículo 5 del Decreto Supremo N° 033-2015-EM; De conformidad con la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 025-2007-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28749, Ley de Electrificación Rural, el Decreto Supremo N° 033-2015-EM, que establece los criterios y procedimientos para el financiamiento de la ejecución de proyectos de electrificación rural de las empresas del ámbito de FONAFE y ADINELSA; el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera hasta por la suma ascendente a S/ 2 206 959,45 (Dos Millones Doscientos Seis Mil Novecientos Cincuenta y Nueve y 45/100 Soles), correspondiente a la Fuente de Financiamiento 109 Recursos Directamente Recaudados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora N° 005 ­ Dirección General de Electrificación Rural del Pliego N° 016 - Ministerio de Energía y Minas del Ministerio de Energía y Minas para el año Fiscal 2018, a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente Sociedad Anónima ­ Electro Oriente S.A., para el desarrollo del proyecto de electrificación descrito en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La transferencia antes citada es efectuada de conformidad al siguiente detalle: PROGRAMA PRESUPUESTAL: 0046 Acceso y Uso de la Electrificación Rural PRODUCTO: Acciones Comunes ACTIVIDAD: Transferencia Proyectos de Electrificación a Entidades para

S/ 2 206 959,45

Artículo 3.- Los recursos a ser transferidos son destinados exclusivamente para los fines indicados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, encontrándose prohibido bajo responsabilidad destinarlos a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Los términos y obligaciones de la transferencia financiera materia de la presente Resolución Ministerial se encuentran previstos en el Convenio N° 0092018-MEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente Sociedad Anónima. Artículo 5.- La Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente Sociedad Anónima, debe informar a la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas, durante los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, los avances físicos y financieros de la ejecución de los recursos transferidos conforme a su cronograma de ejecución y en el marco de las disposiciones contenidas en el Convenio referido en el artículo precedente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 033-2015-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas Anexo a la R.M. N° 403-2018-MEM/DM CARTERA DE INTERVENCIONES DE LA EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PÚBLICO DE ELECTRICIDAD DEL ORIENTE SOCIEDAD ANÓNIMA, PARA FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE ELECTRIFICACIÓN RURAL
N° NOMBRE DEL PROYECTO INSTALACION DEL SISTEMA ELECTRICO RURAL ISLA 1 IQUITOS, DISTRITO DE BELEN MAYNAS - LORETO TOTAL DEPARTAMENTO INVERSION S/. LORETO 2,206,959.45 2,206,959.45

1701311-2

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Modifican la R.M. N° 292-2007-JUS, mediante la cual se creó el Programa Nacional de Enseñanza Legal para la Inclusión Social PRONELIS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0424-2018-JUS Lima, 11 de octubre de 2018 VISTOS, el Informe N° 040-2018-JUS/DGDH-DAIPANPRONELIS de la Dirección de Asuntos Internacionales, Promoción y Adecuación Normativa; el Oficio N° 9372018-JUS/DGDH de la Dirección General de Derechos Humanos; y, el Informe Nº 987-2018-JUS-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Declaración de las Naciones Unidas sobre educación y formación en materia de derechos humanos reafirma que tanto los individuos como las instituciones deben promover, mediante la enseñanza y la educación, el respeto de los derechos humanos y las libertades

FUENTE DE FINANCIAMIENTO: Directamente Recaudados

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