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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (12/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Viernes 12 de octubre de 2018 El Peruano / Que, mediante O fi cios N° G-1301-2017, N° G-1333- 2017, N° G-59-2018 y N° G-255-2018 recibidos el 24 de noviembre de 2017, 04 de diciembre de 2017, 22 de enero de 2018 y 08 de marzo de 2018, respectivamente, la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente Sociedad Anónima solicita transferencia de recursos a la Dirección General de Electri fi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, en aplicación del Decreto Supremo N° 033-2015-EM, para el fi nanciamiento del proyecto denominado “Instalación del Sistema Eléctrico Rural Isla Iquitos, distrito de Belén – Maynas - Loreto”; Que, en el marco de lo señalado en el Memorándum Nº 075-2018-MEM/DGER-JPEI, Memorándum N° 165-2018-MEM/DGER-JEST y su Informe N° 149-2018-MEM/DGER-JEST; y, Memorándum N° 083-2018-MEM/DGER-JAF; y, el Informe N° 040-2018-MEM/DGER-JAL-ROJ; la Dirección General de Electri fi cación Rural emite opinión favorable y recomienda la transferencia de recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente Sociedad Anónima – Electro Oriente S.A., por el monto de S/ 2 206 959,45 (Dos Millones Doscientos Seis Mil Novecientos Cincuenta y Nueve y 45/100 Soles), para el desarrollo del citado Proyecto; Que, de acuerdo a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones N° 00164-2018-MEM-DGER/JAF, la transferencia se realiza con cargo a los recursos de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora N° 005 – Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego 016 –Ministerio de Energía y Minas; Que, mediante Convenio N° 009-2018-MEM, se suscribió entre el Ministerio de Energía y Minas y la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente Sociedad Anónima – Electro Oriente S.A., el Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente Sociedad Anónima, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 28749 y el artículo 5 del Decreto Supremo N° 033-2015-EM; De conformidad con la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 025-2007-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28749, Ley de Electri fi cación Rural, el Decreto Supremo N° 033-2015-EM, que establece los criterios y procedimientos para el fi nanciamiento de la ejecución de proyectos de electri fi cación rural de las empresas del ámbito de FONAFE y ADINELSA; el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera hasta por la suma ascendente a S/ 2 206 959,45 (Dos Millones Doscientos Seis Mil Novecientos Cincuenta y Nueve y 45/100 Soles), correspondiente a la Fuente de Financiamiento 109 Recursos Directamente Recaudados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora N° 005 – Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego N° 016 - Ministerio de Energía y Minas del Ministerio de Energía y Minas para el año Fiscal 2018, a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente Sociedad Anónima – Electro Oriente S.A., para el desarrollo del proyecto de electri fi cación descrito en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La transferencia antes citada es efectuada de conformidad al siguiente detalle: PROGRAMA PRESUPUESTAL: 0046 Acceso y Uso de la Electri fi cación Rural PRODUCTO: Acciones ComunesACTIVIDAD: Transferencia a Entidades para Proyectos de Electri fi cación FUENTE DE FINANCIAMIENTO: Recursos Directamente RecaudadosCATEGORÍA DE GASTO: 6 Gastos de Capital GENÉRICA DE GASTO: 2.4 Donaciones y Transferencias TOTAL S/ 2 206 959,45Artículo 3.- Los recursos a ser transferidos son destinados exclusivamente para los fi nes indicados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, encontrándose prohibido bajo responsabilidad destinarlos a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera materia de la presente Resolución Ministerial se encuentran previstos en el Convenio N° 009-2018-MEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente Sociedad Anónima. Artículo 5.- La Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente Sociedad Anónima, debe informar a la Dirección General de Electri fi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, durante los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de los recursos transferidos conforme a su cronograma de ejecución y en el marco de las disposiciones contenidas en el Convenio referido en el artículo precedente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 033-2015-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas Anexo a la R.M. N° 403-2018-MEM/D M CARTERA DE INTERVENCIONES DE LA EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PÚBLICO DE ELECTRICIDAD DEL ORIENTE SOCIEDAD ANÓNIMA, PARA FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE ELECTRIFICACIÓN RURAL N° NOMBRE DEL PROYECTO DEPARTAMENTO INVERSION S/. 1INSTALACION DEL SISTEMA ELECTRICO RURAL ISLA IQUITOS, DISTRITO DE BELEN - MAYNAS - LORETOLORETO 2,206,959.45 TOTAL 2,206,959.45 1701311-2 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Modifican la R.M. N° 292-2007-JUS, mediante la cual se creó el Programa Nacional de Enseñanza Legal para la Inclusión Social - PRONELIS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0424-2018-JUS Lima, 11 de octubre de 2018VISTOS, el Informe N° 040-2018-JUS/DGDH-DAIPAN- PRONELIS de la Dirección de Asuntos Internacionales, Promoción y Adecuación Normativa; el O fi cio N° 937- 2018-JUS/DGDH de la Dirección General de Derechos Humanos; y, el Informe Nº 987-2018-JUS-OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Declaración de las Naciones Unidas sobre educación y formación en materia de derechos humanos reafi rma que tanto los individuos como las instituciones deben promover, mediante la enseñanza y la educación, el respeto de los derechos humanos y las libertades