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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (12/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Viernes 12 de octubre de 2018 / El Peruano RELACIONES EXTERIORES Delegan al Viceministro de Transportes las facultades suficientes para que suscriba el Acuerdo de Servicios Aéreos entre la República del Perú y la República de Singapur RESOLUCIÓN SUPREMA N° 194-2018-RE Lima, 10 de octubre de 2018Vistos el o fi cio N° 466-2018-MTC/12, de fecha 12 de setiembre de 2018, de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transporte y Comunicaciones; el Memorándum (DSL) N° DSL00368/2018, de fecha 26 de setiembre de 2018, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores, y la Hoja de Trámite (GAC) N° 2666, de fecha 1 de octubre de 2018, del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir el Acuerdo de Servicios Aéreos entre la República del Perú y la República de Singapur ; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357, de 12 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo Nro. 031-2007-RE, de 21 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Carlos César Arturo Estremadoyro Mory, Viceministro de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, las facultades su fi cientes para que suscriba el Acuerdo de Servicios Aéreos entre la República del Perú y la República de Singapur . Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Carlos César Arturo Estremadoyro Mory, Viceministro de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1701308-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan Asesor II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 260-2018-TR Lima, 11 de octubre de 2018CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, es necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designa al funcionario que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones de las O fi cinas Generales de Asesoría Jurídica y de Recursos Humanos; y,De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE:Artículo Único.- DESIGNAR al señor GASTON ROGER REMY LLACSA, en el cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1701031-1 Fijan equivalencias de cargo y remuneraciones de referencia de ex trabajadores beneficiarios de la Ley N° 27803 que optaron por el beneficio de jubilación adelantada RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 261-2018-TR Lima, 11 de octubre de 2018 VISTOS: El O fi cio N° 090-2018-DPR/ONP y el Informe N° 012-2018-OPG-EE/ONP de la O fi cina de Normalización Previsional, el Informe N° 705-2018-MTPE/2/16 de la Dirección General de Políticas de Inspección del Trabajo y el Informe N° 2450-2018/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27803, Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las comisiones creadas por las Leyes N° 27452 y N° 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a Procesos de Promoción de la Inversión Privada y en las entidades del Sector Público y Gobiernos Locales, se instituye el Programa Extraordinario de Acceso a Bene fi cios cuyos destinatarios son los ex trabajadores cesados mediante procedimientos de ceses colectivos llevados a cabo ante la Autoridad Administrativa de Trabajo, debidamente inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente; Que, mediante Ley N° 30484, Ley de reactivación de la Comisión Ejecutiva creada por la Ley N° 27803, Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las Comisiones creadas por las Leyes N° 27452 y N° 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a procesos de promoción de la inversión privada y en las entidades del Sector Público y Gobiernos Locales, se reactiva la Comisión Ejecutiva para la revisión de las reclamaciones interpuestas contra la Resolución Suprema N° 028-2009-TR, aplicando el criterio de analogía vinculante; Que, conforme a lo indicado en el artículo 3 de la citada Ley N° 27803, los ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente pueden optar de manera excluyente por alguno de los bene fi cios previstos en el Programa Extraordinario de Acceso a Bene fi cios, entre los que se encuentra la jubilación adelantada; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 013-2007-TR, que reglamenta el Decreto de Urgencia N° 020-2005 y la Ley N° 28738, para el otorgamiento del bene fi cio de jubilación adelantada, recogido en el numeral 2 del artículo 3 de la Ley N° 27803, es necesario que la Ofi cina de Normalización Previsional realice el análisis de cali fi cación conforme a las reglas establecidas