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67 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de octubre de 2018 El Peruano / El Consejo Regional de Huánuco, en Sesión Ordinaria, celebrado en la Provincia de Huánuco el día 05 de setiembre de 2018; VISTO:El Dictamen Nº 011-2018-GRH-CR/CPRNGMAYDC de fecha 05 de setiembre de 2018, presentado por la Comisión Permanente de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional Huánuco, el cual solicita: “APROBAR EL REGLAMENTO PARA LA ATENCION DE DENUNCIAS EN MATERIA AMBIENTAL PRESENTADAS AL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO”, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que señala: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional; y el inciso a) del artículo 15º de la misma norma establece: Son atribuciones del Consejo Regional, “Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; Que, la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, señala en el inciso 22.1) del artículo 22º, “Los Gobiernos Regionales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes correspondientes, en concordancia con las políticas, normas y planes nacionales y sectoriales, en el marco de los principios de la gestión ambiental contenidos en el artículo 5º de la presente Ley”; Que, el artículo 4º de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, señala que forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, el Ministerio del Ambiente (MINAM), el Organismo de Evaluación Ambiental (OEFA) y las entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional y Local; Que, la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, en el artículo 43º establece que toda persona tiene derecho a conocer el estado de las denuncias que presente ante cualquier entidad pública respecto de los posibles riesgos o daños que se generen al ambiente o a la salud de las personas; asimismo, prescribe que las entidades públicas deben establecer normas que regulen los procedimientos para la atención de dichas denuncias ambientales; Que, el Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, el Artículo 38º señala que cualquier persona puede denunciar ante las instancias correspondientes el cumplimiento de alguna norma ambiental, acompañando los elementos probatorios respectivos; Que, el Reglamento fue elaborado tomando en consideración los alcances recogidos en la Resolución de Consejo Directivo Nº 015-2014-OEFA/CD, y sus modi fi catorias, Reglas para la Atención de Denuncias Ambientales presentadas ante el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental- OEFA; Que, asimismo el Proyecto de Reglamento tiene por fi nalidad regular el ejercicio del derecho a la presentación de denuncias ambientales ante el Gobierno Regional Huánuco, estableciendo los criterios, lineamientos y procedimientos para el mencionado fi n; para la cual se ha contado con el Informe Técnico emitido por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) mediante el Informe Nº 064-2018-OEFA/DPEF-SEFA y el Informe Legal Nº 0493-2018-GRH/GGR/ORAJ de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Huánuco; Que, en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional, realizado en la Provincia de Huánuco, el día 05 de setiembre de 2018, se trató el Dictamen Nº 011-2018-GRH-CR/CPRNGMAYDC, presentado por la Comisión Permanente de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional Huánuco, después de un debate correspondiente fue sometido a votación, la cual se aprobó por MAYORÍA de votos; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, artículos 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco y a lo aprobado por el Magno Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero.- APROBAR el “Reglamento para la Atención de Denuncias en Materia Ambiental presentadas al Gobierno Regional Huánuco”, que consta de seis (06) capítulos, veintiocho (28) artículos, una (1) Disposición Complementaría Final, una (1) Disposición Complementaría Transitoria y un (1) Anexo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, su implementación correspondiente a nivel regional. Artículo Tercero.- DISPONER a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, destine los recursos físicos, humanos y fi nancieros necesarios para la implementación de la norma regional. Artículo Cuarto.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 13 días del mes de setiembre del año dos mil dieciocho. HAIBER P. ECHEVARRÍA RODRÍGUEZ Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 17 días del mes de setiembre del año dos mil dieciocho. RUBÉN ALVA OCHOA Gobernador Regional 1701981-1 Aprueban el Diagnóstico Ambiental Regional de Huánuco (DAR -Huánuco) ORDENANZA REGIONAL Nº 095-2018-GRHCO. “APROBAR EL DIAGNÓSTICO AMBIENTAL REGIONAL DE HUÁNUCO (DAR –HUÁNUCO)” POR CUANTO:El Consejo Regional de Huánuco, en Sesión Ordinaria, celebrado en la Provincia de Huánuco el día 05 de setiembre de 2018; VISTO: El Dictamen Nº 10-2018-GRH-CR/CPRNGMAYDC de fecha 05 de setiembre de 2018, presentado por la Comisión Permanente de Recursos Naturales, Gestión