Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2018 (19/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Viernes 19 de octubre de 2018 /

El Peruano

los riesgos sanitarios generados por el manejo inadecuado de los residuos sólidos de establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo; c) Determinar la aplicación de las medidas de seguridad, dirigidas a evitar riesgos y daños a la salud de la población derivados del inadecuado manejo de los residuos; y, d) Supervisar y fiscalizar la gestión de los residuos en los establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo a nivel nacional, según corresponda; Que, el artículo 78 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, establece que la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria es el órgano de línea dependiente del Viceministerio de Salud Pública, que constituye la Autoridad Nacional en Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, responsable en el aspecto técnico, normativo, vigilancia, supervigilancia de los factores de riesgos físicos, químicos y biológicos externos a la persona y fiscalización en materia de salud ambiental, la cual comprende, entre otros, el manejo de residuos sólidos de establecimientos de salud, servicios médicos de apoyo y de los generados en campañas sanitarias, y en materia de inocuidad alimentaria; Que, de otro lado, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, ha previsto que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 5542012/MINSA, se aprobó la Norma Técnica de Salud N° 096-MINSA/DIGESA-V.01, Norma Técnica de Salud: "Gestión y Manejo de Residuos Sólidos en Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo"; Que, mediante los documentos del visto y sustentada en los argumentos expuestos en los mencionados documentos, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria ha solicitado la publicación de manera excepcional, por cinco (05) días hábiles, del proyecto de Norma Técnica de Salud: "Gestión Integral y Manejo de Residuos Sólidos en Establecimientos de Salud, Servicios Médicos de Apoyo, Centros de Investigación y otros", cuya finalidad es contribuir a brindar seguridad al personal, pacientes y visitantes de los establecimientos de salud, servicios médicos de apoyo, centros de investigación y otros, públicos, privados y mixtos a nivel nacional, a fin de prevenir, controlar y minimizar los riesgos sanitarios, ocupacionales y ambientales, por la gestión y manejo inadecuado de sus residuos sólidos que estos generan, así como disminuir el impacto negativo a la salud pública y al ambiente que éstos producen; Que, en virtud a lo expuesto, es necesario emitir el acto administrativo que disponga la publicación del citado proyecto de Norma Técnica de Salud: "Gestión Integral y Manejo de Residuos Sólidos en Establecimientos de Salud, Servicios Médicos de Apoyo, Centros de Investigación y otros", a efecto de recibir comentarios y sugerencias de las instituciones públicas o privadas, así como de la ciudadanía en general; Que, mediante Informe N° 577-2018-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria; Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud, de la Directora General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, de la Viceministra de Salud Pública

y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado por los Decretos Supremos N°s 011-2017-SA y 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer que la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General efectúe la publicación, durante el plazo de cinco (05) días hábiles, del proyecto de Norma Técnica de Salud: "Gestión Integral y Manejo de Residuos Sólidos en Establecimientos de Salud, Servicios Médicos de Apoyo, Centros de Investigación y otros" y su Resolución Ministerial aprobatoria, en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en el enlace Documentos en Consulta: http:// www.minsa.gob.pe/index.asp?op=10, a efecto de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en general, a través del correo electrónico: webmaster@ minsa.gob.pe. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, así como la elaboración de la propuesta final. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1703643-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Designan Coordinador General de la Red Especial Satelital de Comunicaciones en Emergencias - REDSAT
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 801-2018 MTC/01.03 Lima, 17 de octubre de 2018 CONSIDERANDO: Que, la "Norma que regula el uso del Servicio Público Móvil por Satélite para Altas Autoridades y Autoridades de Primera Respuesta" aprobada por Resolución Ministerial N° 251-2018-PCM, tiene por objeto establecer las disposiciones que regularán el uso de la Red Especial Satelital de Comunicaciones en Emergencias ­ REDSAT, que se soporta en el Servicio Público Móvil por Satélite contratado por el Estado Peruano en virtud del Decreto Supremo N° 012-2010MTC y su modificatoria aprobada por Decreto Supremo N° 004-2018-MTC; Que, el artículo 7 de la "Norma que regula el uso del Servicio Público Móvil por Satélite para Altas Autoridades y Autoridades de Primera Respuesta", citada en el considerando precedente, establece que el Coordinador General de la REDSAT es designado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en este sentido, resulta necesario designar al Coordinador General de la REDSAT; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007MTC, y modificatorias;

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